Chile: Barrick descarta muerte de Pascua Lama y volverá a la carga con mina subterránea

Por segunda vez desde su creación en 2010, la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) clausuró las operaciones de una faena minera. En esta oportunidad, bajó definitivamente el pulgar al proyecto binacional Pascua Lama, de Barrick. La primera vez fue La Española, iniciativa de una empresa del mismo nombre.
 
Según la entidad liderada por Cristian Franz, la determinación se debe a “múltiples incumplimientos relativos a descargas de aguas ácidas, destrucción de flora, monitoreos incompletos tanto sobre variables ambientales como sociales y daño ambiental provocado en zonas de vegas alto andinas, entre otros”, los cuales investigaron en dos procesos sancionatorios, uno de 2013 y otro de 2015.}
 
Barrick: Proyecto no está muerto
Una vez conocido el dictamen, Barrick Gold, controladora del proyecto de oro y plata, recalcó que la iniciativa sigue con vida.
“Esta sanción se refiere a eventos del pasado y actualmente Pascua Lama está enfocada en el futuro con una perspectiva de sustentabilidad. De hecho, en respuesta a las inquietudes expresadas por las comunidades, la compañía está realizando estudios de optimización del proyecto para evaluar un posible desarrollo subterráneo que reduzca sus impactos ambientales y sociales”, destacó René Muga, director ejecutivo de Barrick Chile. Añadió que “la clausura de instalaciones no altera el plan de la compañía de estudiar una opción subterránea”. Esta nueva versión de Pascua Lama, indicaron en la empresa, será presentada como un nuevo proyecto al Sistema de Evaluación
de Impacto Ambiental (SEIA).
Según fuentes de Barrick, la sanción del regulador es confusa, ya que la SMA disminuyó la multa que le impuso en 2013, desde US$16 millones a US$11,5 millones, y “se pide la clausura del actual campamento, pero también el desarrollo de monitoreos, lo cual es confuso”.
Según Muga, “la compañía ha hecho un cambio profundo en su enfoque, aprendiendo de su historia, tomando decisiones y acciones concretas, así como también ha realizado inversiones relevantes como parte de su compromiso de cumplir sus obligaciones regulatorias y llevar adelante una administración responsable de este proyecto”.
Sin embargo, el superintendente Franz sostuvo: “Dada la naturaleza y envergadura de las infracciones cometidas por la empresa, y luego de un proceso altamente complejo, tanto desde el punto de vista técnico como jurídico, y en el cual se garantizó en todo momento los derechos de todas las partes intervinientes, se ha llegado a la convicción de que la clausura total y definitiva más la imposición de una multa en dinero, es la sanción más adecuada y proporcional en este caso”.

Fuente: La Segunda
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SMA sanciona a Pascua Lama con el cierre definitivo del proyecto y una multa de casi $7.000 millones
El dictamen resolvió aplicar una sanción de 12.360 UTA, equivalentes aproximadamente a $7.000 millones, debido a múltiples incumplimientos relativos a descargas de aguas ácidas, destrucción de flora, monitoreos incompletos tanto sobre variables ambientales como sociales y daño ambiental provocado en zonas de vegas altoandinas, entre otros. Estas sanciones son el resultado de dos procedimientos sancionatorios (2013 y 2015), que fueron acumulados en un único expediente.
 
