CORTE SUPREMA CONFIRMA DURA SENTENCIA CONTRA SALMONERA NORUEGA POR CONTAMINAR LAGO EN SUR DE CHILE
El máximo tribunal de la República ratificó la sentencia de la Corte de Valdivia, en la cual se califica la actuación de la transnacional Marine Harvest como reiterativa, contumaz y con “voluntad de actuar al margen de la legislación vigente”. Frente al contundente fallo de los tribunales chilenos, Juan Carlos Cárdenas, médico veterinario y director del Centro Ecoceanos afirmó que “los hechos están demostrando que los malos estándares y peor comportamiento de Marine Harvest son una regla y no la excepción en Chile. A la reciente detención de casi 18.000 kgs de salmón fresco y congelado por parte de la autoridad sanitaria de Estados Unidos, debido a la presencia de trazas del químico cancerígeno cristal violeta, en la producciones provenientes del archipiélago de Chiloé, se suman ahora el haber sido declarados culpables de grave contaminación y destrucción del fondo del lago Llanquihue”.
Santiago de Chile, Agosto, (Ecoceanos News)-- La Corte Suprema confirmó con un contundente fallo la sentencia que había aplicado la Corte de Apelaciones de la sureña ciudad de Valdivia contra la filial chilena de la multinacional noruega Marine Harvest por contaminar el sector de Bahía Rincones en el Lago Llanquihue, Región de Los Lagos, donde esta compañía mantiene pisciculturas de salmón.
El máximo tribunal de la República ratificó la sentencia de la Corte de Valdivia, en la cual se califica la actuación de la transnacional como reiterativa, contumaz y con “voluntad de actuar al margen de la legislación vigente”.
La causa se inició por una denuncia en 2007 sobre infracciones a la Ley General de Pesca y demás estatutos jurídicos que forman parte de la reglamentación ambiental en materia de acuicultura, las que fueron tramitadas en primera instancia en el Primer Juzgado Civil de Osorno. Este tribunal falló contra la multinacional noruega y ésta apeló a la Corte de Valdivia y luego al Tribunal Supremo de Santiago.
Marine Harvest alegó que ya que el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) no fue quien realizó la denuncia, no se podía investigar. Además, reclamó que los hechos ya habían prescrito luego de 3 años de la denuncia, y que debido a que durante la investigación la piscicultura del lago Llanquihue no mantenía producción de salmones no se podían exigir ciertos planes de contingencia. Toda esta argumentación fue finalmente desestimada por los tribunales.
En definitiva, la Corte Suprema validó la decisión del tribunal valdiviano, el cual confirmó la aplicación de multas, elevó otras, y aplicó sanciones adicionales a la salmonera por contaminación en el sector de Bahía Rincones del Lago Llanquihue, donde se registró una proliferación de algas y residuos en el agua, consecuencia de las descargas de residuos al lago, así como depósito de fecas y restos de alimento para salmones en el fondo del lago, junto al escape y muerte de peces. Las infracciones realizadas por Marine Harvest se refieren a violación a la Ley de Pesca y los reglamentos ambientales para la Acuicultura, junto al de medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para Especies Hidrobiológicas.
Marine Harvest: Comportamiento contumaz y desidia En uno de sus puntos la Corte de Apelaciones afirma que “que se trata de una reiteración de infracciones, respecto de las cuales la concesionaria Marine Harvest ha sido contumaz a lo largo del tiempo, argumentando en algunos casos que dichas obligaciones no le serían aplicables, lo que deja en evidencia no solo el grave peligro que su conducta representa para el medio ambiente y la salud de las personas, sino su voluntad de actuar al margen de la legislación vigente”.
Del mismo modo el tribunal de Valdivia afirma que “se ha podido constatar en autos un grave daño ecológico en la zona donde Marine Harvest explota su concesión, todo lo cual permite a esta Corte estimar que el monto de las multas que en cada caso impuso el sentenciador del grado, no constituyen una sanción proporcional al reproche que debe necesariamente formularse en su contra, en especial atendida la desidia permanente con la que ha desarrollado su actividad acuícola, al margen de la legislación y reglamentación vigente, por todo lo cual se accederá parcialmente a aumentar en cada caso las multas aplicadas, según se dirá en lo resolutivo del presente fallo”.
Historia de contaminación generada por Marine Harvest Según los denunciantes -la Sociedad Turística y Hotelera Puerto Viejo Ltda, de Puerto Octay; Rafael Eyzaguirre Balmaceda, empresario de turismo, y Leonidas Montes Lira-, la acción de la empresa produjo una contaminación del agua en el sector de Bahía Rincones del Lago Llanquihue, evidenciada por la proliferación de algas y residuos en el agua, el arrojar desechos, así como la concentración de fecas y residuos de alimentos en el fondo del lago, junto al escape y muerte de peces.
