Suprema acoge recurso de protección de ecologistas contra Central Río Cuervo



La decisión se basa en la “ilegalidad” del estudio de impacto ambiental del
proyecto “por haber ignorado la recomendación del Sernageomin y no contener el estudio de suelo indicado”. El fallo se adoptó con el voto en contra de los ministros Héctor Carreño y Pedro Pierry, éste último cuestionado por dar luz verde a Hidroaysén.

La Tercera  Sala de la Corte Suprema acogió este viernes a trámite un
recurso de protección presentado por organizaciones ecologistas y ciudadanas
en contra del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) de Aysén,
por la aprobación del Informe Consolidado del Estudio -ICE- de Impacto
Ambiental del Proyecto Hidroeléctrico Río Cuervo.
En fallo dividido los ministros Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Pedro Pierry,
Sonia Araneda y Alfredo Pfeiffer (suplente), acogieron la petición
presentada por una serie de grupos representados por la Corporación Fiscalía
del Medio Ambiente.
La acción determina el actuar ilegal del SEIA al aprobar el Informe
Consolidado desconociendo un Informe del Servicio Nacional de Geología y
Minería (Sernageomin) que recomendaba  no aprobar un estudio de suelo.
“En estas circunstancias, el ICE adolece de ilegalidad por haber ignorado la
recomendación del SERNAGEOMIN y no contener el estudio de suelo indicado,
que, a juicio de esta Corte, resulta imprescindible para que el proyecto
pueda ser sometido a la aprobación o rechazo de la Comisión de Evaluación
Ambiental. Por tanto, la situación descrita refleja la infracción de los
artículos 24 y 27 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto
Ambiental, otorgando mérito suficiente para acoger la acción constitucional
impetrada”, señala el fallo.
La resolución también indica que “la ilegalidad descrita constituye una
amenaza a las garantías constitucionales de los numerales 1 y 8 del artículo
19 de la Carta Fundamental, pues al proceder como se ha hecho, el medio
ambiente protegido por el ordenamiento jurídico se ve amenazado por el
proyecto en cuestión, sin que se adopten medidas claras, específicas y
efectivas de mitigación o compensación. Lo mismo sucede con la integridad
física de las personas que viven en las comunas donde se emplaza el
proyecto”.
Por lo anterior, precisa el fallo, “amerita la medida de protección
requerida por los actores, que es la de dejar sin efecto el Informe
Consolidado de la Evaluación, de veintiocho de diciembre pasado,
disponiéndose que, previo a la evacuación del instrumento que servirá de
base a la votación de la Comisión de Evaluación Ambiental respecto del
proyecto “Central Hidroeléctrica Cuervo”, el titular del mismo –Energía
Austral Limitada- deberá realizar el estudio de suelo pertinente, el que
deberá ser incluido por la parte recurrida en el informe que se someta a
dicha votación”, sostiene el fallo, por lo se determina que “se acoge el
recurso de protección deducido en lo principal de la presentación de fojas 1
y se decide que, previo a pasar el estudio de impacto ambiental a la
Comisión de Evaluación Ambiental para que ésta se pronuncie respecto de la
aprobación o rechazo del proyecto “Central Hidroeléctrica Cuervo”, el
titular del mismo –Energía Austral Limitada-, deberá realizar el estudio de
suelo indicado por el SERNAGEOMIN a que se hace referencia en el
considerando octavo de este fallo, el que deberá ser incluido por la parte
recurrida en el Informe Consolidado de Evaluación que servirá de base al
pronunciamiento de dicha Comisión”.

La decisión se adoptó con el voto en contra de los ministros Carreño y
Pierry, quienes fueron del parecer de confirmar la resolución de la Corte de
Apelaciones de Coyhaique que había rechazado el recurso.

Fuente;<http://www.lanacion.cl/cgi-bin/prontus_search.cgi?search_prontus=noticias&search_texto=Naci%C3%B3n.cl&Buscar=Buscar>
Imagenes; latercera.com - eldinamo.cl

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