La Superintendencia del Medio Ambiente finalizó el procedimiento sancionatorio y dictó sanción contra Compañía Minera Nevada SpA, titular de las RCA´s “Pascua Lama” (RCA N°39/2001) y “Modificaciones Proyecto Pascua Lama” (RCA N° 24/2006).
El procedimiento sancionatorio comprende un total de 33 cargos, seis de ellos por infracciones gravísimas, catorce por infracciones graves y nueve por infracciones leves; cuatro cargos fueron absueltos debido a que no pudo determinarse su configuración con los antecedentes disponibles. 
Respecto a las sanciones, cinco de los incumplimientos (dos de los cuales produjeron además daño ambiental irreparable) merecen la sanción de clausura total y definitiva. A su vez, se aplicaron diversas multas a un total de 24 infracciones, las que sumadas alcanzan a la cifra de 12.360 UTA, equivalentes a $ 6.973 millones.
Este procedimiento sancionatorio implicó un esfuerzo de investigación y análisis llevado adelante por un equipo multidisciplinario de la SMA, incluyendo la revisión de miles de páginas de documentación e informes, fiscalizaciones en terreno, visitas del fiscal instructor al sitio, solicitud de informes especializados a diversos peritos y solicitudes de información a servicios públicos tales como la DGA, Sernageomin y Conadi, entre otras diligencias.
Entre la serie de incumplimientos que motivaron la aplicación de la clausura definitiva de la faena minera se encuentra la intervención de vegas altoandinas; la afectación de diversas especies de fauna y flora nativa (entre ellas, algunas protegidas por categorías de conservación), el monitoreo incompleto de glaciares y glaciaretes; la descarga de aguas ácidas al río Estrecho sin cumplir con las normas de calidad del agua, entre otros. Esta sanción toma en cuenta la importancia del daño causado, como también la criticidad, extensión y duración del efecto generado.
Historia del proceso sancionatorio
Hay que recordar que en junio de 2016 se acumularon en un único expediente dos procedimientos de sanción contra la minera. El primero, Rol A-002-2013, fue iniciado el año 2013 y concluyó con una sanción de 16.000 UTA, pero luego de reclamaciones ante el Segundo Tribunal Ambiental de Santiago, éste determinó que la resolución sancionatoria de la SMA del año 2013, adolecía de diversos vicios que la hacían ilegal y le ordenó dictar una nueva resolución sancionatoria que se ciñera estrictamente al marco legal. Entre las ilegalidades detectadas por el tribunal, se identificaron la falta de fundamentación de la sanción y la utilización de la figura del concurso infraccional, todo lo cual fue posteriormente ratificado por la Corte Suprema en diciembre de 2014.
De esta forma, la SMA reabrió el referido procedimiento en abril de 2015. El mismo mes, y producto de una serie de nuevas denuncias y fiscalizaciones se abrió un segundo proceso, Rol D- 011-2015, con cargos relacionados a incumplimientos a las obligaciones establecidas en las RCA del proyecto respecto de flora y vegetación, monitoreo de glaciares y monitoreo de variables socio-culturales, entre otros.
En junio de 2016 ambos procesos de sanción se agruparon en un único expediente, el cual incluyó a más de 100 interesados y/o denunciantes, entre los que se incluyen asociaciones de regantes, comunidades indígenas, personas naturales, ONG, además de la propia empresa minera.
Cabe mencionar que las partes interesadas en este proceso, realizaron todo tipo de presentaciones, solicitudes y requerimientos ante la SMA los cuales de acuerdo a la ley, obligaron a la institución a examinar y ponderar cada una de ellas en detalle y tener que pronunciarse pormenorizadamente a su respecto en la resolución sancionatoria que hoy se ha dictado.
El Superintendente del Medio Ambiente, Cristián Franz afirmó que, “dada la naturaleza y envergadura de las infracciones cometidas por la empresa, y luego de un proceso altamente complejo, tanto desde el punto de vista técnico como jurídico, y en el cual se garantizó en todo momento los derechos de todas las partes intervinientes, se ha llegado a la convicción de que la clausura total y definitiva más la imposición de una multa en dinero, es la sanción más adecuada y proporcional en este caso”.
El Superintendente Franz subrayó además, que “esta resolución es el fruto del trabajo de un gran equipo de profesionales de distintas áreas, el cual con dedicación exclusiva durante muchos meses, examinó y analizó en detalle cada una de las infracciones, cada una de las pruebas y cada uno de los antecedentes recabados durante el proceso, para arribar, en definitiva, a una decisión contundente, pero sobretodo objetiva y proporcional, a los incumplimientos cometidos, tal y como ha sido la tónica de nuestra institución en estos años”.

Fuente: Portal Minero -

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