Desde 1992 Marine Harvest Chile S.A., viene desarrollado actividades de acuicultura intensiva en el sector. Estas consisten fundamentalmente en el cultivo de salmones a través del sistema de balsas-jaulas, el que presenta altas densidades de peces, mediante el empleo de gran cantidad de alimentos en una superficie muy inferior a la que debiera utilizar para obtener la misma cantidad de peces, con alimentos naturalmente disponibles.
Debido al alto impacto ambiental y sanitario que presenta este monocultivo industrial intensivo, el ordenamiento legal obliga a los concesionarios a una serie de obligaciones. Así, por ejemplo, el inciso segundo del artículo 74 de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la obligación de mantener la limpieza y el equilibrio ecológico de la zona donde se desarrollan labores de acuicultura. Marine Harvest: Un ejemplo del doble estándar multinacional Frente al contundente fallo de los tribunales chilenos, Juan Carlos Cárdenas, médico veterinario y director del Centro Ecoceanos afirmó que “los hechos están demostrando que los malos estándares y peor comportamiento de Marine Harvest son una regla y no la excepción en Chile. A la reciente detención de casi 18.000 kgs de salmón fresco y congelado por parte de la autoridad sanitaria de Estados Unidos, debido a la presencia de trazas del químico cancerígeno cristal violeta, en la producciones provenientes del archipiélago de Chiloé, se suman ahora el haber sido declarados culpables de grave contaminación y destrucción del fondo del lago Llanquihue”.
A lo anterior, según Cárdenas, se suma también el actual conflicto existente entre Marine Harvest con el sector de turismo y comunidades Mapuches de la Cuenca del lago Ranco, “al intentar expandir nueve veces su producción, manipulando la legislación acuícola chilena. Esto, a pesar que durante el 2006 reconoció públicamente el daño ambiental que provocaba y se comprometía a abandonar todos los lagos que ocupaba en Chile para la producción de juveniles de salmón”.
Salmón 2.0: Sólo propaganda y relaciones pública Todo lo anterior demuestra según Ecocéanos que el denominado “nuevo salmón 2.0” del que Marine Harvest es su exponente, es tan sólo propaganda para consumidores desinformados, abuso del empleo de antibióticos, exceso de antiparasitarios, antifouling, posible uso de químicos prohibidos, aumento en la infestación de piojo de mar Caligus, brotes del virus ISA, son entre otras episodios.
"Todo esto son señales para que los consumidores de Estados Unidos, Unión Europea y Brasil se informen sobre las verdaderas prácticas sanitarias, ambientales y laborales de esta industria, cuyo 98% de sus producciones se exportan”, afirmó el director de Ecoceanos
IMAGEN: lagranepoca.com
Santiago de Chile, Agosto, (Ecoceanos News)-- La Corte Suprema confirmó con un contundente fallo la sentencia que había aplicado la Corte de Apelaciones de la sureña ciudad de Valdivia contra la filial chilena de la multinacional noruega Marine Harvest por contaminar el sector de Bahía Rincones en el Lago Llanquihue, Región de Los Lagos, donde esta compañía mantiene pisciculturas de salmón.
El máximo tribunal de la República ratificó la sentencia de la Corte de Valdivia, en la cual se califica la actuación de la transnacional como reiterativa, contumaz y con “voluntad de actuar al margen de la legislación vigente”.
La causa se inició por una denuncia en 2007 sobre infracciones a la Ley General de Pesca y demás estatutos jurídicos que forman parte de la reglamentación ambiental en materia de acuicultura, las que fueron tramitadas en primera instancia en el Primer Juzgado Civil de Osorno. Este tribunal falló contra la multinacional noruega y ésta apeló a la Corte de Valdivia y luego al Tribunal Supremo de Santiago.
Marine Harvest alegó que ya que el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca) no fue quien realizó la denuncia, no se podía investigar. Además, reclamó que los hechos ya habían prescrito luego de 3 años de la denuncia, y que debido a que durante la investigación la piscicultura del lago Llanquihue no mantenía producción de salmones no se podían exigir ciertos planes de contingencia. Toda esta argumentación fue finalmente desestimada por los tribunales.
En definitiva, la Corte Suprema validó la decisión del tribunal valdiviano, el cual confirmó la aplicación de multas, elevó otras, y aplicó sanciones adicionales a la salmonera por contaminación en el sector de Bahía Rincones del Lago Llanquihue, donde se registró una proliferación de algas y residuos en el agua, consecuencia de las descargas de residuos al lago, así como depósito de fecas y restos de alimento para salmones en el fondo del lago, junto al escape y muerte de peces. Las infracciones realizadas por Marine Harvest se refieren a violación a la Ley de Pesca y los reglamentos ambientales para la Acuicultura, junto al de medidas de Protección, Control y Erradicación de Enfermedades de Alto Riesgo para Especies Hidrobiológicas.
