Robots sexuales y derechos humanos

Como máquinas con forma humana programadas para ofrecer actos sexuales, los robots han estado disponibles en el mercado durante la última década. ¿Cuáles son las implicaciones para los derechos humanos del creciente mercado de robots sexuales? ¿Son estas “ginoides” con Inteligencia Artificial simples juguetes inofensivos, o marginan aún más a las mujeres.

Carlotta Rigotti

Las muñecas sexuales han sido objeto de polémicas recientes, pero no son nada nuevo: ya en el año 8 d.C. las Metamorfosis de Ovidio hablaban de Pigmalión, quien creó su mujer ideal a partir del marfil. En el siglo XVI, los marineros franceses y españoles llevaban las llamadas dames de voyage, hechas de ropa vieja, para ayudar con la soledad sexual. Y durante la Segunda Guerra Mundial, el gobierno nazi lanzó el Proyecto Model Borghild para crear una muñeca aria que satisficiera el placer de los soldados, protegiéndolos a la vez de enfermedades venéreas.Actualmente, los avances tecnológicos han sustituido a estas muñecas rudimentarias, diseñando maniquíes con movimientos musculares similares a los humanos, voces sintéticas y otras asombrosas capacidades de IA, para la creación de robots sexuales (o ginoides).
Como máquinas con forma humana programadas para ofrecer actos sexuales, los robots sexuales (que son casi exclusivamente “femeninos”) han estado disponibles en el mercado durante la última década. Aunque su uso comercial se ha restringido en gran medida a las compras privadas, hay burdeles y agencias de acompañantes de muchos países que también han comenzado a usarlos comercialmente.
Este cambio en la industria es inevitable, dada la notoria ausencia de un marco regulatorio. Hasta la fecha, incluso en el campo del derecho general de la robótica, la Unión Europea solo ha enfrentado este tema mediante estudios preparatorios o derecho dispositivo, Japón ha publicado innumerables lineamientos políticos desde 2004, mientras que los gobiernos de Australia y los EE. UU. optaron por una hoja de ruta genérica sobre robótica. Ante esta laguna, todos los avances legales en este nuevo campo se han manejado a nivel judicial, con base en los marcos legales existentes.
Sin embargo, la aplicación de los principios generales del derecho no parece ser suficiente para tratar con un tema tan espinoso, que implica derechos fundamentales en conflicto y que ya despertó un animado debate.
Si sopesamos este asunto en función de los derechos humanos, por un lado, los robots sexuales parecen perpetuar la mercantilización histórica de la sexualidad femenina. A través de las ginoides, los usuarios pueden tener una “novia” programada para que sea sumisa, que funcione como una herramienta para fines sexuales.
Los usuarios pueden personalizar los tipos de cuerpo, las características faciales y los tipos de personalidad, y pueden cambiar entre varias “novias”. Esa cosificación socava tanto el principio de la dignidad humana como el derecho a la igualdad de género, según están consagrados en muchos documentos constitucionales e internacionales.
En apoyo de este punto de vista, la profesora Kathleen Richardson creó en 2015 la Campaign Against Sex Robots, en la que pide una prohibición preventiva. Richardson destaca que la industria de las ginoides está dirigida en gran medida por hombres heterosexuales que anhelan robots que parezcan seres humanos realistas, pero que tengan una apariencia y comportamiento apegados a formas estereotípicas de atractivo, disponibilidad y sexualidad femenina.
Además de la mercantilización de estos maniquíes en el mercado sexual, hay otras cuestiones sociales y éticas sobre cómo los robots sexuales podrían transformar el carácter de las relaciones con otras personas. Por ejemplo, dado que se suele ver a las prostitutas como objetos, que carecen de capacidad de consentimiento y no pueden ejercer derechos, parece razonable sugerir que las interacciones y dinámicas de poder típicas del mercado sexual se convertirán en el modelo para las relaciones sexuales entre humanos y robots, lo que perpetuaría la desigualdad de género.
Además, los posibles tipos de robots que estarán disponibles, especialmente los robots de aspecto infantil, suscitan preguntas difíciles sobre las clases de comportamientos delictivos que pueden tolerarse, o incluso fomentarse, con estas muñecas. Después de todo, el argumento de que los robots sexuales podrían contribuir a combatir la demanda de prostitución es muy especulativo: ya existe un sinfín de sustitutos sexuales en el mercado y no se ha producido esa reducción.
En vista del aumento en el uso de robots sexuales es preciso que el proceso de formulación de leyes comience lo más pronto posible y se configure en arreglo con las preocupaciones éticas y de derechos humanos.
