"No heredamos la tierra, la tomamos prestada": por qué es clave blindar el clima en las constituciones

 

Magistrados de altos tribunales de Ucrania, Italia, España, Sudáfrica y Uganda se han debatido sobre las garantías ambientales y han defendido que las generaciones futuras también son sujetos de derecho.



Protesta en Indonesia por la justicia ecológica intergeneracional (Archivo).Dimas Rachmatsyah / ZUMA Press Wir / DPA


"No heredamos la tierra de nuestros antepasados, sino que la tomamos prestada de las generaciones futuras", han sido las palabras de Olga Sovgyria, magistrada del Tribunal Constitucional de Ucrania. La jurista ha moderado este miércoles la mesa sobre derechos medioambientales de la VI Conferencia Mundial de Justicia Constitucional, un evento que se celebra cada tres años en un país diferente. Madrid acoge esta semana su última edición, en la que se han reunido las cortes de garantías de España, Italia y Sudáfrica —además de Ucrania en calidad de moderadora y Angola como relatora—, para debatir sobre los derechos climáticos y el estado de la jurisprudencia internacional en la lucha frente a la emergencia ecológica.

Adhik Arrilucea

En su intervención inicial, Sovgyria ha destacado tres características de los derechos ambientales. La primera es que no "es solo para las generaciones actuales, sino también para las futuras". En segundo lugar, "el derecho al medio ambiente sano "está estrechamente interrelacionado con otros derechos humanos, ya que el aire, el agua y la tierra limpios son necesarios para la existencia misma de una persona". Y en tercer lugar, este enfoque legal desempeña un papel relevante "para lograr el desarrollo sostenible, la protección ambiental debe ser la parte integral del proceso de desarrollo de Estado".
Se trata de nociones que fundamentan toda la historia de la lucha global contra la crisis climática, desde los primeros dictámenes consultivos a las actuales obligaciones vinculantes de entidades como la Unión Europea, que exige a sus Estados miembros alcanzar toda una serie de objetivos en materia de reducción de emisiones, restauración de ecosistemas degradados o protección de la biodiversidad y los hábitats naturales. Entre las normas se encuentran el reglamento de restauración de la naturaleza, en vigor desde junio del 2024 y por el que todos los países deberán reparar el 20% de los ecosistemas terrestres degradados y otro 20% del entorno marino para el año 2030. Además, desde 2021 la legislación comunitaria establece un marco para lograr la neutralidad climática para 2050.
Litigios climáticos para defender derechos humanos
Precisamente esta clase de legislaciones permiten iniciar procedimientos judiciales que fiscalicen la ambición de los Estados en materia ambiental. César Tolosa, magistrado del Tribunal Constitucional de España, ha recordado en su intervención que la corte admitió a trámite un recurso de grupos ecologistas contra el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima (PNIEC) del Gobierno. Las organizaciones ambientalistas iniciaron este procedimiento —todavía pendiente de resolución— "precisamente para tratar de conseguir un nivel superior en la reducción de los denominados gases infecto efecto invernadero en relación con la regulación normativa del Derecho de la Unión Europea", ha explicado el juez.
Quienes están detrás de este recurso son las organizaciones Greenpeace, Oxfam Intermón, Fridays For Future, Ecologistas en Acción y la Coordinadora de Organizaciones para el Desarrollo. Se trata del primer procedimiento judicial del movimiento climático en España que llega a la Corte de Garantías. El recurso camina la senda de la histórica victoria de las pensionistas suizas, las Klimaseniorinnen, a quienes Estrasburgo dio la razón por desprotección climática. Este hito sirvió de inspiración a los ecologistas españoles y marca una tendencia global en la que organizaciones y comunidades locales recurren a la vía judicial para proteger el planeta. Sin embargo, no fue la primera. En el caso Urgenda, la Corte Suprema de los Países Bajos falló en 2019 a favor de activistas que denunciaron al Estado que reclamaban reducir las emisiones de gases. La camapaña El caso del siglo (L'Affaire du siècle) en Francia logró el fallo favorable del tribunal administrativo en 2021. La iniciativa también buscaba exigir al Estado francés a reducir sus emisiones.
