Chile: Impactos territoriales de centrales hidroeléctricas y las amenazas al Huillín y Pato Cortacorrientes, especies en peligro de extinción
Por Alfredo Seguel
Sin embargo, desde diversas fuentes, se han identificado una serie de impactos que se relacionan con: Afectaciones a comunidades locales; Impactos socioeconómicos; Alteración de los ecosistemas acuáticos y biodiversidad; Cambios en el régimen del río, alteración de ciclos naturales; Alteración de paisaje; Y, la alteración de los ecosistemas terrestres y de la biodiversidad, incluida la amenaza a especies en peligro de extinción, como el Huillín y Pato Cortacorrientes.
Según la Guía del Servicio de Evaluación Ambiental del 2021, para la descripción de Centrales de Generación de Energía Hidroeléctrica de potencia menor a 20 MW, las Centrales de Pasada: “Utilizan el caudal disponible del río, acorde a las variaciones estacionales propias de los cuerpos de agua. Estas centrales hidroeléctricas operan captando el agua de un cuerpo hídrico superficial y la conducen por canales, cañerías o túneles a una central, bajo condiciones controladas de velocidad, caudal y altura de caída, para finalmente devolverla al río aguas abajo. Estas centrales emplean el flujo del agua a través de un río o canal siendo la generación de energía proporcional al caudal que ingresa a la central. El agua captada en la bocatoma es conducida a la casa de máquinas a través de una tubería forzada donde se genera la energía eléctrica. Posteriormente el agua es devuelta al río, quedando disponible para todo tipo de usos. En este sentido, estas centrales proporcionan un suministro continuo de electricidad para demanda de energía base y no puede almacenar reservas para ajustar su generación”.
El gremio que representa a las empresas de generación eléctrica que operan en Chile, denominadas “Generadoras de Chile”, destacan que “La hidroelectricidad, al provenir del agua, es una fuente limpia, por lo cual no emite contaminantes a diferencia de otras fuentes que queman combustibles. Adicionalmente la energía hidroeléctrica es una fuente de energía local, evitando la dependencia de fuentes de energía importada”.
Impactos de la hidroeléctricos en los territorios
Desde diversas fuentes críticas a la masividad de los generadores de hidroelectricidad, se ha indicado que proyectos de estas características ya sea de pasada, por embalse o por bombeo, las actividades de construcción provocan alteraciones en el medio acuático y terrestre, generando progresivamente cambios en las condiciones hidráulicas del agua, afectando la diversidad biótica en los ecosistemas del lugar de emplazamiento, incluyendo a especies nativas, dificultando la libre circulación de especies por la fragmentación o alteración del hábitat.
El año 2015, en el marco de la defensa de territorios ante amenazas hidroeléctricas en la Araucanía, el werken Simón Crisóstomo Loncopán, del Lof Trankura, comuna de Curarrehue, ante la aprobación de un proyecto en su territorio, señalaba a medios que den los criterios de evaluación ambiental habían múltiples situaciones no atendidas y que dejan en evidencia inviabilidades, como son los caudales ecológicos de las aguas y su disminución progresiva; La vocación de actividades turísticas en las zonas; Los espacios de significación cultural, espiritual y sagrada Mapuche, como parte de un complejo religioso como ocurre en Lof Trankura, entre otras materias, señalando que la decisión de aprobar proyectos así, siempre tienen criterios políticos, centralistas y arbitrarios.
Desde hace más de 10 años, numerosas comunidades y organizaciones territoriales, asumiendo una posición crítica y de resistencia a la expansión de proyectos de energía y en particular hidroeléctricas, vienen señalando, de manera general, que las centrales provocan cambios en la hidrolología y el entorno del río, afectando de manera global a la biodiversidad. Este hecho afecta no solo a la fauna, sino también a las actividades humanas que se desarrollan en el río, incluyendo aquellas comunidades de pueblos originarios que tienen una relación cultural, religioso y espiritual.
Importante señalar aquí en relación con el punto anterior, que varias especies recorren los ríos a lo largo de su ciclo de vida en uno o ambos sentidos. Entre ellas, dos especies en peligro de extinción: El Huillín y el Pato CortaCorriente.
En junio de este 2021, se dio a conocer que el Comité de Ministros del Gobierno de Sebastián Piñera, había aprobado el año anterior el proyecto de la central hidroeléctrica “El Rincón” sobre un lugar sagrado del territorio mapuche, el Truful Truful (Río Allipén), ubicado en la comuna de Melipeuco, Región de La Araucanía.
El proyecto en cuestión, que había sido rechazado en enero del 2018 por la Comisión de Evaluación Ambiental de la Araucanía, pertenece a la empresa Ingeniería y Construcción Madrid S.A, del empresario Manuel Enrique Madrid, y contempla una inversión de 24 millones de dólares para la construcción y operación de una central hidroeléctrica para generar 11 megawatts al sistema interconectado central y prevé abarcar una superficie de 4,62 hectáreas en el río Truful Truful.
Sin embargo, el propio Estado chileno mantiene el listado oficial de las especies en peligro de extinción y en particular, el Ministerio del Medio Ambiente, en sus metadatos “Especies Amenazadas de Chile (Protejámoslas y evitemos su extinción”, incluye a dos especies que son parte del hábitat de emplazamiento del proyecto y que se verían gravemente afectados en caso de su construcción, en una zona que además es señalada por la UNESCO como “Reserva de la Biosfera”, iniciativa que busca conciliar la conservación de la diversidad biológica, la búsqueda de un desarrollo económico y social y el mantenimiento de valores culturales asociados.
