Controversias sobre la justicia climática



Joan Martínez Alier

La Jornada




La energía no puede reciclarse y, por tanto, incluso una economía que no creciera y que use combustibles fósiles, necesitaría suministros “frescos” que vengan de las fronteras de la extracción. Lo mismo se aplica a los materiales que en la práctica se reciclan solamente en parte (como el cobre, el aluminio, el acero, el papel), no más de 40 o 60 por ciento. Si la economía crece, la búsqueda de fuentes de energía y materiales es aún mayor. Hay una acumulación de beneficios y de capital por la desposesión (como dijo David Harvey en 2003) o una raubwirtschaft (una expresión de geógrafos de hace 100 años) y hay también “acumulación mediante la contaminación” con lo que queremos decir que los beneficios capitalistas aumentan por la posibilidad de echar a la atmósfera, al agua o a los suelos, sin pagar nada o pagando poco, los residuos producidos. Que el precio de la contaminación sea bajo o nulo no indica un “fallo del mercado” sino un éxito (provisional) en transferir los costos sociales a la gente pobre y a las futuras generaciones. Eso es evidente en el caso de los gases con efecto invernadero. Por eso hay protestas bajo el nombre de “justicia climática”.

No son solamente los activistas de la justicia climática tan visibles en Cancún sino también bastantes gobiernos de países relativamente pobres, quienes reclaman la deuda ecológica, una idea que nació en América Latina entre las organizaciones de justicia ambiental en 1991. Estados Unidos (EU), la Unión Europea (UE) y Japón no reconocen esta deuda, pero en Copenhague, en diciembre de 2009, por lo menos 20 presidentes de Estado o de gobierno mencionaron explícitamente la deuda ecológica (o deuda climática). Algunos incluso usaron la palabra “reparación (de daños)”.

En Cancún estuvieron más calmados, pero también se habló de la deuda ecológica desde algunos púlpitos gubernamentales. Pablo Solón, el embajador de Bolivia en la ONU, que ha tenido una posición valiente en Cancún, ya dijo en Copenhague el año pasado que “admitir responsabilidad por el cambio climático sin tomar las acciones necesarias para hacerle frente, es como si alguien le pone fuego a tu casa y después se niega a pagarla. Aunque el fuego se hubiera iniciado sin querer, los países industrializados, con su inacción política, han continuado echando gasolina al fuego.

No tiene justificación alguna que países como Bolivia tengan ahora que pagar esa crisis climática, lo que implica una enorme carga sobre nuestros recursos limitados para proteger a nuestra gente de esta crisis causado por los ricos y por su sobreconsumo. Nuestros glaciares están en regresión, las fuentes de agua se secan. ¿Quién debe hacer frente a eso? A nosotros nos parece justo que el contaminador pague, y no los pobres. No estamos aquí asignando culpabilidad sino solamente responsabilidad. Como dicen en EU, “si lo rompes, lo pagas”.

El trasfondo al discurso de Pablo Solón en Copenhague, hace un año, fue la declaración de Todd Stern (como principal negociador de EU) en una conferencia de prensa el 10 de diciembre del 2009. “Reconocemos absolutamente nuestro papel histórico en poner las emisiones en la atmósfera, allá arriba. Pero el sentido de culpa o tener que pagar reparaciones, eso lo rechazo categóricamente” (www.climate-justice-now.org/bolivia-responds-to-us-on-climate-debt-if-you-break-it-you-buy-it/).

A esta controversia se añadió inesperadamente el economista Jagdish Bhagwati, profesor de Columbia University en Nueva York, en un artículo en el Financial Times del 22 de febrero de 2010. Sin conocer aparentemente ni la literatura activista (www.deudaecológica.org) ni la académica, sobre el tema desde 1991, Bhagwati escribió que EU al enfrentarse a problemas de contaminación, tras el escándalo de Love Canal, creó en 1980 la legislación llamada Superfondo (la ley se llama oficialmente Cercla) que exige que la compañía responsable elimine los residuos tóxicos. Esta legislación sobre daños y perjuicios implica una responsabilidad “estricta” en el sentido legal, de manera que la responsabilidad existe aunque no se supiera entonces que los materiales vertidos eran tóxicos, como en el caso de las emisiones de dióxido de carbono hasta hace poco tiempo. Además, las personas perjudicadas pueden presentar sus propias demandas. En cambio, Todd Stern, el principal negociador estadunidense, rechazando esta tradición legal interna de EU en lo que respecta a casos de contaminación en su propio territorio, niega cualquiera obligación legal y cualquier pago por las emisiones pasadas. Evidentemente, EU debe dar marcha atrás en este punto.

