Argentina: La explotación codicia hielos eternos


Denuncian que hay proyectos mineros cercanos o en glaciares, algo prohibido por la ley

Por Darío Aranda

Asambleas ambientalistas, asociaciones argentinas y Greenpeace revelaron documentos oficiales que reconocen al menos 44 propuestas de emprendimientos extractivos en zonas vedadas. La ley prohíbe actividades contaminantes en los glaciares.


Documentos oficiales del Ministerio de Ambiente señalan la existencia de al menos 44 proyectos mineros “cercanos” o sobre glaciares, aunque la Ley Nacional de Glaciares prohíbe proyectos extractivos en zona de cuerpos de hielo. Entre los emprendimiento en zonas prohibidas está la mina Veladero (en San Juan), de la empresa Barrick Gold, y Agua Rica (Catamarca), de la canadiense Yamana Gold. “Es una prueba más que confirma que Veladero está fuera de la ley y debe cerrar ya. Si aún no lo hizo es por la complicidad del poder político y sectores del poder judicial”, afirmó Saúl Zeballos, de la Asamblea Jáchal No Se Toca.
“Informe técnico DGARHyA 99/2016. Informe proyecto mineros y el ING (Inventario Nacional de Glaciares)”, es el nombre del documento oficial que hicieron público las organizaciones Greenpeace, Asociación de Abogados Ambientalistas y la Fundación Ambiente y Recursos Naturales (FARN). Fechado el 13 de julio pasado, reconoce que existen 77 proyectos mineros en las “subcuencas” relevadas por el Instituto Argentino de Nivología, Glaciología y Ciencias Ambientales (Ianiglia), de los cuales 44 están en zona restringida por ley. Las provincias que están en violación de la ley son Catamarca, San Juan, Chubut, La Rioja, San Juan, Santa Cruz y Río Negro.
“Son 44 proyectos que no pueden estar en esos lugares, es un claro incumplimiento de una ley nacional”, explicó Enrique Viale, de la organización Abogados Ambientalistas. Viale denunció que el ministro de Ambiente de la Nación, Sergio Bergman, “ocultó esa información a la población porque actúa en total connivencia con las mineras”.
El informe oficial fue elaborado por la Dirección Nacional de Gestión Ambiental de los Recursos Hídricos y Acuáticos, del Ministerio de Ambiente, y es parte del material que el juez federal Sebastián Casanello secuestró en el ministerio, en el marco de la causa penal que investiga los derrames de cianuro en la mina Veladero de la empresa Barrick Gold en 2015 y 2016. El documento fue cedido a las organizaciones ambientales por parte de la Asamblea Jáchal No Se Toca, querellante en la causa.
La Ley de Glaciares (Nº 26.639) fue aprobada en septiembre de 2010 y otorgaba 180 días al Ianiglia –dependiente del Conicet– para realizar un relevamiento de todos los glaciares del país. La norma prohíbe las actividades contaminantes en los cuerpos de agua, hielo y sus zonas aledañas. La ley, en un principio, fue frenada judicialmente por un medida cautelar que respondió una presentación de Barrick Gold en San Juan. Recién en julio de 2012 la Corte Suprema de Justicia ratificó la vigencia de la norma.
“Pasaron más de cinco años de aprobación y el relevamiento aún no se terminó. Hay que decir que también hay complicidad del ‘poder científico’, que acepta presiones de las mineras y funcionarios provinciales y nacionales”, señaló Zeballos. El activista explicó que la Asamblea Jáchal No Se Toca denunció penalmente al Ianiglia porque “de manera arbitraria sólo relevaron los glaciares de más de una hectárea de superficie”, cuando la ley no establece esas dimensiones, sino que establece que deben relevarse todos los cuerpos de hielo.
Gonzalo Strano, de Greenpeace, destacó que el informe del Ministerio de Ambiente analiza sólo el 10 por ciento del Inventario Nacional de Glaciares.
Entre los proyectos en zonas prohibidas por ley están las minas Pascua Lama (San Juan y Chile, propiedad de Barrick Gold), Pachón (San Juan), Suyai (Esquel, Chubut), Pachón (por iniciarse en San Juan). También figuran los proyectos Filo Colorado y Agua Rica, rechazados por la población de Andalgalá, en el oeste catamarqueño.
El ministro Bergman visitó este año Andalgalá. Afirmó que se desarrollarán todas las actividades extractivas que “estén dentro de la ley” y defendió el proyecto Agua Rica, frenado por una pueblada en 2010, luego de una feroz represión y luego suspendido por un fallo judicial. En septiembre pasado, el Concejo Deliberante de Andalgalá prohibió la megaminería en el departamento, lo que se transformó en otro freno a Agua Rica. Sin embargo, la gobernadora Lucía Corpacci, con el apoyo de Nación, insiste en el nuevo proyecto, a solo 17 kilómetros de la ciudad y donde nacen las vertientes de agua que alimentan al pueblo.
Pía Marchegiani, de FARN, afirmó que el informe oficial “da cuenta de la gravedad de la situación de la protección de los glaciares en el país”. “Es fundamental que no se avance con ningún proyecto más hasta que el inventario de glaciares esté finalizado”, advirtió. Precisó, además, la gravedad del avance de los proyectos Agua Rica, Pachón, Pascua Lama y Los Azules, los tres últimos en San Juan. El comunicado conjunto de las tres organizaciones concluye que los 44 proyectos mineros en zonas prohibidas por ley “evidencia la falta de controles del gobierno nacional hacia el sector minero y el desinterés por defender un elemento natural  primordial como el agua”.