El Gobierno de Sebastián Piñera aprobó el proyecto hidroeléctrico “El Rincón” en el Truful Truful que es tributario del Río Allipén, a pesar de existir un estudio en ejecución desde el 2018 que da cuenta de su presencia en estos territorios, Investigación en Subpesca denominado “Distribución, abundancia y riesgos para la conservación del huillín (Lontra provocax) en la cuenca del río Allipén y Toltén. IX Región de la Araucanía”.
Una publicación de la Revista especializada LaderaSur, sobre la versión de antecedentes científicos del Huillin, se señala: “El huillín es el mustélido más grande que tenemos en Chile. Habita tanto en Chile como en Argentina, aunque cerca del 90% de su población reside dentro del territorio nacional. Lamentablemente, si consideramos sólo su población de agua dulce, algunas de las estimaciones que hacen algunos expertos es que su población podría no superar los 500 individuos”.
En Chile, el Comité de Clasificación de Especies Silvestres ha clasificado al Huillín como En Peligro en Novena y Décima regiones e Insuficientemente Huillín e insuficientemente conocido en Undécima y Duodécima regiones. Oficializada dicha clasificación mediante D.S. 151 de 2007 de MINSEGPRES. El Decreto Supremo Nº 225 de 9 de noviembre de 1995 establece veda extractiva por treinta años al Huillin, hasta el 9 de noviembre de 2025 para ésta y otras especies. La Convención de Tráfico Internacional de Especies en Peligro de Flora y Fauna Silvestres (CITES), el huillín está listado en Apéndice I.
Una ficha clasificada del Huillin como especie en peligro de extinción del Ministerio del Medio Ambiente, señala: “En Chile el huillín ha sido exterminado en la mayor parte de su área de distribución no marina, debido a la perturbación y destrucción y de su hábitat producida por la remoción de la vegetación ribereña, la contaminación de los ambientes dulceacuícolas, la modificación de los cursos de agua por dragado construcción de presas, canalización de esteros y ríos y por obras de drenaje para la agricultura”.
Según el Reglamento de Clasificación de Especies (RCE), se le ha señalado como “Población muy restringida en su área de ocupación (típicamente menor a 20 km2). De tal manera que es propensa a los efectos de la actividad humana o a eventos fortuitos dentro de un período de tiempo muy corto en un futuro incierto, y es por consiguiente, capaz de cambiar a En Peligro Crítico (CR) e inclusive a Extinta (EX) en un período de tiempo muy corto”.
En Truful Truful de Melipeuco, la presencia del PatoCortaCorriente es constante, antecedentes que fue omitido por el gobierno de Sebastián Piñera al momento de aprobar el proyecto Central de Pasada Hidroeléctrica “EL Rincón”.
En junio de este 2021, la Revista Territorio Ancestral difundía unos videos con la presencia del PatoCortaCorriente en sus caudales, señalando: “Pato CortaCorrientes nadando en las aguas del Truful Truful, quien se encuentra oficialmente en peligro de extinción y en las aguas torrentosas del Truful Truful (Comuna de Melipeuco, Región Araucanía), el Comité de Ministros aprobó la construcción de una central hidroeléctrica”.
Durante el año 2016, según Anuario estadístico de energía de la CNE y Ministerio de Energía, la capacidad instalada de energía, incluyendo el sistema de interconexión norte y centro sur (Sing, SIC, Smmm), llegaba a 22.045 MW categorizada en un 58 % de termoelectricidad, 28 % de hidroelectricidad, y un 14 % a lo que denominan Energías renovables no convencionales. En dicho año, el día con mayor demanda de energía fue el 20 de enero, alcanzando a 7.789 MW. La demanda mínima del año fue de 4.051 MW el día 1 de enero del 2016, quintuplicándose y más durante años siguientes. Es decir, en dicho periodo, en Chile se producía entre 3 a 5 veces más energía con relación a demanda y capacidad instalada.
La definición de proyectos continúa bajo criterios centralistas, neoliberales y arbitrarios, sin considerar características territoriales, los que están relacionados estrechamente a especulaciones y a la expansión de industrias extractivas como la minería. También, con el propósito de exportación, lo que se inició el 2016 con venta de energía a Argentina desde el norte grande de Chile.
La aprobación de proyectos de energía como el hidroeléctrico “El Rincón” en el Truful Truful, así como ha sucedido en los últimos años en numerosos territorios, obedecen a criterios políticos y no técnicos, sin que se consideren características ecosistémicas, caudales y cambio climático, prioridades de las comunidades locales, condiciones patrimoniales ni siquiera la situación de especies en peligros de extinción, en listados oficiales del propio Estado.
En el estándar internacional, adoptado por varios países en sus constituciones y leyes, están consagrados los Derechos ambientales o de la naturaleza, como sistema de normas jurídicas que buscan regular las relaciones de las personas con la naturaleza, con el propósito de preservar y proteger el medio ambiente en su afán de dejarlo libre de contaminación, o mejorarlo en caso de estar afectado. Sus objetivos son la lucha contra la contaminación, la preservación de la biodiversidad, y la protección de los recursos naturales, para que exista un entorno humano saludable y sustentable, con la posibilidad efectiva de ejercer los demás derechos humano.
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