La consulta del informe de exploración del proyecto Navidad






( Extracto del programa La Tijereta de Radio Kalewche de Esquel www.radiokalewchefm.org )
Por: Luis Claps

Primero notar que se trata de un informe sobre la etapa de exploración, no la explotación. Claro, no podría ser de explotación porque la minería de metales a cielo abierto es prohibida en la provincia desde 2003 por la ley 5001. A pesar de esto, el informe revela que "MWH Argentina se encuentra elaborando los Estudios de Línea de Base Ambiental y Social para el Informe de Impacto Ambiental correspondiente a la Etapa de Explotación del Proyecto Navidad".

¿En qué consiste esta etapa de exploración? (entre otras cosas...)

Durante los años 2008, 2009 y 2010 se perforaron 829 pozos, equivalentes a 130 Km
Se tomaron más de 88 mil muestras testigo
Se trazaron 57,51 km de huellas en la zona del proyecto
Se hicieron estudios de aguas
Y otros estudios ambientales y sociales

La empresa canadiense Pan American Silver adquirió el proyecto a fines de 2009 y anunció su intención de publicar un Estudio de Factibilidad completo este año. Los primeros estudios en la zona los hizo la australiana Normandy a finales de los años 90. Sin embargo, muchos aspectos importantes del proyecto todavía se desconocen y no existe un sitio web en castellano donde se pueda acceder fácilmente a toda la información pertinente. Tampoco hay información sobre el proyecto en la página de Internet de la secretaría de Hidrocarburos y Minería de la provincia.

El copioso informe fue realizado por la consultora MWH (Montgomery Watson Harza de Estados unidos). Más que un informe se trata de una actualización de uno presentado originalmente en 2003 (por la empresa IMA). 

Ahora parecen haber editado todos los informes anteriores en esta nueva versión de 300 páginas en las que participaron diversas instituciones, consultoras privadas y profesionales (en estos informes las instituciones públicas se confunden a veces con las consultoras privadas).

Museo Edigio Feruglio de Trelew
Universidad de la Patagonia San Juan Bosco
Centro Nacional Patagónico (Escolaro, Frumento, Boschín, antes Gomez Otero et al)
Las consultoras: Rehuna SA de Esquel, Clasto SRL de Gaiman, Hidroar SA (que se presenta también como "Universidad de la Plata")
Las consultoras multinacionales: Groundwater International y Snowden

Uno se pregunta si estos informes de impacto ambiental no son en realidad la nueva literatura patagónica...

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La Subsecretaría de Gestión Ambiental y Desarrollo Sustentable, a cargo del Dr. Ariel Gamboa, convoca a Consulta Pública a partir del 23 de mayo y por el término de quince días corridos (hasta el mes de junio).

http://organismos.chubut.gov.ar/ambiente/2011/05/23/

Uno se pregunta: ¿por qué se abre un período de consulta tan breve teniendo en cuenta que se trata de un documento tan extenso y complejo?

El Decreto 185 de 2009 establece que el período de consulta no deberá ser menor a 10 días. Es decir que la Subsecretaría de Gestión Ambiental podría establecer un tiempo de consulta mayor sin ninguna restricción legal. El proyecto lleva casi 10 años de desarrollo, ¿Una consulta de 15 días no parece un tiempo extremadamente reducido? ¿Cuál es el beneficio de esa brevedad? Sería bueno preguntarle al Dr. Ariel Gamboa ¿cuánto tarda la subsecretaría en analizar un informe? Al menos, los pobladores de la meseta deberían tener el mismo tiempo para hacerlo.

El Decreto 185 y la nueva institucionalidad ambiental de la provincia de Chubut

El gobierno actual, alertado de que la cuestión minera provoca en la población un nivel de descontento capaz de cuestionar su propia legitimidad, de algún modo a “emprolijado” el modelo neoliberal para la minería que inició en la provincia el gobierno de Carlos Maestro.

La creación de nuevos organismos como el Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable, el Instituto Provincial de Aguas, la “empresa” Petrominera Chubut Sociedad del Estado o el Decreto 185 referido a la participación pública y el acceso a la información ambiental, agilizan la gestión gubernamental de la cuestión minera, con un ojo en la conflictividad pero sin modificar ninguno de los principios heredados del modelo neoliberal: privatización del subsuelo, tope a las regalías, estabilidad fiscal por 30 años, control extranjero y desconocimiento de derechos de las poblaciones afectadas como la consulta libre, previa e informada.

