Minería a cielo abierto: Desarrollo o progreso
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Se tiende a equiparar desarrollo con rentabilidad y se presenta la polémica de si los beneficios de la minería a cielo abierto compensan sus costos sociales y/o ambientales.
Por Miguel Teubal*
¿Pueden ser 'valuadas' las 'deseconomías externas'?
La minería a cielo abierto es una actividad muy rentable para las empresas en relación con el capital utilizado. Las razones son diversas: grandes rentas diferenciales a escala mundial, precios al alza en gran medida por especulación, cambios tecnológicos que reducen costos. Se ha planteado que es una actividad que promueve el desarrollo ¿Desarrollo para quiénes? ¿Cuáles son las economías a escala de producción, políticas promocionales, costos sociales, ambientales, sanitarios? Pero esa enorme rentabilidad no significa necesariamente beneficios sociales para la comunidad en su conjunto.
En su conceptualización originaria, desarrollo se equiparaba a progreso. En los años de la posguerra del siglo XX, es un término que se utilizó en sustitución de progreso. En cambio en la actualidad, con poco rigor por cierto, se tiende a equiparar desarrollo con rentabilidad. No está claro a qué de-sarrollo se refieren. El concepto de rentabilidad se mide e incluso se define en términos monetarios. Como consecuencia, se promueven leyes y normas que favorecen la actividad, postulándose la necesidad de que se le otorgue un tratamiento especial: por ejemplo, la potestad, recientemente derogada, que tenían las mineras de mantener el monto total del valor de sus exportaciones en el exterior.
La economía política trata el problema de los valores y, desde tiempos aristotélicos, se hace una distinción entre valores de cambio y valores de uso. La rentabilidad empresarial refleja los valores de cambio generados por una determinada actividad, valores que son apropiadas por las empresas, o bien parcialmente van a parar a manos del Estado en concepto de impuestos o retenciones de diferente naturaleza. Pero cuando se hace hincapié en estos factores, sólo se está considerando un aspecto del problema. Lo que no se toma en consideración son los efectos nocivos de la actividad minera en sí, incluyendo sus denominadas "externalidades", o lo que economistas neoclásicos denominan "deseconomías externas". O sea, deseconomías que son externas a las empresas: pérdidas ecológicas, impacto ambiental, saqueo del agua y de otros recursos naturales, contaminación del agua, del aire, de la tierra, devastación territorial de montañas enteras, impactos sobre la salud humana, marginación o expulsión de la población local, no sólo la agrícola-ganadera sino también pobladores locales incluyendo las comunidades indígenas, efectos sobre el turismo y otras actividades en los entornos en donde se realiza la actividad minera. La polución de los ríos, la deforestación, los impactos sobre la flora y fauna, el irreversible deterioro de los ecosistemas, de la biodiversidad, en fin, la degradación general de las condiciones ambientales, su impacto sobre la reproducción de la vida en general son todas consecuencias negativas del modelo extractivo.
¿Pueden ser "valuadas" esas "deseconomías externas"? ¿Son "compatibles" o "comparables" con las "rentabilidades" que se generan en beneficio de grandes empresas, proveedores e incluso del Estado nacional? Por lo general, gran parte del debate en torno de la minería se orienta fundamentalmente a dilucidar el monto de los impuestos, retenciones u otros recursos que aportan, o dejan de aportar, las mineras al erario nacional, provincial o local, en el marco de las leyes y normas vigentes en décadas recientes. Pero lo que no se ha debatido suficientemente son los efectos de estas deseconomías externas, que son literal y ampliamente menospreciadas e invisibilizadas. En efecto, aparecen como "costos sociales", "individuales" o "ambientales", que no siempre pueden ser "cuantificables" y, menos aún, comparados con las rentabilidades que generan esas actividades. ¿Cómo pueden ser "valuadas" esas pérdidas? No es posible "compatibilizar" estas actividades en términos valorativos con las "rentabilidades" que generan las mineras y las actividades extractivas en general. No se puede decir que la enorme rentabilidad que generan compensa ampliamente sus costos sociales y/o ambientales. No se puede hacer análisis "costo-beneficio" al respecto.
Quizás esta disyuntiva surge porque los que están involucrados en estos procesos son personas o grupos de personas o empresas e instituciones diferentes: las empresas y sectores estatales, por una parte; la población, que sufre los efectos negativos, por la otra. Por esa razón, el concepto mismo de desarrollo está siendo cuestionado
* Economista, investigador del Conicet y profesor de la UBA
Fuente: Página/12
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Por Dr. Fernando Urbano *
En la sesión de la Legislatura del día martes 1 de Noviembre he presentado, en la Hora de Preferencia, un proyecto de ley que mejora y clarifica la posición de la provincia sobre la explotación minera. Debo aclarar que es mismo que fuera presentado por mí en el año 2009 y que fuera archivado, sin siquiera haber sido analizado.
Considero que la La Ley 5001 es muy ambigua por la contradicción que presenta entre sus tres únicos artículos por los cuales se prohíbe la explotación pero no las etapas previas como cateo, prospección, exploración, etc. Esta situación ha permitido dar esperanza a las grandes multinacionales del sector para continuar en toda la provincia, (incluida la zona de la cordillera) con actividades exploratorias e incluso con compra y venta de proyectos que, por otra parte, ha tenido al Estado como convidado de piedra, como en el caso de la venta del Proyecto Navidad a sus actuales propietarios, la multinacional Pan American Silver Group, la segunda empresa productora de plata del mundo, que pagara para la compra del proyecto mencionado la suma de 530 millones de dólares.
Asimismo se debe recordar que el Departamento de Mina y Geología de la Provincia del Chubut ya ha autorizado y se encuentran “vigentes” alrededor de 1000 (mil) pedimentos de etapas previas al de la explotación, por ello se hace necesario dejar claramente asentado que en nuestra provincia no hay ninguna posibilidad de concretar emprendimientos extractivos de minerales con métodos contaminantes y en gran escala.
El proyecto presentado abarca todas las actividades que provocan riesgos comprobados en esta industria, desde la fase de prospección hasta la explotación, mejorando el contenido de la actual Ley que solo prohíbe esta última etapa, la explotación.
La iniciativa contempla en particular cada una de las actividades mineras riesgosas para la salud humana y de los ambientes afectados por ella, incluida la explotación de minerales metálicos y nucleares y eventualmente la instalación de infraestructura como mineraloductos que atravesaran el territorio provincial, atento a las versiones que mencionaban tal posibilidad entre Santa Cruz y Río Negro.
El proyecto fue girado a la Comisión de Legislación Económica, Recursos Naturales y Medio Ambiente. Y aun cuando entiendo que en lo que resta del período de sesiones, hasta el recambio de legisladores, el tema no será tratado pero va a mantener su Estado Parlamentario hasta el año 2013, periodo en el cual, tengo esperanzas que sea analizado y debatido por el próximo Cuerpo Legislativo.
El proyecto de ley está disponible acá
PuertaE
* Diputado Provincial
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