Exploración petrolera en la costa





Por Alexandra Almeida

No se informó a la población que la explotación petrolera causa contaminación de aguas, suelos, aire, daña la biodiversidad y provoca graves enfermedades a los pobladores además de pérdidas de cultivos y muerte de animales domésticos. Un claro ejemplo de esto es el juicio que los moradores de la Amazonía han puesto contra la empresa petrolera Texaco por los daños ambientales, donde se determina que el perjuicio que causó esta empresa ascienden a los 27 mil millones de dólares.


Con una decisión sin precedentes, el Gobierno nacional ha iniciado la búsqueda de yacimientos petroleros en la Costa ecuatoriana. Este proceso desde su inicio ha estado plagado de irregularidades y en algunos sitios se ha convertido en una seria amenaza para la población.
Un Contrato en silencio......
Invitando previamente a un proceso de presentación de ofertas, en diciembre del 2008, la empresa Petroproducción, filial de Petroecuador, firmó un contrato con la empresa china SINOPEC International Petroleum Service Ecuador S.A. para realizar la Exploración Sísmica 2D en la Costa ecuatoriana. El monto del contrato es de cincuenta y seis millones ochocientos noventa y seis mil dólares. Tanto la licitación como la firma de este contrato se realizó sin ninguna publicidad, no fue recogida por ningún medio de comunicación.
Los Estudios Ambientales. “Un rapidito”
Uno de los requisitos necesarios y previos para la ejecución de un proyecto de esta naturaleza es tener una licencia ambiental otorgada por el Ministerio de Ambiente. Es así como previo incluso a la firma de este contrato, Petroproducción realizó las gestiones necesarias ante la autoridad ambiental.
El primer paso fue solicitar un certificado de intersección al Ministerio del Ambiente el cual le fue entregado en noviembre del 2008. Este certificado de intersección determina que el proyecto intersecta con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, Bosques protectores y Patrimonio Forestal del Estado.
Según la Constitución vigente, en el artículo 407, se prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas . Esto hace que en los lugares que incluyen el Sistema Nacional de Áreas protegidas no se pueda realizar la exploración sísmica que es la primera fase de la explotación petrolera.
En la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental también tenemos otra irregularidad. El Ministerio del Ambiente aprueba el 12 de abril del 2009 los Términos de Referencia para la elaboración de los Estudios de Impacto Ambiental y Plan de Manejo Ambiental para el proyecto. Petroproducción presenta estos Estudios ambientales el 22 de mayo del mismo año. Es decir que la empresa realizó estos estudios en el tiempo record de 1 mes 10 días. Hay que aclarar que el proyecto de Exploración Sísmica 2D abarca 6 provincias: Esmeraldas, Manabí, Guayas, Santa Elena, El Oro y Los Ríos y que para realizar estos estudios se necesita primero tener aprobados los términos de referencia y luego hacer trabajo de campo, recolección de datos, investigación bibliográfica y elaboración de informes.
Debe ser por esto que los pobladores de la provincia de Esmeraldas manifestaron que nunca nadie se acercó por la zona donde se ubican sus propiedades y por las que iban a pasar las líneas sísmicas para realizar algún estudio de campo o para hacer alguna encuesta a la gente
La Consulta Previa, Ni previa, ni consulta...
Otro de los requisitos que debe cumplir una empresa antes de iniciar un proyecto es lo que antes se llamaba la consulta previa y que ahora debido a un decreto emitido e 22 de abril del 2008 se denomina proceso de Participación Social. Este decreto fue emitido cuando se estaba elaborando la Nueva Constitución y aunque su contenido resulta completamente inconstitucional, las diferentes instancias el Gobierno y las empresas lo siguen utilizando.
Específicamente para este caso, el 28 de julio del 2009, el Ministerio del Ambiente designó a un facilitador para que realice el proceso de Participación Social para los estudios ambientales del proyecto de Sísmica, quien entregó el informe del proceso de participación el 29 de septiembre del mismo año, es decir dos meses después. Nuevamente en un tiempo record se afirma que se ha realizado el proceso de participación a la población ubicada en el área del proyecto es decir en las 6 provincias de la Costa.
Nuevamente la población asentada en el área de influencia del proyecto afirma que nunca fue consultada, ni se realizó ningún proceso de participación, manifiestan que nadie se acercó a informarles sobre lo que se pretendía hacer en la zona, ni en que consistía la exploración sísmica.
Con esto se ha violado lo que reza el artículo 398 de la actual Constitución “Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad a la cual se le informará amplia y oportunamente”
La licencia Ambiental. Cumpliendo sólo un requisito.....
Cumplidos los anteriores “requisitos” el Ministerio de Ambiente otorga la Licencia ambiental a Petroproducción para la Prospección Sísmica 2D en el Litoral ecuatoriano el 1 de octubre del 2009 lo cual es inconstitucional puesto que la misma resolución del Ministerio afirma que el proyecto intersecta con Áreas protegidas donde está prohibido realizar actividades extractivas. La licencia no hace ninguna mención especial a los sitios declarados como Áreas Protegidas, es decir otorga el permiso para que se realice dicha exploración en toda el área solicitada,