En los últimos años, el gobierno de Chubut ha establecido progresivamente una nueva institucionalidad ambiental. Uno de sus pilares es el decreto 185, de junio de 2009, cuyo objetivo es regular los “mecanismos que garanticen el acceso a la información pública ambiental, como requisito esencial para una adecuada y eficaz participación ciudadana en el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental”.

El artículo 24 del decreto 185 establece que la convocatoria a consulta pública deberá realizarse mediante publicación de edictos en el diario de mayor circulación de la zona afectada por la obra o actividad y en el Boletín Oficial de la provincia por el plazo de dos días. Quienes habitan la zona de influencia del proyecto Navidad utilizan mucho más la radio: los “mensajes al poblador rural”. ¿Por qué la autoridad de aplicación no utiliza ese eficaz medio de comunicación?

El artículo 25 establece que la autoridad de aplicación habilitará una casilla de correo electrónico a fin de recibir las observaciones a los informes que presentan las empresas. Pero los pobladores de la meseta no tienen servicio de Internet. ¿Por qué la autoridad de aplicación no estableció una modalidad de acceso a la información acorde y accesible para ellos?

¿Cuánto tiempo demora la autoridad de aplicación en evaluar un informe? Posiblemente, más de los 15 días a que limitan la recepción de observaciones de los pocos que lograron enterarse de la convocatoria y accedieron al informe, leyeron sus 300 páginas, lograron comprenderlo al menos inicialmente (involucra múltiples disciplinas como la geología, biología, química, geografía y no cuenta siquiera con un resumen ejecutivo que facilite su análisis) y eventualmente pudieron enviar sus observaciones en tiempo y forma. Y de todos modos, si lograron hacerlo, no está claro cuál es el destino de esas observaciones.

Mientras resulta paradójico definir mecanismos de participación por decreto, este nuevo marco legal no garantiza ni promueve el acceso a la información pública ambiental a las comunidades aborígenes de la meseta. Siendo estas comunidades, precisamente, las directamente afectadas en caso de que los proyectos de exploración como Navidad logren avanzar a proyectos de explotación (el fin último de todo esfuerzo de exploración minera).

El decreto 185 es un repertorio de dificultades y obstáculos en lo referente a la participación indígena: ninguno de los mecanismos ni modalidades propuestas la promueve, sino todo lo contrario. A pesar de que la participación indígena es un derecho que contempla la Constitución Nacional (art. 75, inc 17), la Constitución Provincial (art. 43) y tratados internacionales como el Convenio 169 de la OIT, el Ministerio de Ambiente y Control del Desarrollo Sustentable no está incluyendo los derechos a la participación específicos de los pueblos indígenas.

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La mitad del documento que se pone a consulta pública es propaganda (toda la parte de relaciones comunitarias) inverificable. No hay datos socio económicos serios (no hay ni un solo economista en el informe).

Incluye extensas y coloridas descripciones con títulos de fantasía: “Cosechando Sueños”, “Hermosear con Higiene”, “Calor para mis hermanos”

El gobierno parece estar convencido de que la exploración minera no genera impactos ambientales importantes. Puede estar equivocado. ¿Es posible que más de 1000 perforaciones puedan modificar el flujo de aguas subterrráneas y su condición química? Frecuentemente estas perforaciones se realizan a través de diferentes unidades hidrogeológicas, creando nuevas rutas para el flujo del agua. Las relaciones de presión pueden cambiar y pueden fluir hacia diferentes direcciones. Además, las aguas pueden entrar en contacto con rocas y sedimentos, lo que puede resultar en diferentes reacciones químicas. Es posible que, además de la sequía, la actividad minera haya afectado de esta forma la disponibilidad de agua en los campos cercanos.

¿Cuál es la próxima etapa? Se propone explotar los yacimientos de minerales diseminados mediante la minería de gran escala a cielo abierto. La escala de la operación minera no tiene precedentes en la Patagonia: alcanzaría las 110,000 toneladas diarias durante el cuarto año de producción. La empresa espera obtener un total de casi 20 mil toneladas de plata (632 millones de onzas) en 20 años de actividad, mediante dos líneas de concentrados (lodos sin valor agregado): plata-cobre y plata-plomo.

Aquiline Resources vendió de forma anticipada parte de la futura producción de plata de Navidad a la empresa Silverstone Resources (adquirida por Silver Wheaton en 2009) por un pago adelantado de US$17 millones. ¿Pan American Silver va a hacer lo mismo? ¿La provincia no cobra nada por esa venta anticipada?

