Italia condenada a pagar una compensación millonaria a una compañía petrolera

Un tribunal arbitral ha decidido que Italia deberá pagar más de 190 millones de euros a la compañía británica Rockhopper Exploration por la denegación de un permiso para construir una plataforma petrolífera. La condena es nueve veces superior a la inversión inicial, ya que el Tratado de la Carta de la Energía permite demandar a los países por la pérdida de beneficios futuros. Otros países podrían enfrentarse a demandas similares en el futuro por la implementación de sus planes de transición ecológica. La campaña estatal No a los Tratados de Comercio e Inversión, de la que forma parte Ecologistas en Acción, apunta que esta decisión es una razón más para salirse cuanto antes del tratado.

En un caso que sirve de recordatorio del enorme poder de la industria de los combustibles fósiles, ayer se conoció que el Estado italiano ha sido condenado a pagar 190 millones de euros más intereses a la empresa británica de petróleo y gas Rockhopper Explorations bajo el Tratado de la Carta de la Energía (TCE). Lo que significa que la cifra en realidad asciende a alrededor de 250 millones de euros. En 2015, el Gobierno italiano decidió prohibir nuevos proyectos de petróleo y gas a menos de 12 millas náuticas de su costa, como respuesta a la gran oposición pública y la preocupación medioambiental de la ciudadanía. Ante esta situación, un año después la compañía interpuso una demanda contra Italia bajo el TCE por la denegación de un permiso para la construcción de la plataforma petrolífera Ombrina Mare en las costas del Mar Adriático. Esta demanda ha sido posible porque el TCE protege las inversiones en el sector energético y, gracias a su mecanismo de resolución de controversias inversor-Estado (ISDS), permite que empresas e inversores extranjeros puedan demandar a los países cuando consideran que han legislado en contra de sus beneficios, presentes o futuros. De este modo, la compensación que recibirá Rockhopper es nueve veces más la cantidad de su inversión inicial –que fue 29,2 millones de euros– y se asumirá con las arcas públicas del Estado.

