Argentina / Sin escuchar a nadie: Justicia mendocina resolverá sobre constitucionalidad de la ley 7722 sin audiencia pública



La Suprema Corte de Justicia de Mendoza rechazó el pedido para que se realice una Audiencia Pública en el marco de la demandas por la constitucionalidad de la ley 7722, que prohíbe el uso de sustancias tóxicas en la minería y obliga a que todo proyecto tenga ratificación legislativa.

La decisión fue ajustada en el Tribunal: cuatro jueces votaron en contra y los otros tres a favor de que se realice la audiencia. El Procurador Rodolfo González había pedido que se realizara la audiencia. Pero el plenario de la Corte rechazó ese pedido. La intención de la Audiencia era someter a consideración pública una de las causas judiciales más importantes que se llevan adelante en la provincia.
"Nos encontramos ante el cuestionamiento a una norma elaborada en el seno del Poder Legislativo, que fue objeto de debate dentro del mismo y respecto de la cual el Tribunal se limitará -en su oportunidad-, a expedirse en el marco de la acción intentada y dentro de sus específicas incumbencias, sin hallarse habilitado a ingresar en materia propia de otros poderes del Estado, ni a suplir las eventuales deficiencias que pudieran haber acaecido en orden a la participación, control y/o diálogo con la sociedad en forma previa a la emisión de la norma jurídica cuestionada en su sede. No modifica la conclusión a la que arribamos, el fundamento normativo consignado por el Procurador al efectuar la propuesta en examen (arts. 19 y 20 de la Ley N° 25.675 e inc. d de la Ley N° 5.961), dado que no es dable desprender del mismo la obligatoriedad pretendida, no pudiendo entenderse que la función de esta Corte, en los confines ya especificados, pueda encontrarse alcanzada por tales preceptos con la proyección pretendida", dijeron los jueces.
Quienes decidieron no hacer la audiencia fueron Alejandro Pérez Hualde, Julio Gómez, Herman Salvini y Pedro Llorente. Mario Adaro, Omar Palermo y Jorge Nanclares se inclinaron por realizar la audiencia pública. "El Tribunal está llamado a ejercer una específica función jurisdiccional, tendiente a dilucidar la avenencia de la norma impugnada con el orden constitucional. Se trata pues, de una cuestión de estricto contenido normativo constitucional, en cuyo ámbito no se advierte la necesidad, utilidad y/o pertinencia -en el estadio procesal en que se encuentra la causa y en función de los elementos ya incorporados a la misma-, de la realización de la audiencia pública propuesta", determinaron los jueces Pérez Hualde, Llorente, Gómez y Salvini.
La ley 7722 fue sancionada en 2007 y regula la actividad minera en la provincia. Entre otras cosas restringe el uso de sustancias tóxicas en la minería y, además, obliga a que cualquier proyecto minero tenga ratificación legislativa. Ese mismo año se presentaron 11 demandas para que la Corte declare inconstitucional a esa ley. Los demandantes son empresas mineras y organizaciones profesionales relacionadas con esa actividad. Desde entonces las causas sumaron fojas, pruebas y detalles; pero se demora su resolución. El Tribunal resolvió que el tema lo resuelva el plenario de la Corte (los siete jueces) y que se acumulen las causas.
Cada parte ya presentó los alegatos y el Procurador pidió la Audiencia como instancia previa a resolver. Con el rechazo, ahora son los jueces quienes deberán decidir sin aportes nuevos.
La Corte aprobó la realización de audiencias públicas a través de la Acordada 25325, donde se dispone "que en aquellas causas que posean trascendencia institucional o que excedan, en cuanto a la decisión jurisdiccional el interés individual de las partes intervinientes en el proceso, se convoque a Audiencias de carácter público". Hasta ahora se realizó en una sola causa.
Lo que dijeron los jueces
Los jueces que argumentaron a favor de la realización de la Audiencia recordaron la importancia del tema. "El tema reviste gran importancia a nivel institucional, político, económico y ambiental, y no sólo en el ámbito provincial sino extendiendo sus efectos a nivel regional, nacional e internacional. Es decir, no sólo respecto al tema minero específico, sino que involucra otras discusiones y abordajes como recursos naturales, el ambiente, sustentabilidad, desarrollo económico, entre muchos otros; es decir, involucra un conflicto de bienes, intereses y valores colectivos", aseguraron Palermo, Adaro y Nanclares.
"Si esta Suprema Corte de Justicia permite el debate ciudadano, instrumentado a través de una audiencia pública, estimamos que las opiniones, fundamentos, informes que allí se viertan, quedarán inscriptos en el patrimonio democrático de la provincia, el que podrá ser referenciado en futuras instancias, sean de índole política, administrativa, legislativa, normativa y/ o judicial. Consideramos de suma importancia la convocatoria a audiencia pública en los presentes autos, pregonando por un procedimiento consultivo y democrático, en un tema de gran envergadura social, con una inmensa pluralidad de posiciones e intereses y de extrema complejidad, que afecta directamente la vida de los ciudadanos-habitantes de la Provincia", dijeron los jueces.
La causa tomada como base es la que inició la empresa Minera del Oeste (MIDO).
Fuente: Diario Vox
--------------------
Neuquen: Minería en Las Coloradas “Somos usuarios directos de los ríos Catan Lil, Llao Llao y Pincún Leufú”

