Patagonia Argentina / Río Negro: Aguas tóxicas mataron sus vacas

La empresa que movía suelos en un  campo para un proyecto minero en Chichinales alteró el suministro de agua que consumían sus animales. En la compactación del terreno anuló la perforación que abastecía al predio y reemplazó el agua del pozo por agua que la misma empresa llevaba en camiones y depositaba en un tanque. Tras eso, las vacas comenzaron a adelgazar, a enfermarse y a morir. Y así el campesino perdió buena parte de su hacienda. Según el fallo civil de Villa Regina, la empresa O.P.S. deberá ahora indemnizar al productor por el valor de 27 vacas madres y dos toros, más los intereses que se acumularon desde la muerte de los animales.

 
De acuerdo con la demanda, a comienzos de 2012 la empresa inició el desmonte de un campo de Chichinales para construir un ramal ferroviario para el “tren de potasio”, que llevaría ese material desde Mendoza hacia el puerto de Bahía Blanca. Se trataba del megaemprendimiento minero conocido como “Proyecto Vale” que estaba en auge en aquel momento.
Según la presentación, el movimiento de suelos eliminó aguadas y bebederos y obligó a desplazar el casco del campo hacia otro sector. Pese a que la empresa negó haber realizado cualquier operación en ese lugar, todos los testigos recordaron que O.P.S. trabajó en el predio y que durante ese período “se eliminaron todas las instalaciones dedicadas a la cría de los animales, lo que incluyó el sistema de provisión y almacenamiento de agua que tenían para beber”.
“Todos aseveran que a partir de la realización de tales obras comenzó a producirse el deterioro de la sanidad del ganado, empezando progresivamente a enflaquecer y finalmente a morir”, reflejó la sentencia. Refieren “que dicha empresa suplantó el sistema de aprovisionamiento de agua del campo por el de agua traída en camiones, considerando todos que era la causa de la enfermedad y posterior muerte del ganado, por no ser apta para consumo animal”, agrega el fallo.
El aporte del veterinario que atendía a los animales fue valioso: recordó que durante años la hacienda del productor “fue siempre en progresivo crecimiento”, con buenas condiciones sanitarias, mientras “los animales se alimentaban de pastura y agua del mismo campo”. Pero todo cambió luego de que la empresa modificara la provisión de agua y trasladara los corrales a más de 4 kilómetros de su ubicación original, instalando allí el tanque que se llenaba con el agua de procedencia desconocida. “A partir de entonces la sanidad de los animales fue progresivamente empeorando, lo que relaciona con la calidad del agua que bebían, dado que por lo demás el alimento (…) seguía siendo el mismo de siempre. Deduce -el veterinario en su testimonio- que el agua debía contener arsénico o algún otro tipo de residuo químico, ya que los síntomas que presentaban los animales, consistentes en diarrea y depresión progresivas, son compatibles con la presencia de tales tóxicos en los alimentos o en el agua. Relata que después de la llegada de la empresa al lugar no vio más toros, solamente algunas vacas flacas y terneros que se morían”.
Tanto se sorprendió el profesional, que en la vacunación antiaftosa del año 2012 emitió un certificado para dejar constancia de que los animales “fueron encontrados en nuevos corrales, y en muy mal estado sanitario, falta de terneros y animales muertos”.
En su fallo, la titular del juzgado concluyó que “ha quedado acreditado el daño patrimonial que le causó la demandada (al productor), el que consistió en haber provocado la muerte de animales de su propiedad. También quedó acreditado que la causa de dicho daño fue la provisión de agua, que no se encontraba apta para el consumo animal”.
Así, tras verificar la cotización de cada animal al momento del reclamo, la sentencia reconoció al productor un daño patrimonial de 384.000 pesos, que actualizado según el cómputo judicial de los intereses, arroja a la fecha una suma superior a 1,5 millones de pesos. Sin embargo la misma podría ascender, pues según estableció el fallo, los intereses se seguirán acumulando hasta el efectivo pago de la indemnización.
La sentencia no se encuentra firme, dado que aún puede ser apelada por cualquiera de las partes.
Fuente: Diario 10

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