COP 19: Aplicable a todos, a casi todos o a casi nadie


Por Gerardo Honty

Cómo casi siempre sucede los resultados de la Conferencia de las Partes de la Convención de Cambio Climático (COP) deben evaluarse no tanto por las decisiones tomadas sino por las que se omitieron tomar. La reunión produjo más de treinta documentos entre los que se destacan aquellos relacionados con la creación del Mecanismo sobre Pérdidas y Daños y la concreción de REDD+. Pero nada se avanzó en lo relacionado con el tema principal de la Convención que es el compromiso de los países para la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. De hecho, la Convención decidió cambiar el usual término “compromisos” por el de “contribuciones”, lo que muestra la escasa voluntad de detener efectivamente el cambio climático.
Irresponsabilidades comunes indiferenciadas
Hace dos años en Durban, la Convención se felicitaba de haber establecido una hoja de ruta para alcanzar un acuerdo en 2015 que incluyera a todas las partes. Pero lo que hemos visto desde entonces, es que aquella hoja de ruta nos llevaba por el mismo trayecto ya recorrido una y mil veces: el acuerdo los incluirá a todos pero de manera “diferenciada”.
Uno de los centros del debate antes y durante esta conferencia de Varsovia fue si la expresión “aplicable a todas las Partes” que aparece en la Plataforma de Durban sustituye o no al viejo principio Responsabilidades Comunes Pero Diferenciadas (RCPD). Como la Plataforma de Durban está “bajo el marco de la Convención”, para muchos el principio de RCPD se mantiene intacto y por lo tanto el acuerdo “aplicable a todas las Partes”, implicará algunos compromisos para unos y otros diferentes para otros.
Vale la pena recordar que esto ya existe en el Protocolo de Kioto. Este es un texto aplicable a todos pero que tiene obligaciones diferentes para los países según sean o no Anexo 1. Por lo tanto el debate vuelve a estar centrado en cuáles son las responsabilidades y cuáles son las circunstancias nacionales que pueden o no obligar a los países.
El tema de la responsabilidad histórica estuvo, como no podía ser de otra manera, presente en la COP de Varsovia. Particularmente de la mano de Brasil, como un déjà vu de algo que ocurrió hace dieciséis años durante la discusión del Protocolo de Kioto. En aquella oportunidad, en un texto que se conoció como la “propuesta brasilera”-y que entre otras cosas contenía el germen de lo que luego fue el Mecanismo de Desarrollo Limpio- Brasil proponía el criterio de las “emisiones históricas” como marco para establecer las “responsabilidades”. (FCCC/AGBM/1997/MISC.1/Add.3). Pero hay una diferencia sustancial. En aquel entonces, los países tenían ante sí el 2do Informe del IPCC (1996) que indicaba que las emisiones de los países en desarrollo irían a alcanzar a las de los desarrollados recién en el año 2037. Pero estas proyecciones fallaron y ya en el año 2005 los primeros habían alcanzado a los segundos y de allí en más la relación siguió empeorando. Si esta discusión se alarga, cuando acabe el debate sobre la responsabilidad histórica, los países en desarrollo se darán cuenta que han comenzado a ser deudores climáticos. En los tiempos de Kioto se esperaba que la responsabilidad histórica de unos y otros se igualaría más allá del 2100, pero ahora sabemos que eso ocurrirá en el entorno del 2030.
Pérdidas y daños
Para muchos, este es el mayor logro de la COP 19 en virtud de la expresa negativa que pocos días antes de la COP habían anunciado Estados Unidos y la Unión Europea. Sin embargo, un acuerdo “de mínima” fue alcanzado. El nuevo Mecanismo Internacional de Varsovia sobre Pérdidas y Daños coordinará los esfuerzos para ayudar a los países en desarrollo afectados por los fenómenos meteorológicos extremos derivados del cambio climático. A diferencia de los fondos de adaptación, destinados a prepararse para el cambio climático, este mecanismo irá a ofrecer apoyo a los países para recuperarse de los daños causados.
