Chile: Tribunal Ambiental falla a favor de Alto Maipo y rechaza paralización de sus obras

Precautoria buscaba evitar la consumación del riesgo que corren las aguas de Santiago por la permanente conducta infraccional de Alto Maipo y por la indolencia de la Superintendencia de Medioambiente que ha permitido que la empresa vulnere su Resolución de Calificación Ambiental en una serie de aspectos, principalmente en relación a los recursos hídricos.

El viernes pasado, el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago falló a favor de Alto Maipo al rechazar la medida cautelar presentada por la concejala Maite Birke, en la cual se pedía la suspensión inmediata de la construcción.
Según consigna Radio Bío Bío, el tribunal ambiental descartó la solicitud apuntando que la detención de parte de las obras “no resulta efectiva ni proporcional a los antecedentes presentados”, agregando que la suspensión de la construcción de túneles para cautelar la capacidad de recarga de acuíferos del sector carece de lógica, pues “ninguna actividad del proyecto podría interferir con los factores eminentemente climáticos de los cuales depende dicho proceso natural”.
Además, se ordenó como medida cautelar innovativa a Alto Maipo solicitar al Servicio de Evaluación Ambiental Metropolitano, en un plazo de 15 días, que se pronuncie sobre “los antecedentes de la evaluación del proyecto”.
Tras la resolución, desde Alto Maipo manifestaron su conformidad con lo resuelto por el Segundo Tribunal Ambiental y dijeron estar dispuestos “a realizar las tareas que sean requeridas por las autoridades para corroborar el cumplimiento de sus compromisos ambientales”.
La acción judicial de la concejala Maite Birke fue presentada en noviembre de 2018 con el fin de “evitar la perpetuación de un peligro inminente de un daño irreparable sobre el ecosistema”. Por ello, se solicitó que se decrete una medida cautelar en virtud del artículo 24 de la Ley 20.600 -que creó estos tribunales especializados- que permite resguardar un interés jurídicamente tutelado cuando hay “verosimilitud” en la “pretensión invocada”.
En ese sentido, la precautoria buscaba evitar la consumación del riesgo que corren las aguas de Santiago por la permanente conducta infraccional de Alto Maipo y por la indolencia de la Superintendencia de Medioambiente que ha permitido que la empresa vulnere su Resolución de Calificación Ambiental en una serie de aspectos, principalmente en relación a los recursos hídricos.
Por ello, uno de los aspectos señalados en el escrito explicaba por qué es urgente que la Dirección General de Aguas efectúe un estudio respecto de la cantidad de agua que aflora en los túneles y que luego es descargada a los ríos y esteros de la zona, desecando (quitando la humedad) a las napas subterráneas, por la razón de que el volumen que se bota a los cauces superficiales es casi el doble de la capacidad de absorción que tiene la tierra.
Es así como en el Sector Hidrogeológico Estero El Manzano, por ejemplo, Alto Maipo ha reconocido que está descargando a razón de 40 litros por segundo, en tanto, la capacidad de recarga de esa zona, es de 26,6 litros por segundo. Esa posibilidad de absorción del suelo, además, está ligada a las lluvias y nieves cuya presencia ha descendido abruptamente por el cambio climático, entre otras razones.
El segundo aspecto se relaciona con la realización de un estudio de la calidad de las aguas. Alto Maipo, en el infructuoso intento por impermeabilizar las obras, porque las aguas obstaculizan su avance, ha estado utilizando toneladas de elementos químicos y respecto de los cuales, la Superintendencia de Medioambiente se ha negado a medir su nivel de toxicidad, a pesar que las aguas del Maipo son luego consumidas como agua potable por el 80 por ciento de los santiaguinos y son ocupadas en riego de verduras, frutas y talaje para los animales en toda la Región Metropolitana.

Leer en: https://www.elciudadano.cl/chile/tribunal-ambiental-falla-a-favor-de-alto-maipo-y-rechaza-paralizacion-de-sus-obras/01/19/#ixzz5d3tkNNCU

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