Lo afirmó hoy en conferencia de prensa el Lonko del Lof Cayupan, Iván Salazar. Remarcó los peligros para las comunidades que se alimentan de los cursos de agua en esa región de la provincia, ante la intención de avance de la minera Southern Copper. La asamblea de vecinas y vecinos autoconvocados brindo hoy la conferencia en el Obispado de Neuquén para dar a conocer la problemática a nivel provincial.

El Lonko del Lof Cayupan, Iván Salazar, afirmó que hay mucha preocupación de los pueblos mapuces por los emprendimientos mineros en esa zona. “Le decimos si a la vida y no a la minera” afirmó hoy durante una conferencia de prensa que brindó junto a la Asamblea de Vecinos/as Autoconvocados de Las Coloradas.
El Lof Cayupan presentó uno de los amparos que fue aceptado por la justicia para impedir el avance de la minera bajo los argumentos del derecho a consulta previa vigente por las leyes y normativas internacionales.
“Nos enteramos que vamos a ser afectados directamente por el proyecto de la zona de la cordillera. La comunidad mapuce Cayupan está sobre la ruta nacional 40. Estamos a 60 km de zapala y 80 km de Las Coloradas. Con el emprendimiento, en línea recta, estamos 100 kilómetros.”
Agregó que las comunidades “llevamos el agua de Las Coloradas en camión cisterna. Somos usuarios directos del rio Pincún Leufú y tenemos una hermana que es beneficiaria del arroyo Llao Llao”. Se trata de los ríos que se verán afectados directamente, e indirectamente el Catan Lil.
Por su parte, el abogado de la Asamblea y el Lof Cayupan, Germán Zuñiga, indicó que los amparos fueron aceptados porque ni la minera ni la Secretaría de Ambiente se acercaron a dar información, incluso “las visitas oscurecen más de lo que aclaran. La gente de Las Coloradas está preocupada” aseguró.
Indicó además no puede haber un grado de participación real en una audiencia que “se realiza a 70 kilómetros del lugar más afectado”, en referencia a la suspensión de la convocatoria para el 12 de agosto. “Se intentó generar la menor participación posible”.
Agregó que de afectarse el Catan Lil se verán damnificadas “las comunidades Paineo, Cayupan, Cayulef y Namuncurá que son beneficiadas por este curso de agua”.

Fuente: 8300 - Pulicado en: noalamina.org

Entradas populares de este blog

¿Quién es Erick Saracho? La historia del ambientalista que defiende la Riviera Nayarit

La oligarquía del plástico: apenas 7 países y 18 empresas dominan su producción

Megapinería en la Patagonia Argentina: Invasión territorial, incendios y falta de agua