Por otro lado, algunos académicos y profesionales están a favor de los robots sexuales, por sus beneficios terapéuticos. En su libro Love and Sex with Robots(Amor y sexo con robots), David Levy concibe una visión positiva en general sobre su uso en el ámbito privado y comercial, pero se abstiene de adoptar una postura sobre los robots sexuales de aspecto infantil, con el argumento de que se trata de un campo demasiado nuevo.
Después de todo, los principios fundamentales de la dignidad humana y la igualdad de género no son absolutos y, en consecuencia, la producción y el uso de robots sexuales están sujetos a un equilibrio con otros derechos fundamentales. Por ejemplo, si la libertad sexual es una parte integral de la autonomía personal y no es legítimo interferir en actos privados y con consentimiento, entonces, cuando las relaciones sexuales robóticas se llevan a cabo en el hogar, no se causa ningún daño directo a otras personas y son parte del derecho del comprador a la privacidad.
Del mismo modo, el uso de ginoides podría satisfacer el derecho a la salud de los usuarios. Después de todo, el valor del sexo como un bien humano básico está respaldado por la Organización Mundial de la Salud, la cual ha desplegado programas específicos de salud sexual para este fin, y por la Declaración de los Derechos Sexuales escrita por la Asociación Mundial para la Salud Sexual en 1997.
En lo que respecta a la libertad sexual y el derecho a la salud, los robots sexuales podrían satisfacer los deseos sexuales más inusuales (quizás evitando a la vez los delitos sexuales) y combatir formas particulares de desigualdad sexual relacionadas con discapacidades mentales y físicas o con los entornos laborales.
Por ejemplo, el mundo académico ha comenzado a cuestionarse si es posible utilizar robots sexuales de aspecto infantil para tratar la pedofilia. Su personalización y comercio ya existen, como demostraron el periodista de la BBC James Young y la promulgación de la “Ley para Detener los Robots Pedófilos Electrónicos Realistas” (2017). Sin embargo, algunos académicos, como Marc Behrendt, defienden su posible uso regulado en los procesos terapéuticos, sin que estén disponibles libremente en el mercado.
En vista del aumento en el uso de robots sexuales y de todas las preocupaciones sobre su posible uso indebido, es preciso que el proceso de formulación de leyes comience lo más pronto posible y se configure en arreglo con las preocupaciones éticas y de derechos humanos.
Claramente, ni la criminalización ni la indiferencia normativa parecen ser el enfoque correcto. Después de todo, por sí sola, la tecnología es una herramienta pasiva sujeta a los poderes y el control, y una nueva ley primero debe ser capaz de respetar la capacidad de acción de las mujeres para después decidir si se les debe considerar como víctimas mercantilizadas o no. Para alterar el contexto social existente, la sexualidad de las mujeres y su representación deben estar en sus propias manos, como sucede lentamente en la pornografía, donde, desde los años 70, las mujeres han desarrollado una contranarrativa en términos de los métodos de producción y el contenido.
Pero incluso ahora, las mujeres apenas han ganado una pequeña cuota del mercado para transmitir su opinión sobre la sexualidad en la industria de la pornografía. Teniendo en cuenta que el mercado de robots sexuales aún es nuevo y no se ha explorado, tienen que ser previsoras en este campo para evitar una mayor mercantilización.
Por ejemplo, la forma física de las ginoides actuales no se parece a las “mujeres comunes”, y se les puede programar para que sean maltratadas y acosadas, e incluso violadas, lo que podría a su vez afectar la manera en que algunos hombres tratan a las mujeres reales. Estos son los riesgos potenciales y las distorsiones relacionales que deben considerarse con cuidado.
Sin embargo, la prohibición preventiva que apoya Richardson corre el riesgo de atacar a los robots sexuales de forma absoluta, sin tomar en cuenta las posibles ventajas, como el tratamiento de la pedofilia o la reducción de la trata de personas.
Hasta la fecha, no hay pruebas suficientes para decidir un futuro firme para las ginoides; en cambio, debemos fomentar las investigaciones que incluyan a las mujeres en campos como la medicina, la psicología y la ingeniería a fin de desarrollar leyes sobre este campo emergente para proteger los derechos de las mujeres.

Este artículo fue previamente publicado por Open Global Rights. Lea el contenido original aquí. https://www.opendemocracy.net/es/democraciaabierta-es/robots-sexuales-y-derechos-humanos/ Imagenes: Openglobalrights - ‪infomag.es‬ - ‪Okdiario‬ - ‪entertothematrix.wordpress.com‬


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