Es importante aclarar que la licencia se refiere a realizar el proyecto en las seis provincias de la Costa: Esmeraldas, Manabi, Santa Elena, Guayas, El Oro y los Ríos, sin embargo la empresa contratada procedió a pedir permisos de paso en la provincia de Santo Domingo de los Tsáchila y en el Cantón Puerto Quito de la Provincia de Pichincha, sin contar con la respectiva autorización para esto.
Respecto a los estudios de impacto ambiental y el proceso de participación, queda la duda si en realidad se realizaron o no. Se debería hacer una auditoría al departamento del Ministerio del Ambiente que se encarga de analizar los estudios de impacto ambiental y de aprobarlos y a la actitud de la Ministra de Ambiente que es la encargada de emitir la respectiva licencia ambiental.
En el sitio web del Ministerio de Ambiente se encuentran publicadas todas las licencias ambientales que esta instancia otorga, sin embargo la licencia para el proyecto de Sismica 2D en la Costa no se encuentra en esa página. Seria importante saber el ¿por qué?
La ejecución del proyecto. Engaño tras engaño.....
En la Provincia de Esmeraldas, específicamente en la parroquia la Unión, los moradores del lugar denunciaron que en el mes de julio del 2009, es decir tres meses antes de tener la licencia ambiental, representantes de las empresas Petroproducción y SINOPEC, se acercaron a sus propiedades con el objetivo de hacerles firmar unas hojas que contienen solicitudes de permiso de paso a los propietarios de las fincas.
En dichas hojas se les informaba que la empresa Estatal de Petróleos Petroecuador y su filial Petroporducción a través de SINOPEC International Petroleum Services Ecuador SA están desarrollando programas de exploración sísmica en el área donde están sus propiedades.
Textualmente dice que: “ procedemos a darle aviso y solicitar permiso de paso para realizar el trazado de la(s) líneas(s) sísmicas que consiste en trochas bajo los parámetros ambientales y nivelación topográfica, perforación de puntos fuente y registro de la información sísmica.”
Añade el texto que una vez realizada la adquisición sísmica se firmará un acta de finiquito, dice también “ Le solicitamos firmar una copia de la presente comunicación en prueba de que usted ha aceptado el permiso de paso y ha quedado debidamente enterado de la iniciación de las labores”
Obviamente esta información general y ambigua no es suficiente para que los finqueros comprendan lo que implica dar la firma requerida, y aunque algunas personas si firmaron, otros se opusieron a dar el paso. Los que no firmaron recibieron después un oficio firmado por el coordinador de Asocom en donde amplia la explicación y dice “ Petroproducción ha previsto realizar una prospección sísmica regional 2D en un amplio sector del litoral Pacífico mediante el uso de tecnologías que permitan inicialmente determinar posibles sitios de interés, donde posteriormente se puedan realizar estudios de mayor profundidad y especificidad.” Después dice que el objetivo de estos trabajos es abrir nuevas perspectivas que le permitan al Estado conocer de posibles reservas”
Los pobladores de la Costa, al contrario que los de la Amazonía, no están familiarizados con los términos utilizados por la industria petrolera ni con las actividades que ésta conlleva ni con los impactos que provoca. Es por esto que decirles únicamente que el proyecto busca “sitios de interés donde después se puedan realizar estudios más profundos” constituye un engaño a la población ya que se les ocultó que la prospección sísmica es la primera fase de la explotación petrolera y se la realiza con la finalidad de conocer la existencia de posibles reservas para explotarlas es decir para continuar con las siguientes fases y no como dice la información entregada de que sólo es para conocer las posibles reservas.