El nuevo mecanismo operará con la guía de un Comité Ejecutivo bajo el Marco de Adaptación de Cancún y está sujeto a revisión en la COP 22 a celebrarse en 2016. Entre sus funciones se destacan: Aumentar el conocimiento y la comprensión de los enfoques integrales de gestión de riesgos para hacer frente a las pérdidas y daños asociados a los efectos adversos del cambio climático; Reforzar el diálogo , la coordinación, la coherencia y las sinergias entre las partes interesadas pertinentes ; y Mejorar la acción y apoyo, incluyendo las finanzas, la tecnología y la creación de capacidad, para hacer frente a las pérdidas y daños asociados a los efectos adversos del cambio climático.
REDD+
Ocho años después de que Papua Nueva Guinea y Costa Rica realizaran la propuesta inicial en la COP 11 -y doce años después de que la conservación de bosques en los países en desarrollo quedara fuera de los Acuerdos de Marrakech- finalmente se alcanzó un acuerdo. En la COP 16 de Cancún (2010), la Convención había encargado a los Órganos Subsidiarios a establecer las modalidades bajo las cuales debía funcionar REDD+. Esta COP 19 en Varsovia adoptó varias decisiones contenidas en siete documentos relacionados con las finanzas, la metodología, las formas de medición y reporte y las salvaguardas ambientales y sociales.
El mecanismo funcionará sobre la base de “pagos basados en resultados”, es decir, se podrá acceder a los fondos REDD+ una vez que se haya comprobado la reducción de las emisiones. Para ello los países comenzarán por fijar un “nivel de referencia” de emisiones de la deforestación antes de empezar a trabajar para reducirlo. Luego podrán emprender varios tipos de actividades para hacer frente a las causas de la deforestación y finalmente poner en marcha un sistema de monitoreo para hacer un seguimiento de las emisiones. Además, tendrían que establecer salvaguardias para proteger los derechos de los pueblos indígenas y los ecosistemas.
Después de varios años, si han tenido éxito podrán acceder a una compensación financiera que podrá provenir de diversas fuentes: pública o privada, bilaterales o multilaterales, mecanismos de mercado, etc. Se espera que el Fondo Verde para el Clima tenga un rol importante en esta financiación, sin embargo aún no hay compromisos sobre la cantidad de fondos que los países dispondrán para estos fines.
Todo el proceso estará orientado por las guías metodológicas aprobadas por la COP así como el IPCC y se establecen mecanismos de evaluación internacional de expertos en varias etapas.
Respecto a los mecanismos de mercado para REDD+ estos han quedado sin definir aún. Varios países en desarrollo se han opuesto a este tipo de mecanismos y particularmente a que las reducciones de REDD+ puedan ser utilizadas para compensar emisiones en los países desarrollados. En este contexto cuesta imaginarse cómo podrá funcionar un mecanismo de mercado de reducción de emisiones de REDD+ si no existe el beneficio para el comprador de acreditarse esas reducciones tal como ocurre en la actualidad con el Mecanismo de Desarrollo Limpio. Mucho menos aún si la Convención no logra ponerse de acuerdo en establecer límites de emisiones a los países.
Lima-París
Como siempre, la Convención tiene unos avances para mostrar. Como siempre son escuálidos, mínimos, inútiles para detener el avance de un problema que se agrava día a día y que se ve en todas las estadísticas históricas sobre desastres vinculados al clima.
Aún faltan dos años de discusiones presumiblemente estériles que tendrán a las COPs de Lima (2014) y París (2015) como hitos determinantes. Serán dos años de reiteraciones de argumentos expresados en documentos y discursos ya conocidos y que no parecen tener en cuenta de los cambios ocurridos en el mundo en los últimos 20 años. Con mucha suerte, a última hora del último plenario de París podrá haber alguna novedad. Hasta entonces solo nos queda leer y escuchar como la irresponsabilidad común e indiferenciada de los países nos aturde de palabras vanas.

Ecoportal.net
ALAI, América Latina en Movimiento
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