Todos los países ricos deben aceptar sus pasivos ambientales, en proporción a su parte de emisiones históricas de dióxido de carbono como las contabiliza el Panel Internacional de Cambio Climático. El pago será según la responsabilidad por daños y perjuicios, por tanto esos fondos de ninguna manera pueden contarse como parte de la habitual ayuda al desarrollo, eso sería indignante. No le vas a quitar la pensión a un anciano que gana un pleito por daños y perjuicios”. Así escribió Jagdish Bhagwati.

En la UE, la Environmental Liability Directive (que se traduce como Directiva de Pasivos Ambientales, donde pasivo ambiental es sinónimo de deuda ecológica) fue promulgada en abril de 2004 aunque no todos los miembros de la unión la han transferido aun a su legislación interna. Esta legislación se supone que es para aplicación interna en la UE, no se aplica a la deuda climática (por lo menos mientras ningún juez diga lo contrario), y requiere que los estados exijan a las compañías que paguen los daños causados, incluida la restauración del ambiente cuando sea factible. En el caso del derrame de barros rojos de la producción de alúmina en Hungría en octubre de 2010, un experto de una compañía de seguros declaró que “si por casualidad, extingues una oscura especie de mariposa que sólo existía en ese lugar concreto, ¿cómo vas a decir lo que vale en dinero?” (Financial Times, 14 de octubre de 2010, “Toxic slugde tests Brussels pollution law”). Resulta muy difícil exigir la responsabilidad legal de las compañías europeas por sus pasivos socio-ambientales en el extranjero (aunque la Shell está ahora en juicio en Holanda por daños hechos en el delta del Níger). Más difícil aún es conseguir que se reconozca la deuda ecológica de EU y de la UE por los daños causados y por los costos que hace falta pagar ahora para prevenir los efectos del cambio climático a causa de las emisiones (históricas y actuales) desproporcionadas de esos países.

Sin embargo, el reclamo de compensaciones por la deuda climática se hace sentir en la calle, en los foros alternativos, 20 años después de la conferencia de Río de Janeiro de 1992. Y también se escucha a veces en las salas donde se reúnen las delegaciones oficiales. Así en Copenhague en diciembre de 2009, el entonces canciller de Ecuador, el doctor Fander Falconí, señaló que los países pobres eran como “fumadores pasivos”, y preguntó por qué no se aplicaba el principio de que el contaminador paga, reclamando la deuda histórica por cambio climático.

Existen cálculos al respecto. La economista de la India, Jyoti Parikh, publicó un cálculo en 1995 en que cifraba la deuda climática en 75 mil millones de dólares al año de los países del Norte a los del Sur. Vean que el Fondo Verde prometido en Cancún es de esa cantidad como un fondo, no como un pago anual, y no es un pago de deuda sino una contribución para adaptación, incluso tal vez en forma de créditos.

Parikh calculó el importe viendo lo que se ahorraban los países ricos al no realizar las necesarias reducciones de las emisiones. Srinivasan y otros autores, incluido el economista ecológico de Berkeley, Richard Norgaard, cuantificaron en unos 2 millones de millones de dólares (2008) la deuda ecológica acumulada del Norte al Sur, la mayor parte a cuenta de la deuda climática. Ese cálculo se publicó en los Proceedings of the National Academy of Sciences, indicando la credibilidad académica del concepto de deuda ecológica. Hay otros libros y artículos en revistas científicas sobre este tema.

La deuda ecológica es un concepto nacido entre activistas que ahora llega a las publicaciones académicas y tal vez llegue a las políticas públicas, sorteando amenazas y sobornos como los que los negociadores de EU han prodigado, según explica Wikileaks.

Joan Martínez Alier es catedrático de Economía e Historia Económica de la Universidad Autónoma de Barcelona

Fuente: http://www.jornada.unam.mx/2010/12/16/index.php?section=opinion&article=042a1soc

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