Argentina / Mendoza: El trasfondo del proyecto de modificación de la ley 7722

El proyecto de modificación de la Ley Nro. 7722 destinada a regular y restringir la actividad minera, que fue presentado intempestivamente por el senador Alejandro Abraham tiene dos claves, fuera del cotillón: por un lado eliminar la posibilidad de sumar “otras sustancias” entre las prohibiciones del uso de cianuro, mercurio y ácido sulfúrico; pero sobre todo, sacar el control legislativo de los proyectos mineros. El Gobierno de Mendoza está de acuerdo con parte de ese proyecto, aunque teman expresarlo abiertamente.

El proyecto presentado por el senador Alejandro Abraham para modificar la ley 7722, que regula y restringe la minería en Mendoza, apareció de manera intempestiva, pero no es una idea nueva: en todos los gobiernos hubo intenciones de hacerlo y en la gestión de Alfredo Cornejo también.
Ese proyecto tiene muchos argumentos y propuestas de relleno, pero dos ejes clave. El artículo 1 de la ley 7722 prohíbe el uso de cianuro, mercurio, ácido sulfúrico y agrega la frase “otras sustancias tóxicas similares”, que deja abierto a la interpretación de la autoridad de aplicación si es o no riesgoso el uso de otros productos químicos. Pero el cambio más importante es la eliminación de la ratificación legislativa de todos los proyectos mineros.
La ley 5961, el decreto 820 establecen los mecanismos de protección ambiental que la minería debe tener en Mendoza, además del Código de Minería de la Nación. Por eso, cada proyecto debe tener una Declaración de Impacto Ambiental, cuya aprobación depende del Poder Ejecutivo. Pero la ley 7722 obliga a que la Declaración de Impacto Ambiental de los proyectos mineros tenga además aprobación legislativa. Esa cláusula de “control político” es la que en realidad ha funcionado como la más restrictiva para cualquier proyecto minero, antes que los dictámenes técnicos. En el ambiente político aceptan que la “permeabilidad a las presiones” de los legisladores ha sido el verdadero freno, más que la propia ley.
Abraham busca eliminar por completo ese artículo y en el oficialismo están de acuerdo. Al menos para que ese control legislativo se elimine para los proyectos de exploración y no en los de explotación. Entienden que con tanto rigor, se evitan las inversiones iniciales para ver si un yacimiento minero tiene potencial o no. Sin embargo en la industria minera entienden que es todo o nada: pocas empresas, aseguran, invertirán en exploración si luego el proyecto no puede prosperar para explotar.
El resto del proyecto que tratará el Senado tiene artículos de segundo orden, como la asignación específica de los recursos que se generen y un impuesto extra regalías para generar más recursos al Estado.
La ley 7722 tiene un blindaje que en el ambiente político obvian. La Suprema Corte de Mendoza ratificó su legitimidad en un fallo unánime. Pero en la sentencia hay una veta importante: el ministro Mario Adaro votó en disidencia en dos aspectos de la ley. Primero, para él las prohibiciones de las sustancias tóxicas mencionadas en el ley no pueden ser solo restrictivas para la minería. Pero además Adaro pidió que se declarara inconstitucional la ratificación legislativa de los proyectos mineros por considerar que viola el sistema republicano. Es decir, para él no hace falta la aprobación de la legislatura, como propone Abraham.
La ley fue sancionada en 2007, en un torbellino político. Por un lado, el gobierno promocionaba a Mendoza como destino minero, pero en la Legislatura se sancionó una ley para prohibir la minería. Esa norma fue vetada por Julio Cobos. En medio de un clima de tensión, el oficialismo y la oposición “negociaron” un nuevo proyecto. Así nació la ley que luego llevaría el número 7722.
El Gobierno trabajó desde que Cornejo asumió en un plan minero que, tras redactarlo, quedó cajoneado. Ese plan caracteriza a la minería según la magnitud de los proyectos, propone líneas de acción y, con muchos eufemismos, cuestiona los alcances de la ley 7722, aunque siempre ratifican que respetarán su cumplimiento. En ese documento, por ejemplo, dicen que Mendoza perdió 5 mil millones de pesos de inversión por esa ley.
En paralelo la provincia adhiere también al Pacto Federal Minero, aunque puertas adentro del Arco Desaguadero se disimule. La propuesta de modificación de la 7722 no es un hecho aislado y también va de la mano de la intención de homogeneizar la legislación a nivel nacional. El tema es tratado en el COFEMIN (Concejo Federal de Minería). Y ese plan incluye la modificación de la Ley de Glaciares. La intención es flexibilizar las restricciones en el ambiente periglaciar y también en el área de los glaciares de escombros, por ejemplo.
Mendoza sí tuvo proyectos mineros en ese trayecto. El más importante fue Potasio Río Colorado, que fracasó y donde la ley 7722 no tuvo nada que ver. Lo mismo con los proyectos que precedieron a la ley: desde el desastre ambiental de Sierra Pintada (mina de uranio), hasta los negociados con los cateos mineros que se acumularon, pero que nunca se transformaron en inversiones reales. El proyecto San Jorge, para extraer cobre de un yacimiento en Uspallata, fue el que más avanzó. El Gobierno aprobó la DIA (Declaración de Impacto Ambiental), con más de 100 pedidos de aclaración. Pero la Legislatura “bochó” el proyecto. La Legislatura, con otra composición, también dejó de lado otros proyectos de exploración, como Cerro Amarillo (mina de cobre que tenía problemas porque estaba en una zona con glaciares) y también Hierro Indio, que no tenía en el plan exploratorio el uso de ninguna sustancia.
El nuevo debate por la modificación de la ley puede complicar otro plan que estaba en marcha, impulsado por el Gobierno. Se trata del saneamiento ambiental de los pasivos de Sierra Pintada, la planta industrial de procesamiento de uranio que quedó abandonada y que tiene material contaminante producido allí y también en la planta Dioxitek de Córdoba. El método elegido para sanear esos pasivos (el único posible) obliga a realizar el mismo proceso que para producir el uranio, que implica el uso de sustancias prohibidas por la 7722. Como esa ley no habla del “saneamiento” entre los procesos donde está prohibido el uso de las sustancias, creen que no hay impedimentos.

Fuente: MDZ Diario de Mendoza - Publicado en: noalamina.org

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