Este tipo de litigios a menudo tienen como base los derechos fundamentales. En este sentido, los ambientalistas españoles acusan al país de vulnerar el derecho a la vida y a la integridad física, recogido en el artículo 15 de la Carta Magna. Las Klimaseniorinnen, que en su mayoría eran mujeres mayores de 75 años, aseguraban que "existen pruebas sustanciales que demuestran que corren un riesgo significativo de muerte, así como de mala salud, a causa de las altas temperaturas". Por este motivo, sustentaban su defensa en que "los daños y riesgos causados por la crisis climática son suficientes para comprometer las obligaciones positivas del Estado para proteger su derecho a la vida y al bienestar", ambos derechos recogidos en la Convención Europea de Derechos Humanos (CEDH).
Legar la Tierra a generaciones futuras
Algunas constituciones buscan garantizar "el acceso a un medio ambiente sano", ha señalado Olga Sovgyria. La Constitución española recoge en su artículo 45 que "todos tienen el derecho a disfrutar de un medio ambiente adecuado para el desarrollo de la persona, así como el deber de conservarlo" y que los poderes públicos deberán "proteger y mejorar la calidad de la vida y defender y restaurar el medio ambiente". No obstante, y a pesar de que aparece en el Título I, "no tiene la consideración de derecho fundamental", ha matizado César Tolosa.
Marco D’Alberti, magistrado de la Corte Constitucional de Italia, ha mirado a Latinoamérica, donde "ha habido una auténtica ola de constitucionalismo medioambiental". En el caso italiano, el juez ha indicado que el tribunal "enfatiza desde los años ochenta la importancia de proteger el medio ambiente para las generaciones presentes y futuras". Ha puesto de relieve cómo "las ciencias sociales han mostrado la necesidad de cuidar de los bienes comunes que pertenecen al hogar de la humanidad y que son indispensables para su supervivencia".
Por su parte, Madisa Maya, presidenta del Tribunal Constitucional de Sudáfrica, ha subrayado que la crisis climática supone "un riesgo económico y social, que incluye la inseguridad alimentaria, problemas de salud y conflictos armados". Junto a la ola latinoamericana que mencionaba D'Alberti, la jurista ha mencionado que múltiples países africanos "contemplan en sus constituciones el derecho a un medio ambiente sano". En el caso concreto de la Ley Fundamental sudafricana, "la seccion 24 consagra que toda persona tiene derecho a un medio ambiente que no sea dañino para su salud y su bienestar, y dispone al Estado de las medidas necesarias para garantizarlo", ha asegurado."
Todo ello sustenta "la equidad intergeneracional" que rige su constitución, ha incidido Maya. Se trata de un elemento presente en la interpretación de los magistrados de la legislación actual. "No es opcional proteger el medio ambiente. La Tierra no es nuestra, se nos ha legado y tenemos que trasladarla a generaciones futuras", ha recalcado la presidenta de la Corte de Garantías sudafricana. En este sentido, la magistrada ucraniana ha incidido en que "hay que garantizar que las generaciones futuras sea escuchadas".
Personas que aún no han nacido, ¿sujetos de derecho?
Esta cuestión resulta problemática para Cesar Tolosa. Si bien ha coincidido con el resto de la mesa y ha considerado que España debe ampliar el sujeto titular de estas garantías, "tenemos que poner de relieve la ausencia de las generaciones futuras en los catálogos de reconocimiento de los derechos humanos", ha expresado. El magistrado identifica "un problema con la legitimación de su representación". "¿Quién en este momento va a defender esos derechos frente a los tribunales?", ha planteado. "Se habla de que sean los poderes públicos, pero tendremos que convenir que estos en ocasiones son los primeros causantes de los deterioros medioambientales".
Aún con los dilemas que plantea, Tolosa ha reiterado la necesidad de reconocer a las generaciones futuras. "Hay que manifestar rotundamente que las generaciones futuras, pese a no estar en este momento entre nosotros, son titulares de derechos", ha defendido. "Se podrá afirmar que estamos ante una mera ficción jurídica, pero también tendremos que reconocer que las ficciones jurídicas no son ajenas a nuestros sistemas". Así, su protección "ha pasado de ser un compromiso ético de la sociedad para convertirse en una obligación de carácter jurídico". El magistrado ha concluido que "las decisiones del presente determinan los derechos de las generaciones futuras y esto determina también un cambio fundamental en la propia forma de actuar de los tribunales constitucionales".

Fuente: https://www.publico.es/sociedad/m-ambiente/heredamos-tierra-tomamos-prestada-clave-blindar-clima-constituciones.html

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