Argentina: Un traje a medida de Chevron

OPSUR

El Gobierno nacional firmó el decreto 929/13, que instrumenta el Régimen de Promoción de Inversión para la Explotación de Hidrocarburos’. Con esta medida, la política energética del país se aleja de los avances plasmados en la Ley de Soberanía Hidrocarburífera, al disponer amplios beneficios a las operadoras, y plantea interrogantes en torno a su aplicación.
La sanción de la Ley de Soberanía Hidrocarburífera abrió amplias posibilidades para revertir el fuerte carácter neoliberal en las políticas del sector. El mayor control por parte del Estado, desde una perspectiva federal, y el retorno de su concepción de los hidrocarburos como recurso estratégico, eran pasos importantes hacia la desmercantilización de la energía.
Desgraciadamente, las medidas tomadas con posterioridad tuvieron como consecuencia el aumento del poder acumulado por las trasnacionales del sector, ajustándose a los objetivos trazados por estas: el incremento sostenido del precio de los hidrocarburos en el mercado interno -que se triplicó en el caso del gas-, la suba del precio de corte para exportación de petróleo y la reactivación de los programas de subsidios Gas Plus y Petróleo Plus. Estas decisiones apuntalan la opción por los hidrocarburos no convencionales como esperanza y salvaguarda frente a las crecientes importaciones de energía, ya que se ajustan a los elevados costos de explotación de estos yacimientos. Asimismo las provincias orientan sus políticas públicas hacia el robustecimiento y profundización del modelo monoproductor extractivo, como en los casos de la reforma del marco regulatorio chubutense y la construcción de la red de agua para provisión a las petroleras en Neuquén.
Por otra parte, la capitalización de YPF a través del fideicomiso de US$ 2.000 millones o los bonos minoristas, como camino alternativo a la asociación a grandes corporaciones, se desvirtúa ante los objetivos exportadores planteados por la dirección de la empresa.
Tristes coincidencias
El 16 de julio es el día estipulado para la rúbrica del acuerdo entre YPF y la trasnacional Chevron. Ante este hecho, bajo qué óptica debemos leer los fuertes beneficios que se le otorgan a las operadoras con el nuevo régimen. Si bien restan definiciones sobre la aplicación de la norma y los puntos particulares del convenio, no son menores las implicancias del decreto y su alcance sobre todo nuevo emprendimiento.
Como primer punto, es importante destacar que a partir del quinto año de iniciado un proyecto con una inversión mínima de US$ 1000 millones, el 20% de lo extraído estará sujeto a cotización internacional, sea para la exportación o para el mercado interno. En el primer caso, se quitará todo gravamen aduanero y se permitirá la libre utilidad de divisas. En tanto, de no alcanzarse el autoabastecimiento, todo lo extraído será destinado al mercado interno y se compensará a la operadora con la diferencia. Esto replica las políticas de los años ’90 y centra la atención sobre el funcionamiento de la Comisión …… a fin de que se garantice que no se especule con los plazos y cotizaciones de los hidrocarburos.
Como segundo punto, se crea la figura de Concesión de Explotación No Convencional de Hidrocarburos, habilitándose la creación de nuevas áreas. Este reordenamiento territorial no será competencia únicamente de las oficinas públicas sino que también se ajustará a las peticiones de las empresas inscriptas dentro del nuevo régimen. Esto crea mayor incertidumbre sobre la capacidad regulatoria del Estado por el grado de discrecionalidad y poder que tendrán las operadoras para modificar las áreas de acuerdo a sus intereses. Es particularmente preocupante que se habilite a las empresas a subdividir las áreas convencionales y se les adjudique directamente, sin licitación pública, lo que ellas definan como no convencionales por el plazo de 35 años. Otro de los interrogantes es cómo se fiscalizará la aplicación de los beneficios, ya que en la mayoría de las provincias la única información que maneja el Estado sobre los niveles de extracción de las operadoras surge de las declaraciones juradas presentadas por éstas.
Asimismo, las políticas públicas tomadas y las alianzas con diferentes compañías marcan un rumbo que nos aleja aún más de la soberanía hidrocarburífera. La trasnacional Chevron, celebrada socia, es prófuga de la Justica y el pueblo ecuatoriano por el desastre ambiental y social ocasionado en la Amazonía -aunque redimida por la Corte Suprema argentina, para alegría del Poder Ejecutivo. Esta, junto con otras empresas norteamericanas, en los últimos tiempos ha sido una de las mayores beneficiaras de la política de promoción de no convencionales impulsadas por el Departamento de Estado de EE.UU.
A fin de cuentas, vemos como objetable la obstinación de someter la política energética a los hidrocarburos en general y los no convencionales en particular. Se desoyen las críticas y los cuestionamientos que emergen a nivel nacional y global contra la aplicación de la técnica de fractura hidráulica o fracking, incluso las prohibiciones en diversos municipios de nuestro país. Creemos que el camino hacia una matriz energética ambiental y socialmente sustentable tendrá que tener no sólo un incremento sideral de la participación pública sino también de la sociedad organizada. Desgraciadamente, las últimas medidas van a contramano de una mayor democratización de la energía.

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