Cuba estrena la norma de contabilidad ambiental: "Los límites al crecimiento".
Cuba
cuenta desde enero con una normativa para el registro contable de los
gastos medioambientales, con el fin de evaluar el impacto del cambio
climático y los resultados de la Tarea Vida, que es el programa
gubernamental para enfrentar este problema. Como elemento novedoso, la
medida establece la obligatoriedad de incluir como gasto en la
contabilidad de las entidades cualquier daño medioambiental provocado en
el cumplimiento de las funciones aprobadas, siempre y cuando sea
posible determinar su cuantía. Cuando no se conozca el valor real del
agotamiento o la degradación ocurrida, debe efectuarse un cálculo
estimado de las existencias, basado en la experiencia y pruebas
disponibles para su reconocimiento en la contabilidad.
Así explica la Norma Específica de Contabilidad No. 11, conocida como “Contabilidad Medioambiental” (NEC No. 11), contenida en la Resolución No. 925/2018 del Ministerio de Finanzas y Precios y publicada en la Gaceta Oficial No.3 Ordinaria con fecha del 25 de enero de 2019. En lo adelante, la medida estará integrada al Manual de Normas Cubanas de Información Financiera.
El documento establece el tratamiento contable de las operaciones referidas a la protección efectiva del medio ambiente, siempre que se puedan identificar de manera diferenciada del resto de las actividades de la empresa o institución.
Dicha normativa es aplicable en todas las entidades radicadas en el territorio nacional con el objetivo de reconocer, valorar e informar de operaciones para proteger el medio ambiente, siempre y cuando se puedan identificar los activos, pasivos, ingresos y gastos de manera diferenciada.
El texto contiene un conjunto de términos y conceptos como agotamiento, actividad medioambiental, biodiversidad, degradación, gastos medioambientales, impactos ambientales, entre otros.
Los recursos naturales son reconocidos como activos fijos tangibles o intangibles de la entidad.
En el grupo de las ventas e ingresos, la entidad debe identificar de forma separada los ingresos por ventas relacionadas con el medio ambiente, así como las subvenciones recibidas por razones de ese tipo.
En el caso de los gastos, la empresa precisará como un centro de costo independiente los consumos de materiales, costos de mano de obra, servicios y amortizaciones vinculados con la protección ambiental.
Además, considera gastos medioambientales cuando la entidad adopta medidas y actividades relacionadas con:
• Protección del aire y el clima.
• Gestión de las aguas
• Gestión de residuos
• Protección y rehabilitación de suelos
• Reducción del ruido y las vibraciones
• Protección de la biodiversidad y los paisajes
• Protección contra las radiaciones
• Enfrentamiento al cambio climático
• Otras actividades de protección del medio ambiente, entre ellas, actividades de formación o aprendizaje orientadas a la protección medioambiental de información al público
Especialistas destacan que la incorporación de la contabilidad a las materias ambientales viene a llenar una necesidad referida a la forma de cuantificar, registrar e informar los daños causados en ese sentido y las acciones preventivas o correctivas necesarias para evitarlos.
Ello enmarca aún más la nueva responsabilidad social que se le asigna a la contabilidad como ciencia social, lo que supone una adecuación de los contenidos que la unidad económica (empresa) debe suministrar en la información contable y financiera, entre ellos la dimensión ambiental.
Más sobre la norma
Establece que, con respecto al medio ambiente, en las Notas a los Estados Financieros debe revelarse:
• Inversiones en bienes o gastos de investigación y desarrollo relacionados con el medio ambiente.
• Obligaciones contraídas para la protección del medio ambiente.
• Criterios de valoración, así como de imputación a resultados de los importes destinados a los fines de protección del medio ambiente.
• Gastos incurridos en el ejercicio, cuyo fin sea la protección y mejora del medio ambiente.
• Cualquier otra información derivada de la interacción con el ambiente, ya sea cuantitativa, cualitativa o financiera.
• Programas medioambientales llevados a cabo por la entidad.
• Informes sobre el resultado de auditorías medioambientales realizadas.
• Cualquier información que tenga alguna trascendencia medioambiental.
Fuente: https://www.ipscuba.net/medio-ambiente/cuba-estrena-la-norma-de-contabilidad-ambiental/
Así explica la Norma Específica de Contabilidad No. 11, conocida como “Contabilidad Medioambiental” (NEC No. 11), contenida en la Resolución No. 925/2018 del Ministerio de Finanzas y Precios y publicada en la Gaceta Oficial No.3 Ordinaria con fecha del 25 de enero de 2019. En lo adelante, la medida estará integrada al Manual de Normas Cubanas de Información Financiera.
El documento establece el tratamiento contable de las operaciones referidas a la protección efectiva del medio ambiente, siempre que se puedan identificar de manera diferenciada del resto de las actividades de la empresa o institución.
Dicha normativa es aplicable en todas las entidades radicadas en el territorio nacional con el objetivo de reconocer, valorar e informar de operaciones para proteger el medio ambiente, siempre y cuando se puedan identificar los activos, pasivos, ingresos y gastos de manera diferenciada.
El texto contiene un conjunto de términos y conceptos como agotamiento, actividad medioambiental, biodiversidad, degradación, gastos medioambientales, impactos ambientales, entre otros.
Los recursos naturales son reconocidos como activos fijos tangibles o intangibles de la entidad.
En el grupo de las ventas e ingresos, la entidad debe identificar de forma separada los ingresos por ventas relacionadas con el medio ambiente, así como las subvenciones recibidas por razones de ese tipo.
En el caso de los gastos, la empresa precisará como un centro de costo independiente los consumos de materiales, costos de mano de obra, servicios y amortizaciones vinculados con la protección ambiental.
Además, considera gastos medioambientales cuando la entidad adopta medidas y actividades relacionadas con:
• Protección del aire y el clima.
• Gestión de las aguas
• Gestión de residuos
• Protección y rehabilitación de suelos
• Reducción del ruido y las vibraciones
• Protección de la biodiversidad y los paisajes
• Protección contra las radiaciones
• Enfrentamiento al cambio climático
• Otras actividades de protección del medio ambiente, entre ellas, actividades de formación o aprendizaje orientadas a la protección medioambiental de información al público
Especialistas destacan que la incorporación de la contabilidad a las materias ambientales viene a llenar una necesidad referida a la forma de cuantificar, registrar e informar los daños causados en ese sentido y las acciones preventivas o correctivas necesarias para evitarlos.
Ello enmarca aún más la nueva responsabilidad social que se le asigna a la contabilidad como ciencia social, lo que supone una adecuación de los contenidos que la unidad económica (empresa) debe suministrar en la información contable y financiera, entre ellos la dimensión ambiental.
Más sobre la norma
Establece que, con respecto al medio ambiente, en las Notas a los Estados Financieros debe revelarse:
• Inversiones en bienes o gastos de investigación y desarrollo relacionados con el medio ambiente.
• Obligaciones contraídas para la protección del medio ambiente.
• Criterios de valoración, así como de imputación a resultados de los importes destinados a los fines de protección del medio ambiente.
• Gastos incurridos en el ejercicio, cuyo fin sea la protección y mejora del medio ambiente.
• Cualquier otra información derivada de la interacción con el ambiente, ya sea cuantitativa, cualitativa o financiera.
• Programas medioambientales llevados a cabo por la entidad.
• Informes sobre el resultado de auditorías medioambientales realizadas.
• Cualquier información que tenga alguna trascendencia medioambiental.
Fuente: https://www.ipscuba.net/medio-ambiente/cuba-estrena-la-norma-de-contabilidad-ambiental/