La demanda se ha resuelto tal y como lo establece el TCE: eludiendo los tribunales nacionales del país, ante un sistema paralelo de justicia en el que no hay jueces, sino tan solo tres árbitros privados que deciden a puerta cerrada.
Según Marta García Pallaŕes, portavoz de Ecologistas en Acción y de la campaña estatal No a los Tratados de Comercio e Inversión, “esta decisión favorable a Rockhopper es escandalosa, especialmente en la situación de emergencia climática y crisis energética que estamos viviendo”. Y ha añadido: “Este caso tendrá un efecto escalofriante en las políticas climáticas de otros países productores de petróleo y gas, a menos que los gobiernos actúen ahora y desactiven el riesgo de futuras demandas saliendo del tratado”.
La demanda de Rockhopper ha llegado a su punto álgido apenas unas semanas después de que los países alcanzaran un acuerdo preliminar para modernizar el TCE. Un proceso iniciado hace más de cuatro años cuyo resultado es inaceptable, ya que permitiría la protección de las inversiones en combustibles fósiles durante 10-20 años más si finalmente se ratifica el próximo mes de noviembre.
“La Comisión Europea ha vendido la modernización del TCE como un avance hacia la transición energética, pero la realidad es que no ha conseguido limitar los amplios poderes que otorga a las empresas de combustibles fósiles, por lo que seguirán exigiendo indemnizaciones de dinero público cuando se cuestione su modelo de negocio”, ha declarado Clàudia Custodio, también portavoz de la organización ecologista y de la campaña No a los Tratados de Comercio e Inversión.
El caso de Italia es especialmente paradigmático, ya que en 2016 se convirtió en uno de los pocos países que abandonaron el TCE. Sin embargo, la cláusula de supervivencia que contiene el tratado permite que un Estado pueda seguir siendo demandado durante 20 años después de su salida oficial, por aquellas medidas anteriores a la fecha de salida.
Por todo ello, las organizaciones de la campaña No a los Tratados de Comercio e Inversión instan al Gobierno de España y al resto de países a retirarse en grupo de forma coordinada, neutralizando previamente esta cláusula con la adopción de un acuerdo legal “inter-se”, tal y como sostienen personas expertas del campo jurídico.
Marta García Pallarés ha concluido: “Nos alegramos de los pasos dados por España a la hora de reconocer los peligros que entraña la modernización del TCE. Ahora, ante la negativa de la Comisión Europea a que la UE se salga del TCE, esperamos que Teresa Ribera tome cartas en el asunto e inicie la salida cuanto antes. El caso de Italia demuestra que este paso no puede hacerse esperar”.
Sobre los antecedentes del caso en Italia. (más información aquí y un resumen de las críticas al caso aquí):
– En 2015, tras una gran movilización ciudadana, el gobierno italiano prohibió las perforaciones petrolíferas en aguas situadas a menos de 12 millas de la costa, prohibiendo de hecho el proyecto Ombrina Mare, que se encuentra a 4 millas de la costa. En 2005, la empresa petrolera Mediterranean Oil & Gas había recibido un permiso de exploración para el yacimiento Ombrina Mare y posteriormente descubrió petróleo en 2008. La empresa solicitó entonces una concesión de producción, que nunca fue concedida por las autoridades italianas.
– En 2014, Rockhopper compró la petrolera Mediterranean Oil & Gas por 29,3 millones de libras.
– La empresa acudió a los tribunales italianos para obtener la licencia, pero perdió los juicios y el posterior recurso. Posteriormente llevó el caso a un tribunal en el marco del TCE.
– El caso ha sido financiado por un fondo de litigios llamado Harbour Litigation Funding. Tienen una página sobre la responsabilidad social.
Sobre el procedimiento ISDS:
– Rockhopper habría pedido 275 millones de dólares (probablemente más intereses), mientras que afirma haber invertido unos 29 millones de dólares (23 millones de dólares para el predesarrollo y 6 millones de dólares para el desmantelamiento) (Fuente).
– Sobre los tres árbitros:
– Presidente: Klaus Reichert, ha sido nombrado en su mayoría por los inversores en el pasado.
– Nominado por el inversor: Charles Poncet, fue árbitro en el tristemente célebre caso Yukos, casi siempre nominado por el inversor.
– Nominado por Italia: Pierre-Marie Dupuy, el cuarto árbitro más activo en los casos del TCE, normalmente nombrado por los Estados. Dijo en una entrevista: «Sí, debería haber un aumento de casos relacionados con las políticas climáticas…».
Otros puntos destacables:
El abogado del Estado italiano advirtió: «Una derrota en este arbitraje sería extremadamente grave, porque daría a otras empresas cuyos proyectos de extracción de 12 millas han sido bloqueados el deseo de emular a Rockhopper».
Sobre el Tratado de la Carta de la Energía:
– Todos los Estados miembros de la UE, excepto Italia, son miembros del TCE, pero, en virtud de una cláusula de «extinción», Italia puede seguir siendo llevada a los tribunales durante 20 años después de su salida oficial del Tratado en 2016.
– El Tratado de la Carta de la Energía es un acuerdo multilateral de inversión ratificado por 53 países, incluida la UE. Se acordó en los años 90 y protege las inversiones extranjeras en el sector energético.
– En virtud del régimen del TCE, los inversores extranjeros pueden demandar a los Estados por casi cualquier decisión que repercuta en los beneficios esperados por el inversor, incluida la protección del clima.
– Estas demandas se tramitan a través de un sistema de arbitraje conocido como solución de controversias inversor-Estado (ISDS). El ISDS establece un sistema de justicia paralelo de tribunales de arbitraje privados, compuestos por abogados designados por las partes, que eluden los tribunales nacionales.
– El TCE ya ha generado al menos 143 demandas de arbitraje inversor-Estado, lo que lo convierte en el acuerdo de protección de inversiones más litigado del mundo. Entre los casos más destacados, además del de Rockhopper contra Italia, están los de RWE contra Países Bajos, Ascent Resources contra Eslovenia o Vermilion contra Francia.
– Se calcula que las infraestructuras de combustibles fósiles protegidas por el régimen del TCE tienen un valor de 345.000 millones de euros.
– Actualmente, 61 centrales eléctricas de carbón están protegidas por el TCE.
– El TCE encarece las políticas climáticas y las hace más arriesgadas desde el punto de vista jurídico; el Instituto Internacional para el Desarrollo Sostenible (IISD) ha advertido que corre el riesgo de socavar los resultados de la COP 26.
– El último informe del IPCC advierte explícitamente de que el TCE y el ISDS pueden tener un efecto paralizante en las políticas climáticas.

Fuentes: Ecologistas en acción https://www.ecologistasenaccion.org/206831/italia-condenada-a-pagar-una-compensacion-millonaria-a-una-compania-petrolera/

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