Marine Harvest: Comportamiento contumaz y desidia En uno de sus puntos la Corte de Apelaciones afirma que “que se trata de una reiteración de infracciones, respecto de las cuales la concesionaria Marine Harvest ha sido contumaz a lo largo del tiempo, argumentando en algunos casos que dichas obligaciones no le serían aplicables, lo que deja en evidencia no solo el grave peligro que su conducta representa para el medio ambiente y la salud de las personas, sino su voluntad de actuar al margen de la legislación vigente”.
Del mismo modo el tribunal de Valdivia afirma que “se ha podido constatar en autos un grave daño ecológico en la zona donde Marine Harvest explota su concesión, todo lo cual permite a esta Corte estimar que el monto de las multas que en cada caso impuso el sentenciador del grado, no constituyen una sanción proporcional al reproche que debe necesariamente formularse en su contra, en especial atendida la desidia permanente con la que ha desarrollado su actividad acuícola, al margen de la legislación y reglamentación vigente, por todo lo cual se accederá parcialmente a aumentar en cada caso las multas aplicadas, según se dirá en lo resolutivo del presente fallo”.
Historia de contaminación generada por Marine Harvest Según los denunciantes -la Sociedad Turística y Hotelera Puerto Viejo Ltda, de Puerto Octay; Rafael Eyzaguirre Balmaceda, empresario de turismo, y Leonidas Montes Lira-, la acción de la empresa produjo una contaminación del agua en el sector de Bahía Rincones del Lago Llanquihue, evidenciada por la proliferación de algas y residuos en el agua, el arrojar desechos, así como la concentración de fecas y residuos de alimentos en el fondo del lago, junto al escape y muerte de peces.
Desde 1992 Marine Harvest Chile S.A., viene desarrollado actividades de acuicultura intensiva en el sector. Estas consisten fundamentalmente en el cultivo de salmones a través del sistema de balsas-jaulas, el que presenta altas densidades de peces, mediante el empleo de gran cantidad de alimentos en una superficie muy inferior a la que debiera utilizar para obtener la misma cantidad de peces, con alimentos naturalmente disponibles.
Debido al alto impacto ambiental y sanitario que presenta este monocultivo industrial intensivo, el ordenamiento legal obliga a los concesionarios a una serie de obligaciones. Así, por ejemplo, el inciso segundo del artículo 74 de la Ley General de Pesca y Acuicultura establece la obligación de mantener la limpieza y el equilibrio ecológico de la zona donde se desarrollan labores de acuicultura. Marine Harvest: Un ejemplo del doble estándar multinacional Frente al contundente fallo de los tribunales chilenos, Juan Carlos Cárdenas, médico veterinario y director del Centro Ecoceanos afirmó que “los hechos están demostrando que los malos estándares y peor comportamiento de Marine Harvest son una regla y no la excepción en Chile. A la reciente detención de casi 18.000 kgs de salmón fresco y congelado por parte de la autoridad sanitaria de Estados Unidos, debido a la presencia de trazas del químico cancerígeno cristal violeta, en la producciones provenientes del archipiélago de Chiloé, se suman ahora el haber sido declarados culpables de grave contaminación y destrucción del fondo del lago Llanquihue”.
A lo anterior, según Cárdenas, se suma también el actual conflicto existente entre Marine Harvest con el sector de turismo y comunidades Mapuches de la Cuenca del lago Ranco, “al intentar expandir nueve veces su producción, manipulando la legislación acuícola chilena. Esto, a pesar que durante el 2006 reconoció públicamente el daño ambiental que provocaba y se comprometía a abandonar todos los lagos que ocupaba en Chile para la producción de juveniles de salmón”.
Salmón 2.0: Sólo propaganda y relaciones pública Todo lo anterior demuestra según Ecocéanos que el denominado “nuevo salmón 2.0” del que Marine Harvest es su exponente, es tan sólo propaganda para consumidores desinformados, abuso del empleo de antibióticos, exceso de antiparasitarios, antifouling, posible uso de químicos prohibidos, aumento en la infestación de piojo de mar Caligus, brotes del virus ISA, son entre otras episodios.
"Todo esto son señales para que los consumidores de Estados Unidos, Unión Europea y Brasil se informen sobre las verdaderas prácticas sanitarias, ambientales y laborales de esta industria, cuyo 98% de sus producciones se exportan”, afirmó el director de Ecoceanos
IMAGEN: lagranepoca.com