Fuente: pagina12.com.arImagen: ‪www.miningpress.com‬

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Argentina: Reconocen que hay glaciares que quedaron fuera del inventario


El Gobierno nacional le pidió a las provincias que controlen las actividades sobre los glaciares. Aún no hay información sobre dos cuencas importantes de Mendoza.
La ley de glaciares es una de las normas que más lobbies y presiones ha generado a su alrededor. Y luego de sancionada, las tensiones siguieron con el inventario de glaciares, el trabajo de relevamiento que se debía realizar para preservar esos reservorios de agua. En los últimos días la Secretaría de Ambiente de la Nación envió a las provincias un documento con información sensible: por primera vez reconoce que los alcances del inventario son limitados y que por eso podrían haber quedado afuera glaciares con importancia ambiental.
Esa limitación tiene que ver con el tamaño: por cuestiones técnicas se registraron los cuerpos de hielo mayores a una hectárea. Por eso el IANIGLA y el Gobierno nacional advierten sobre ese margen, respondiendo también al reclamo de sectores ambientalistas. "El umbral de área mínima utilizado no representa en sí un indicador de su significancia ambiental, pudiendo existir otros cuerpos de hielo cuya relevancia debe ser evaluada", dice el documento enviado a las provincias.
Glaciar de escombros 3
Pero además la Nación le pide a la provincia que las provincias ejecuten una auditoría ambiental en la zona de glaciares para detectar las actividades que los pongan en peligro y violen la ley. En ese sentido la Secretaría de Ambiente conducida por Sergio Bergman "delega" la responsabilidad política en las provincias. Aunque en el documento no se menciona, la minería es la principal actividad apuntada.
La última actualización del Inventario de Glaciares fue publicada. En Mendoza, por ejemplo, ya hay inventariados 978,57 kilómetros cuadrados de glaciares; que es igual, por ejemplo, a seis veces la superficie de Guaymallén o 5 veces la Ciudad de Buenos Aires. Los 2740 glaciares registrados en total corresponden a las cuencas de los Ríos Mendoza, Tunuyán, Diamante y Atuel.
Pero hay un detalle: no se incluye aún la información de las cuencas de los ríos Malargüe y Grande. En este último caso se trata de un área sensible, pues había polémica porque en la naciente de la cuenca hay intereses mineros, como el proyecto Cerro Amarillo.
Hace algunas semanas vino a la provincia el viceministro de Ambiente de la Nación, Diego Moreno. La visita fue discreta, pero importante. Montenegro estuvo en el IANIGLA y el tema excluyente fue justamente el inventario de glaciares. Según aseguran, además de trabajar temas técnicos hubo un respaldo a la tarea de ese instituto.
¿Quién controla?
La ley de glaciares delegó en el IANIGLA, que funciona en Mendoza, la tarea de inventariar los cuerpos de hielo de todo el país. Para ejecutarlo, realizaron una reglamentación interna que generó polémica: se inventariaron los glaciares con una superficie mayor a una hectárea. La justificación técnica de esa decisión era que el instrumental y la metodología usada así lo permitían. "No obstante, se aclara que, como todo proyecto cartográfico requiere, para su ejecución se ha definido un tamaño mínimo para que un elemento o unidad pueda ser incluida en los mapeos (0.01nm2). Esta definición responde a necesidades operativas tecnológicas, a fin de concretar la tarea en la extensión y tiempos que la normativa vigente dispone. Vale decir que la metodología utilizada fue validada atendiendo los antecedentes disponibles a nivel internacional y lo recomendado por las entidades especializadas en la materia. ", explicaron desde el IANIGLA y la Secretaría de Ambiente.
Ahora, en el documento enviado a las provincias, al que tuvo acceso MDZ, reconocen las limitaciones del Inventario. "Empero, el umbral de área mínima utilizado no representa en sí un indicador de su significancia ambiental, pudiendo existir otros cuerpos de hielo cuya relevancia debe ser evaluada por la autoridad provincial competente a los fines protectorios de la ley", reconocen las autoridades nacionales.
Cuatro años después de iniciado el Inventario, ahora Ambiente le recuerda a las provincias que deben realizar una auditoría para evaluar si hay actividades que impacten. El mensaje repercute principalmente donde hay actividad minera intensiva, como en San Juan. Y allí el Gobierno nacional vuelve a "recordar" que es responsabilidad de la provincia controlar. "En relación a las actividades prohibidas que se encontraban en ejecución al momento de sancionarse la ley, como disposición transitoria, se ha establecido que las mismas, en un plazo máximo de 180 días de promulgada la norma, fueran sometidas a una auditoría ambiental en la que se identifiquen y cuantifiquen los impactos ambientales potenciales y generados. En caso de verificarse impacto significativo sobre glaciares o ambiente periglacial la autoridad provincial competente debe disponer las medidas para que se cumpla la ley, pudiendo ordenar en cese o traslado de la actividad y las medidas de protección, limpieza y restauración que correspondan", dice el documento enviado a las provincias.
Además las provincias deberán realizar estudios ambientales específicos para autorizar actividades en la zona de influencia de los glaciares y debe haber audiencia pública. "Para la realización de actividades que no estuvieran prohibidas, salvo las que expresamente se exceptúan, la norma obliga a realizar una Evaluación de Impacto Ambiental y una Evaluación Ambiental Estratégica, según corresponda conforme a su escala de intervención. En dichos procedimientos debe llevarse a cabo una instancia de Participación Ciudadana, previo a su autorización y ejecución", indica la orden de la Nación.

Fuente: Mendoza On Line

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