Argentina: Sur, glaciar y ¿después?
La reciente sanción de la nueva Ley de Glaciares ha corrido, nuevamente, los límites simbólicos hasta dónde puede llegar el gobierno actual. La misma, se inscribe en la estructura legal precedida por la Ley Bases y el Régimen Impositivo para las Grandes Inversiones, incluido en la misma; ésa estructura fue legalizando, en este gobierno, la matriz de un desarrollo de características extractivistas… Como diría el filósofo popular, cinco siglos igual, pero con una trama de leyes avalando lo harto conocido: Indudablemente, la Ley de Glaciares hecha a medida de las Corporaciones mineras, tiene legalidad más no tiene legitimidad social y carece de la licencia social que debería conferirse a una Ley tan decisiva para la supervivencia de la especie humana, de la biodiversidad como de las actividades económicas que sostienen a las economías regionales; pero cuando el divorcio entre los representantes y el pueblo se convierte en norma, la calle y las Demandas Globales devienen en mecanismos automáticos.
Por Claudio L. Tomás *
La megaminería, que irrumpió por los años ’90 en Argentina y que continuó aún con los gobiernos progresistas, va por más, pide ley y se lo dan, y ahora ya lo que está en juego no es la capacidad para generar empleo o algún otro derrame como en el río Jachal; ahora estamos hablando de una fase temeraria que, se acerca al origen mismo de la vida en estos territorios y embiste contra glaciares que, de implementarse la mencionada Ley, comprometería el acceso al agua de más de 7 millones de argentinos[ii]. Pero hablar de megaminería es hablar de extractivismo, propio de la Ecología Política, como el modo estructural de inserción de América Latina y Argentina en la economía mundo, desde los albores de la conquista y la colonización. La modernidad occidental, le debe a los extractivismos de la periferia latinoamericana, gran parte de la materialidad que se fue consolidando con el tiempo y obturó las posibilidades de una industrialización definitiva. Azúcar, oro, plata, café, lana, soja, hidrocarburos, papeleras, litio y …
Por tanto, pensar en perspectiva emancipatoria implica hacerlo desde las características actuales del extractivismo, cuyas explotaciones de los bienes comunes implican, además y entre otros, la agricultura industrial, las actividades agroforestales (papeleras), la acuicultura (truchas patagónicas) y los peces del mismo Paraná nuestro, esquilmados a manos de los frigoríficos, aunque en veda, los pescadores artesanales son los que pagan el pato.
Su perfil remozado, hoy reviste las siguientes características:
• Son extensivos a todos los sectores de la economía (Rapi- repartidores)
• Son sofisticados tecnológicamente (fracking, agricultura de precisión, feed lots)
• Son expulsivos de mano de obra o capital intensivos
• Promueven la concentración de la riqueza en cada vez menos manos
• Son legalizados desde el poder político con escasas resistencias, salvo en la calle y desde los movimientos socio-ambientales, como la demanda global con casi un millón de personas avalándola[iii])
• Específicamente, la megaminería aporta menos del 1% al PBI nacional, emplea el 0,6% del trabajo privado y las exportaciones, representaron el 7% de las exportaciones totales del país en 2025[iv] lo que implicaría una doble prescindibilidad: por su capacidad prejuicio socioambiental y por si fuera poco, por su magro aporte global en las áreas los grandes agregados macroeconómicos.
¿Pero, que tiene que ver todo esto con la Ley de Glaciares recién sancionada?
Precisamente, es de tal gravedad, es de tal omnipresencia que, en el marco de una sociedad con un drama cada amanecer, no logra despabilarse para constatar que el agua dulce es, el objetivo final de una fase del capitalismo que rasguña los últimos vestigios de vida y que, de paso, encuentra en la megaminería su coartada para no dejar pasar la oportunidad de ejercer la codicia, aún en los límites biofísicos del planeta.
Algo más sobre la Ley de Glaciares
1. Se flexibiliza el acceso de las Corporaciones mineras a los periglaciares;
2. Se desdibuja el rol del IANIGLA[v] en cuanto a organismo determinante;
3. Se delega en las Provincias la potestad de decidir cuales proyectos y territorios serán destinados a la megaminería.
¿Qué implicaría todo ello? Qué las Provincias mineras y con sus necesidades de ingresos económicos ante un panorama de creciente retracción de la coparticipación federal, por la disminución de la recaudación del IVA y Ganancias, habilitarían proyectos megamineros[vi] a partir de las necesidades de sostener su funcionamiento público. Lógica perversa para una actividad con consecuencias definitivas para la salud socioambiental de los territorios.
Y ¿después?
La esperanza reside en revertir una Ley, desde su judicialización hasta la dinámica y movilización de una sociedad que ya ha mostrado su potencia y su salida del aletargamiento, en cuestiones vitales como el derecho humano al acceso al agua, tanto en Mendoza (2019) como en Chubut (2020).
¿Seremos capaces de recuperar la memoria ancestral e impedir semejante regresión vital?
Acaso, ¿no todo está guardado en la memoria?
* Grupo de Estudios del Sur / Cátedra de Pensamiento Social y Político Latinoamericano de la Facultad de Ciencia Política y RRII de la UNR.
[ii] https://agenciatierraviva.com.ar/del-agua-de-los-glaciares-dependen-mas-de-siete-millones-de-personas/
[iii] https://aadeaa.org/reforma-a-la-ley-de-glaciares-convocan-a-la-demanda-colectiva-mas-grande-de-la-historia/
[iv] https://caem.com.ar/que-aporta-la-mineria-a-la-economia-argentina/
[v] Instituto Argentino de Nivología, Glacialogía y Ciencias Ambientales del CONICET.
[vi] https://oncediario.com.ar/noticia-jujuy-afianza-su-perfil-minero-en-el-pais-con-mayores-inversiones
Fuente: https://www.pagina12.com.ar/2026/04/17/sur-glaciar-y-despues/ - Imagen de portada: Glaciar (IAN STRACHAN/AFP)
