Chile: «99,7% de los incendios tienen una génesis atribuible al ser humano»

El Gerente de Protección Contra Incendios de Conaf, Pablo Lobos, advirtió que existe una serie de conductas de riesgo para la generación de incendios forestales: «Para entender el riesgo al que nos exponemos, hay que mencionar tres factores que concurren para facilitar la ocurrencia de un incendio forestal. Baja humedad relativa, altas temperaturas, velocidad del viento y una condición propicia de elementos combustibles presentes en el lugar», planteó.

 
Lobos señaló que las altas temperaturas que nos acompañarán durante todo el verano son una constante de riesgo para la ocurrencia de incendios y que además «hay sumar un factor determinante para que se desencadene una desgracia de proporciones; la acción humana descuidada o con la voluntad de incendiar». «En este contexto en los paseos al aire libre, recomendamos no realizar actividades con fuego, como son los asados con carbón o leña. Mucho menos fogatas. Es importante señalar que la prevención de incendios debe ser una acción permanente de toda la comunidad, todo el año», agregó.
El Gerente de Protección Contra Incendios de Conaf, enfatizó que un incendio forestal, siempre es un desastre ecológico.
«Cientos de especies mueren víctimas del fuego o pierden su hogar. Es un evento devastador que afecta negativamente a los ecosistemas naturales. Además de estos impactos directos, los incendios forestales también pueden tener consecuencias a largo plazo en el ciclo del agua y la calidad del suelo. La capa vegetal de los bosques juega un papel crucial en la retención y filtración del agua, así como en la prevención de la erosión del suelo», indicó. «Cuando un incendio destruye esta capa, los efectos los pagan las comunidades que habitan las proximidades del lugar”, acotó.
Congelados en el Congreso proyectos que aumentan penas y prohíben uso de suelos afectados por incendios forestales

Las actuales tragedias debido a los incendios forestales ha hecho que muchas y muchos se preguntaran por algún proyecto de ley que impida que en las hectáreas consumidas por el fuego se desarrollen luego, por ejemplo, proyectos inmobiliarios, y que también aumente las penas al delito de incendio. Al respecto, hay que recordar que en la actualidad, se encuentran en tramitación al menos tres proyectos de ley sobre esta materia, los cuales no han avanzado en el Congreso, principalmente por la oposición de algunos parlamentarios de los partidos de derecha.

Prohibición por 30 años el desarrollo inmobiliario en zonas afectadas por incendios
Una de estas iniciativas fue presentada por el diputado Diego Ibáñez (CS) a fines del año 2020 y actualmente, se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Medioambiente y Recursos Naturales de la Cámara de Diputadas y Diputados. Dicho proyecto (Boletín 13967-12), regula los cambios de uso de suelo, los actos administrativos y obras de subdivisión, urbanización y edificación de terrenos afectados por incendios forestales. Su fundamento es desincentivar el uso de los incendios como herramienta informal, para generar cambios en el uso de los espacios siniestrados. Asimismo, busca establecer prohibiciones y obligaciones respecto de terrenos afectados por incendios forestales.