No se informó a la población que la explotación petrolera causa contaminación de aguas, suelos, aire, daña la biodiversidad y provoca graves enfermedades a los pobladores además de pérdidas de cultivos y muerte de animales domésticos. Un claro ejemplo de esto es el juicio que los moradores de la Amazonía han puesto contra la empresa petrolera Texaco por los daños ambientales, donde se determina que el perjuicio que causó esta empresa ascienden a los 27 mil millones de dólares.
Específicamente en la fase de exploración sísmica, en ningún momento la empresa dio a conocer los impactos que tiene esta fase como son: la deforestación, la erosión, el ruido, la desetabilización de suelos que puede ocasionar el taponamiento de vertientes de agua, contaminación de aguas con los desechos de los campamentos y los residuos de los explosivos y la muerte de peces cuando las detonaciones se producen cerca de los cuerpos de agua.
Es claro que no se trata del uso de una mejor o peor tecnología ya que en ninguna parte del mundo existe una explotación petrolera limpia, que no cause daños. Uno de los daños que causa es de orden global y es el cambio climático cuyas consecuencias acaba de vivir nuestro país en estos momentos con la crisis energética por la falta de lluvia en el austro.
Enterrando explosivos sin previo aviso.......
La irregularidad más grave cometida en este proceso consiste en que la empresa responsable de ejecutar el proyecto no dio a las poblaciones información amplia, veraz y oportuna sobre el uso de explosivos, en este caso de pentolita, necesarios para la realización de la prospección sísmica.
El mayor engaño consistió en decirles a los finqueros que las perforaciones que iban a realizan en sus terrenos eran únicamente para tomar muestras de suelo y ocultaron que estaban poniendo pentolita para las posteriores detonaciones.
En las fincas donde la empresa obtuvo los permisos de paso, procedieron a enterrar la pentolita y en algunos sitios lo hicieron a un metro y metro y medio de profundidad, cuando el reglamente dice que el explosivo debe ser enterrado a 20 metros, el argumento fue que se trataba de terrenos lodosos. Este irresponsable hecho ha ocasionado que algunos propietarios que se sintieron engañados por la empresa saquen fácilmente la pentolita enterrada con el objetivo de que no se realice las detonaciones en sus fincas.
Algunos de estos propietarios entregaron la pentolita desenterrada a las autoridades locales pero no hay seguridad de que lo hayan hecho todos.
El Derecho a la Resistencia.....
Muchos pobladores de las zonas de influencia del proyecto Sísmico, tal vez por intuición, ya que no estaban lo suficientemente informados, no firmaron las autorizaciones de paso y rechazan de manera rotunda la realización del proyecto sísmico 2D Terrestre en sus propiedades. Esta decisión se fundamente en el artículo 98 de la Constitución vigente que dice: “Los individuos y los colectivos podrán ejercer el derecho a la resistencia frente a acciones u omisiones del poder público o de las personas naturales o jurídicas no estatales que vulneren o puedan vulnerar sus derechos Constitucionales y demandar el reconocimiento de nuevos derechos”.
Es urgente que las autoridades competentes en este tema realicen las investigaciones necesarias para sancionar a los responsables por la serie de irregularidades y violaciones a la ley y a los derechos y de la misma forma suspendan inmediatamente este proyecto por ser atentatorio a la soberanía alimentaria y al buen vivir que la Constitución vigente garantiza a todos los ciudadanos ecuatorianos.

www.ecoportal.net
Alexandra Almeida - Acción Ecológica - 2010

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