Argentina / Mendoza: Oikos Impugnó la Audiencia del proyecto minero San Jorge y pidió la nulidad del proceso
La organización Oikos Red Ambiental consideró insalvables las irregularidades en la audiencia que debía ser “pública” y “accesible” para todas las personas que desearan manifestarse respecto al proyecto minero PSJ Cobre Mendocino en Uspallata. La misma fue realizada por el gobierno de Mendoza y la empresa minera San Jorge; presentándose allí, la Declaración de Impacto Ambiental cuya aprobación habilitaría la explotación del yacimiento. Por estos motivos, Oikos impugnó la audiencia y pidió la nulidad del proceso.
Por: Gabriela Valdés
La organización Oikos Red Ambiental exigió una auditoría integral e independiente sobre todo el procedimiento de inscripción, validación y desarrollo de la Audiencia Pública en la estancia Yalguaraz, Uspallata, organizada por el Gobierno de Mendoza y la empresa Minera San Jorge S.A. La solicitud, que incluye el resguardo inmediato de todas las bases de datos bajo acta notarial, apunta a develar los algoritmos y criterios utilizados para asignar los cupos presenciales en una sede de alta montaña, en lo que denuncian como un proceso viciado que violó el derecho a la participación y buscó acallar la voz de la comunidad.
Este pedido es la punta de lanza de una impugnación mayor que busca la nulidad absoluta de toda la evaluación ambiental del polémico emprendimiento cuprífero.
BARRERAS PARA LLEGAR A LA AUDIENCIA
La audiencia pública, requisito clave para la aprobación del proyecto, se llevó a cabo en un remoto paraje de la cordillera mendocina, a más de 2.400 metros de altura, con varios controles de seguridad para llegar. Para Oikos, representada por su presidente Rodolfo Moyano, esta elección no fue inocente. En su escrito, detalla que las condiciones de acceso, clima, seguridad y transporte, sumadas a una conectividad crítica para la participación virtual y un cupo presencial “extremadamente reducido frente a una inscripción masiva”, generaron “barreras materiales indebidas” que impidieron una participación “efectiva, equitativa y no discriminatoria”.
La asociación va más allá y enmarca esta logística dentro de un “patrón” de exclusión, recordando los “antecedentes de criminalización sufridos por personas defensoras de la zona”. Afirman que elegir una ubicación que restringe materialmente la participación “constituye una forma estructural de exclusión” y una violación a la “garantía de protección reforzada de las personas defensoras del ambiente” establecida en el Acuerdo de Escazú.
LOS PUNTOS PRINCIPALES DEL PEDIDO DE OIKOS
En el escrito presentado ante el Ministerio de Ambiente y Energía, la organización enumera sus peticiones:
Se reconozcan las nulidades insalvables de la audiencia pública.
Se respondan de manera integral todos los puntos planteados en la presentación.
Se rechace la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) solicitada por el proponente “PSJ Cobre Mendocino” de Minera San Jorge S.A.
Se detenga el procedimiento de evaluación ambiental hasta que se subsanen las graves deficiencias técnicas, procedimentales y legales aquí descritas.
Se ordene la SUSPENSIÓN INMEDIATA de cualquier autorización o acto posterior derivado del mismo, y se declare la NULIDAD ABSOLUTA de la audiencia llevada a cabo.
EL TEST DE LA PROPORCIONALIDAD
El núcleo de la impugnación procedimental se basa en la aplicación del “test de proporcionalidad”, un estándar jurídico utilizado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Oikos desgrana este análisis en tres partes, llegando a una conclusión demoledora en cada una.
Primero, la idoneidad: el propósito oficial era que el público observe “in situ” el proyecto. Sin embargo, la ubicación montañosa “lejos de facilitar, obstaculiza activamente la participación”.
Segundo, la necesidad: se habilitó sólo una sede de alta montaña, omitiendo “soluciones viables y menos restrictivas, como la habilitación de sedes urbanas”. El gobierno no demostró que no existieran alternativas.