Pan American Silver es una poderosa multinacional canadiense. Además del proyecto Navidad en Chubut, tiene minas de plata en dos de los distritos más dependientes de la minería en América Latina: Potosí en Bolivia (mina San Vicente) y Morococha en los Andes del Perú. Estos lugares son de los más pobres y contaminados del continente, aunque hayan generado inmensas riquezas.



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Tecnología minera para la contaminación y el saqueo en gran escala

En mayo de 1993, Menen, Cavallo y Gioja, con el lobby del Banco Mundial, impulsaron la modificación del  marco legal de la actividad minera, abriendo  las puertas del país para el ingreso de las empresas mineras transnacionales.
A la luz de lo que ahora sabemos, a partir de allí la Secretaría de Minería de la Nación y su órgano técnico el Servicio Geológico Minero Argentino (SEGEMAR),  elaboraron en sucesivas etapas los denominados “Proyectos específicos tendientes a incrementar la oferta minera”, que incluyeron la obtención de información sobre la localización, elementos químicos presentes,  reservas de mineral,  cuantificación, etc. de infinidad de yacimientos dispersos en gran parte del territorio nacional. El nuevo plan exploratorio oficial se inició en 1995 y se extiende hasta el presente. La Secretaría de Minería contrató para esos trabajos de alta tecnología, a diferentes empresas del Canadá.
Desde entonces, la localización de los nuevos yacimientos minerales se hace por medio de la detección de la radioactividad del Uranio, Torio y Potasio; se utiliza una tecnología que se llama “Magnetometría y Espectrometría de Rayos Gamma-Geofísica Aérea, ratio Uranio/Torio”, que consiste en la toma de “imágenes” por un magnetómetro y una cámara gamma montados sobre un avión o helicóptero que efectúan vuelos a baja altura sobre la región a explorar, siguiendo un itinerario de líneas paralelas. Luego esos registros son procesados y volcados en Cartas de Geofísica Aérea.
La Espectrometría de Rayos Gamma es un método geofísico aéreo o terrestre que mide la radiación gamma emitida durante el “decaimiento” de elementos radioactivos naturales que están presentes en la Tierra. Existen muchos elementos radioactivos naturales; no obstante, únicamente tres tienen isótopos (átomos inestables) que emiten radiación gamma con la intensidad suficiente para ser medidos por esa tecnología. Esos elementos son el Uranio (U), el Torio (Th) y el Potasio (K).
La presencia de altos valores de radioactividad, en general, es clara señal de la existencia de un yacimiento o mina, ya que cuando el magma o roca fundida de las profundidades del Planeta subió a la superficie hace millones de años en forma de volcanes o como afloramientos, lo hizo  con todos los elementos de la Tabla periódica presentes en ese ámbito y tiempo geológico. Se detectará el Uranio, pero también estarán presentes en esas rocas el Oro, la Plata, el Cobre, algunos Lantánidos, etc.
Localizado de esa forma un yacimiento, para tener más información sobre los elementos químicos esenciales que posee y su concentración (ley), se aplica el “Levantamiento Geoquímico”, en el cual se toman muestras de sedimentos de corriente de cursos de agua, incluídos los secos, las que son analizadas en laboratorios de Canadá , aplicando técnicas de  Activación Neutrónica Instrumental (AANI) y de Espectroscopía de Emisión en Plasma Inductivamente Acoplado (ES-ICP). 
El SEGEMAR, obviamente por decisión política de  los sucesivos gobiernos nacionales desde 1993,  ha impulsado esta masiva exploración de los recursos minerales del país, sufragada por nuestros impuestos, para luego entregar los resultados completos a las transnacionales mineras, las que se dedican luego a volar las montañas con explosivos para extraer los metales, utilizando maquinaria en colosal escala para acelerar el proceso extractivo y prescindir de los operarios.
De esa manera, las rocas donde el Espectrómetro de Rayos Gamma y el Magnetómetro detectaron  altos niveles de radiación, son las mismas que se hacen volar con explosivos para triturarlas, como lo demuestran esos mismos estudios hechos sobre el terreno, levantando y dispersando en el ambiente toneladas de polvo mineralizado radioactivo.
Esta es la forma en que las transnacionales mineras, en complicidad con las autoridades de Minería nacionales y provinciales, proceden a dispersar partículas con elementos radioactivos (uranio y torio) y otros metales pesados, sobre poblaciones indefensas y vastas regiones de nuestro país,  contaminándolas irremediablemente y afectando su salud. De allí surge la explicación a tantos casos de cáncer y enfermedades degenerativas que se registran en Andalgalá y otras ciudades y pueblos agredidos por este inconmensurable flagelo, donde además los funcionarios responsables del Estado están ausentes.

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