En ese sentido, el diputado Ibáñez destacó que la iniciativa surgió debido al aumento de los incendios forestales en los últimos años. De ellos, dijo el legislador, el 98% son intencionales, alertando que los terrenos, luego del siniestro, cambian de uso de suelo para emplazar edificaciones.
El parlamentario señaló que para su formulación tomaron experiencia comparada «de España y México para crear un nuevo cuerpo normativo, que busca regular los usos de dichos terrenos».«Así, se establece una prohibición para el cambio de uso de suelos que se extenderá por 30 años, 20 años menos de lo que planteaba el proyecto original. Este nuevo plazo se alinea con la recuperación endémica de los bosques, que se realiza entre 20 y 30 años», explicó al presentar la iniciativa. Además, en el proyecto se prohíben ciertas acciones en los terrenos quemados, como por ejemplo, no construir o edificar, con excepción de reconstrucción de viviendas o infraestructuras ya existentes, e igualmente, no lotear o subdividir los terrenos, o destinarlos a actividades distintas que afecten la cubierta vegetacional.
También, la iniciativa modifica la Ley de Urbanismo y Construcciones, con el objetivo de que, en la interfaz urbano-rural, los dueños de predios rurales faciliten el acceso de vehículos de emergencia para evitar incendios forestales. Por otra parte, se cambia la Ley de Bosque Nativo, para modificar el concepto de incendio forestal. Es decir, que no solo afecte suelo forestal, sino también formación vegetal y áreas colindantes al límite urbano o centro poblacional.
Prohibición de actividad agropecuaria o inmobiliaria por 50 años
Posteriormente, el 19 de enero de 2021, la diputada Cristina Girardi (PPD) ingresó al Congreso un proyecto de ley (Boletín 14017-12) que apunta a modificar la Ley 20.283 y agregar lo siguiente: Artículo 46.- En el caso de producirse un incendio forestal u otro desastre provocado por el ser humano o la naturaleza, se prohíbe en la zona siniestrada:
-Realizar cualquier actividad agropecuaria distinta al uso o destino que tenía al momento de producirse el siniestro o desastre.
-Cambiar el uso del suelo.
-Conceder permisos de construcción, alteración o ampliación de edificios u obras de urbanización de cualquier naturaleza.
-Desafectar un terreno declarado forestal de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 del Decreto Ley N° 701.
La prohibición será por el término de 50 años, contados desde el cese del incendio forestal, para los casos mencionados en el inciso anterior.
“Es necesario recordar que, en nuestro país desde la colonia, el fuego ha sido utilizado como una herramienta para despejar bosques y establecer praderas, campos agrícolas, plantaciones de monocultivos forestales o para ‘colonizar’ parte del territorio”, plantea la iniciativa que fue refundida con otros dos proyectos de ley similares, entre ellos el presentado por el diputado Diego Ibáñez y se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión Medio Ambiente.
Aumento de las penas al delito de incendio
En enero de 2023, los diputados Juan Carlos Beltrán (RN) , Andrés Celis (RN), Eduardo Durán (RN), Daniel Lilayu (UDI), Daniel Manouchehri (PS) y las diputadas Carla Morales (Ind), Marlene Pérez (UDI), Marta Bravo (UDI), Sara Concha (Partido Social Cristiano)y María Luisa Cordero (RN), presentaron un proyecto de ley que establece prohibiciones para el uso de suelos afectados por incendios forestales y aumenta las penas al delito de incendio. Al presentar la iniciativa (Boletín N° 15650-12), los parlamentarios plantearon que ante el incremento de incendios forestales en el país, ronda la idea que estos siniestros han sido empleados como parte de procesos informales de urbanización.
Plantearon, que también existen otras causas que aportan en la ocurrencia de un mayor número de hechos de incendios forestales, como es la quema de basura de manera ilegal; los asentamientos urbanos por medio de tomas ilegales, las cuales se emplazan en zonas rodeadas de vegetación y la mala mantención de los espacios bajo el tendido eléctrico, entre otros factores.
En concreto, la iniciativa propone la prohibición de una serie de acciones administrativas al interior de una zona siniestrada con motivo de un incendio forestal, con la excepción señalada, así como también, aumentar las penas relacionadas con el delito de incendio.
El proyecto de ley consta de dos artículos. Este proyecto de ley también se encuentra en primer trámite constitucional, en la Comisión de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Cámara Baja.


Fuente: https://www.elciudadano.com/actualidad/pablo-lobos-de-conaf-997-de-los-incendios-tienen-una-genesis-atribuible-al-ser-humano/02/03/
https://www.elciudadano.com/politica/congelados-en-el-congreso-proyectos-que-aumentan-penas-y-prohiben-uso-de-suelos-afectados-por-incendios-forestales/02/03/

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