Tercero, la proporcionalidad estricta: la carga logística y económica impuesta a la ciudadanía fue desproporcionada frente al beneficio simbólico de una audiencia “in situ”, que podría lograrse con visitas técnicas o simulaciones virtuales. La medida “refuerza una lógica de exclusión”.
EL ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL
Más allá del procedimiento, Oikos presenta un detallado arsenal de 40 observaciones técnicas que, sostienen, demuestran que el Informe de Impacto Ambiental (IIA) presentado por la minera es “incompleto, desactualizado y con deficiencias metodológicas”. Apoyan su argumento en un dictamen de la Fundación de la UNCuyo (FUNC), que auditó el estudio y encontró que sólo el 22% de los requisitos legales fueron cumplidos totalmente; un 52% se cumplió parcialmente y un 26% no se cumplió en absoluto.
Entre las deficiencias más graves se encuentran la gestión de residuos peligrosos, la ausencia de una consulta previa a comunidades indígenas y un plan de cierre meramente conceptual. Pero el corazón de la impugnación técnica late alrededor de un único recurso: el agua.
LAS PREGUNTAS DEL CONICET SIN RESPONDER
La preocupación por el recurso hídrico es el eje central de la impugnación. Oikos, citando las exposiciones de investigadores del CONICET en la audiencia, plantea una serie de preguntas técnicas cruciales que, alegan, el estudio de la minera dejó sin respuesta. Estas interrogantes, detalladas en el punto 14 del escrito, exponen las grietas del proyecto:
Sobre el Caudal: “¿Cómo garantizarán el caudal ecológico del Arroyo El Tigre aguas debajo de la captación de la empresa durante los meses de bajos caudales?”, preguntan, señalando que los datos hidrológicos utilizados están desactualizados y que el arroyo a veces se reduce a apenas 19 litros por segundo.
Sobre la Conexión Hidráulica: “¿Qué estudios han realizado sobre la conexión hidráulica con el Barreal?” y “¿a fin de constatar que el sistema subterráneo de recarga no será interrumpido?”. La falta de claridad sobre la conexión entre las aguas subterráneas de la zona de explotación (Yalguaraz) y el valle de Uspallata es una de las mayores alarmas.
Sobre el drenaje ácido: El talón de Aquiles del proyecto. El tajo abierto alcanzará una profundidad de 350 metros, interceptando directamente el acuífero, que se encuentra a unos 120 metros. Frente a esto, preguntan: “¿Qué estudios han realizado sobre el aumento de riesgos de drenaje ácido que implica la profundidad del tajo?” y “¿sobre la conexión subterránea con la cuenca de Uspallata y los riesgos de generación de drenaje ácido?”. La falta de un modelo predictivo de cómo se transportaría la acidez y los metales es una omisión grave.
En este punto, citaron la exposición de Belén Lana, investigadora del Conicet, en la audiencia:
La profundidad del tajo de donde se extrae el mineral en su fase final será de 350 metros de profundidad, mientras que la napa freática se encuentra a poca más de 120 metros esto implica una intersección directa del tajo con el acuífero aumentando los riesgos de generación de drenaje ácido, drenaje que escurriría hacia el sur y donde todavía no tenemos precisión sobre la conexión subterránea con la cuenca de Uspallata. Aspecto clave del proyecto que no fue respondido en el año 2010 y 15 años después seguimos debatiendo sobre el mismo interrogante.
La impugnación presentada por OIKOS no solo cuestiona el proyecto minero PSJ, sino que interpela al modelo de evaluación ambiental vigente en Mendoza. “No puede haber licencia social sin participación real, información completa y garantías legales”, concluye el documento.
La solicitud de nulidad absoluta y auditoría técnica apunta a frenar un procedimiento que, según la organización, vulnera derechos constitucionales, tratados internacionales y principios básicos de justicia ambiental.
Publicación original: https://eleditormendoza.com.ar/politica/megamineria-uspallata-oikos-impugno-la-audiencia-del-gobierno-y-san-jorge-y-pidio-la-nulidad-del-proceso-n5370688 - Publicado en: https://noalamina.org/argentina/mendoza/item/256583-oikos-impugno-la-audiencia-del-proyecto-minero-san-jorge-y-pidio-la-nulidad-del-proceso


