Minería: A cambio de la contaminación ambiental ¿qué beneficios para el pueblo y para el país?
Alejandro Teitelbaum (especial para ARGENPRESS.info)
Las protestas contra la minería a cielo abierto están ampliamente justificadas
por los daños ambientales que produce.
Pero cabe la pregunta ¿tales daños están compensados en alguna medida por los beneficios económicos que reciben la Nación, las Provincias, los pueblos directamente afectados y el pueblo argentino en general?
Todo indica que no y correspondería hacer un estudio pormenorizado INDEPENDIENTE (no hecho por De Vido y los Gobernadores) que tenga en cuenta el porcentaje y monto de las regalías y si las regalías percibidas corresponden a la cantidad y al tipo de mineral REALMENTE EXTRAÍDO que declaran las empresas . Por ejemplo verificar si cuando declaran cobre no es oro lo que han extraído.
Al parecer, además de pagar regalías bajas, las empresas declaran cantidades inferiores a la realmente extraída y extraen minerales estratégicos y otros –que se llevan del país- que no declaran. Es decir, incurren en el delito de contrabando. Existen, al respecto, denuncias ante algunos tribunales argentinos (Véase: Grave Denuncia por Minería - Taringa!.mht )
Lo pueden hacer porque se llevan del país el producto de su actividad incluso por lugares donde no hay ningún control estatal, como son algunos aeropuertos privados. (Véase: Notas e informes sobre la venta indiscriminada de tierras a extranjeros.mht).
Esto es posible porque, además de la falta de voluntad política del Gobierno para defender la soberanía nacional y promover la explotación racional y con tecnología limpia de los recursos naturales en beneficio de la Nación y el pueblo argentinos, existe todo un entramado jurídico que favorece y permite esa política entreguista.
1) El último párrafo del artículo 124 de la Constitución Nacional vigente, aprobada en 1994 dice: “Corresponde a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio”.
Esta disposición ha permitido que los gobiernos provinciales entreguen al capital extranjero los recursos naturales existentes en el ámbito de su territorio (petróleo, otros minerales, tierras, aguas, etc.) como sigue sucediendo hasta ahora.
El problema no se plantearía si se incorporara a la Constitución un párrafo como el que figuraba en el artículo 40 de la Constitución de 1949:
“Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo, de carbón y de gas y las demás fuentes naturales de energía, con excepción de los vegetales, son propiedad imprescriptible e inalienable de la Nación, con la correspondiente participación en su producto que se convendrá con las provincias”.
2) La ley de inversiones extranjeras actualmente vigente es la misma –con ligeras modificaciones (texto ordenado en 1993 por el menenato) que sancionó la dictadura militar en 1976.
3) Existen aeropuertos privados (incluso al parecer de empresas mineras) sobre los que no hay prácticamente ningún control estatal en cuanto a lo que entra o sale por los mismos. A esa situación contribuye, entre otras cosas, además de la pasividad gubernamental, la legislación que rige las zonas de seguridad. Estas están definidas en el decreto-ley 15385/44 dictado en 1944 por el gobierno militar Farrell-Perón, que rige aún con pocas modificaciones, donde se dice que es “de conveniencia nacional que los bienes ubicados en zonas de seguridad pertenezca a ciudadanos argentinos nativos”. Se declara de “conveniencia nacional” que pertenezcan a ciudadanos nativos, pero NO SE PROHIBEN las propiedades extranjeras en las zonas de seguridad. Así es como actualmente hay enormes propiedades de extranjeros en el borde del Océano Atlántico, en zonas limítrofes, en zonas estratégicas por sus recursos naturales, etc.
4) Los 54 Tratados de Protección y Promoción de las Inversiones Extranjeras (TPPI), celebrados con países extranjeros durante los dos mandatos de Menem, donde todas las ventajas son para el inversor y todos los inconvenientes para el país receptor de la inversión. Todos siguen vigentes porque ninguno de ellos ha sido denunciado hasta ahora.
5) La pertenencia al Centro Internacional para el Arreglo de Controversias Relacionadas con las Inversiones (CIADI) , verdadero estatuto colonial de la jurisdicción territorial, del que Argentina no se ha retirado (como lo han hecho Bolivia, Ecuador y últimamente Venezuela) pese a que encabeza la lista -con más de 50 juicios- de países demandados por las sociedades transnacionales por montos multimillonarios. Es una manera más de estar atado por las concesiones neocoloniales hechas a los inversionistas extranjeros.
Como se puede apreciar hay mucho trabajo por delante para los expertos con vocación nacional en distintas materias, eventualmente para los Gobernantes si quisieran tomarse en serio lo de “nacional y popular” y para los legisladores, que ahora deben estar más motivados para trabajar con sus nuevos confortables salarios.
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Marco Díaz Muñoz (COPENOA)
Así lo afirmo a la prensa trasandina el Diputado chileno Carlos Vilches Unión Demócrata Independiente (UDI) quien explicó que “Lumina Copper actualmente se encuentra ejecutando los proyectos de ingeniería para construir las cañerías que transportarán el agua desde Argentina”.
“Lo que para muchos parecía una utopía, la empresa minera Lumina Copper lo hará realidad cuando ponga en marcha la explotación del yacimiento "Caserones", ubicado en la alta cordillera de la Región de Atacama, trayendo agua desde Argentina”. Afirman desde Radio Eurovision, de Copiapó, ubicada al norte de Chile.
“El proyecto contempla transportar por contrato -para la realización del proceso minero- unos dos mil litros por segundo, lo que permitirá liberar agua de otros proyectos que están utilizando las napas subterráneas. Según lo informado, en septiembre de 2011, se habrían propuesto como medidas para paliar la crisis hídrica que afecta a la zona, poner en marcha los tratados suscritos entre Chile y Argentina sobre integración y complementación en materia de medio ambiente y recursos hídricos, los cuales hacen especial referencia al uso del agua”.