Antiespecismo : Animales en la Constitución de Chile

 

Chile está viviendo un proceso constituyente excepcional en su historia, según Ariadna Beroiz, de la Fundación Derecho y Defensa Animal, organización que a través de su campaña “Animales en la Constitución” pretende lograr que los animales sean considerados como individuos y no en relación con intereses humanos en la eventual nueva constitución que se promulgaría, en caso de que el proceso constituyente obtenga resultados positivos.

 
Animales en la Constitución
En Chile, a propósito del movimiento social que nació durante el último año, ha existido una fuerte represión policial, en manifestaciones y protestas. Para la Fundación Derecho y Defensa Animal es importante denunciar tanto estas vulneraciones como las de los derechos de los animales. Beroiz manifiesta que, como organización, se oponen “tajantemente a la violencia por parte de los entes estatales y sus auxiliares”.

Para la ONG, el objetivo es que “por primera vez en la historia de Chile, los animales no humanos sean considerados en pos de su propia individualidad y no en relación con intereses humanos”.
Según aclara Beroiz, “es importante tener en consideración que los derechos de los animales no se encuentran consagrados, en manera alguna, en la Constitución Política de la República de Chile de 1980”, su constitución actual. Para la Fundación es importante que en el nuevo texto se tengan en cuenta los derechos de los animales, y proponen que para que esta inclusión tenga consecuencias reales y no suponga “sólo una mera declaración de buena voluntad”, que la medida se realice considerando tres elementos: individualidad, deber estatal y sintiencia.
El principio de individualidad tiene, para Beroiz, el objetivo de “proteger al animal no humano en pos de sus propios intereses, y no teniendo como objetivo intermedio o final un eventual resguardo a alguna esfera del humano”.
El deber estatal supone una “obligación de intervención y de adopción de medidas positivas de los órganos públicos que componen el Estado con el objeto de implementar este principio de protección”.
El principio de sintiencia “tiene por objeto definir a quién va dirigida la protección de la futura disposición constitucional, abarcando a todos los animales no humanos que tengan la capacidad de sentir, de manera subjetiva, dolor o placer”.
Los derechos animales en constituciones del mundo
Para Ariadna Beroiz hay suficientes antecedentes en otros países del mundo para motivar este avance en Chile también. “Hoy hay alrededor de 50 constituciones que consideran a los animales con algún grado de protección. La gran mayoría de dichas constituciones referencian a los animales de una manera mayormente antropocéntrica, enfocándose más bien en los intereses humanos que en el animal por sí mismo”.
Beroiz reconoce que otras constituciones reconocen a los animales “como meros objetos de agricultura, o bien como parte del medio en términos de conservación de especies”; sin embargo, aclara que existe otro grupo de textos en los que se consagra la protección al animal no humano en pos de su propia individualidad, en países como Suiza, Brasil, Alemania o Egipto.
Ariadna Beroiz destaca el caso de Suiza, por tener la particularidad de que en su Constitución menciona la noción de 'dignidad' cuando habla de los animales no humanos, un concepto que históricamente fue construido exclusivamente para humanos, y que los suizos definen en su texto como el “valor inherente” del animal no humano.
Para Beroiz lo importante de incluir a los animales en las constituciones es que esto ”ha posibilitado, en los países que así lo han hecho, que los animales tengan una oportunidad de que se ponderen sus intereses frente a libertades humanas que, históricamente, nunca han considerado la protección del animal“, por ejemplo en actividades como el caso del rodeo en Chile, o bien otras como la experimentación con fines científicos. 

En la práctica, incluir a los animales en la Constitución de Chile supondría, para la abogada, ”solucionar la problemática de una legislación que se ha tornado insuficiente en nuestro país. Existe un problema de jerarquía de normas que únicamente es posible solucionar con la creación de una disposición de rango constitucional que proteja a los animales; sólo así le daríamos a los animales una posibilidad real de lucha. Esta sería una primera aplicación práctica“.
Además, supondría también para la ONG que ”todo el ordenamiento jurídico deberá adecuarse a esta norma de rango constitucional, de forma que permitirá reforzar la institucionalidad que se ha forjado en Chile en torno al bienestar animal, como también la de obligar a aquellos poderes del Estado que no se han involucrado en la materia a tomar en cuenta la existencia e individualidad de los animales para legislar o desarrollar sus actividades".

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Fuente: https://www.elsaltodiario.com/infoanimal/animales-constitucion-chile

 

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