Compensaciones: ¿Se puede poner precio a la vulneración de derechos?
Por Patricio Segura Ortiz
psegura@gmail.com
Uno de los principales problemas de un modelo de sociedad intermediado esencialmente por la economía es que a todo pone precio. Lo que antes habría sido imposible valorizar monetariamente hoy es parte de transacciones aceptadas como normales. El caso más extremo es poder compensar por vulnerar derechos, símbolo del nivel de mercantilización al que puede llegar el mundo, un país, una comunidad.
Un claro ejemplo es el recurrido concepto “el que contamina paga”. A pesar de la inocuidad de la sentencia, el principio detrás de la frase es que con dinero, igual que con Visa, todo se puede comprar. Pero tal ilusión es sólo eso, un espejismo que choca con una realidad superior, la biofísica. Sin dinero sí puede haber vida, pero sin vida no habrá compradores ni vendedores. Por eso, más que “el que contamina paga” debiéramos propender a que “el que contamina deje de contaminar”.
Algo similar ocurre con los bonos de carbono, donde las grandes corporaciones compran una especie de “vales” globales para poder emitir gases de efecto invernadero. Estas “licencias verdes” las emiten empresas y estados que hacen lo contrario, por ejemplo, invirtiendo en energías renovables no convencionales, mejorando la eficiencia energética de sus procesos, reforestando o preservando bosques y recuperando cuencas hídricas, junto a un largo etcétera. En la práctica se utiliza el mercado para mitigar un problema que el propio sistema económico global, a través de la explotación ilimitada de los ecosistemas, generó. La incongruencia de aquello ya la anunció alguna vez Albert Einstein: “No podemos solucionar problemas usando el mismo razonamiento que usamos cuando los creamos”.
Es parte de la filosofía de los estudios de impacto ambiental: “Arrasaremos con el ecosistema del cual depende su vida, pero le daremos un fondo concursable”, “ya no podrá caminar tranquilo en la calle por los miles de trabajadores arribados, pero su quiosco venderá más”, “póngale precio a su parque nacional, que nosotros compraremos el doble de lo que haremos desaparecer”. “Es el costo del progreso”, nos explican.
Igual que el proyecto de ley de compensaciones que el ex ministro de Energía, Marcelo Tokman, envió al Congreso en las postrimerías del gobierno de Michelle Bachelet. Éste pretendía destinar dineros fiscales (el cargo inicial sería a la empresa, que luego lo descontaría de sus impuestos) por megawatt instalado en comunidades que asumieran costos socioambientales de proyectos energéticos de alto y negativo impacto. Aunque nada ha avanzado tal iniciativa, hace poco la diputada Clemira Pacheco arremetió con una idea similar: reducir las tarifas eléctricas para pobladores de comunas donde existan plantas generadoras altamente contaminantes. No pide que se retiren ni que mejoren sus procesos sino que paguen por vulnerar el derecho constitucional de sus vecinos a vivir en un medioambiente libre de contaminación.
Pero esta conducta no es puramente ambiental. También la hemos visto en el ejercicio del derecho a manifestarse y a la movilización social, donde la Constitución protege la garantía a “la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, en cualquier forma y por cualquier medio”.
Lo demuestra el acuerdo al que llegaron en mayo (pero recién conocido la semana pasada) el director del Servicio de Salud de Aysén, Roberto Sepúlveda, y la directiva regional de la Fenats, en el sentido de subir dos grados a los auxiliares y administrativos a contrata del organismo y del hospital regional, siempre y cuando cumplieran una serie de condiciones. Entre ellas “mantener una conducta acorde a las reglas de la moral, las buenas costumbres y el orden público” y “abstenerse de participar en huelgas, movilizaciones o acciones que propendan a desacreditar o a menoscabar la imagen de sus superiores, del establecimiento de su dependencia o del Servicio de Salud de Aysén o de sus autoridades”.
La primero que como ciudadano uno puede preguntar (con el derecho que da tratarse de recursos públicos) es si tal aumento salarial es un derecho o, al contrario, un privilegio. Si es lo primero, complicado es sentar el precedente de poder ejercer determinadas garantías sujeto a condiciones. Si es lo segundo, que una autoridad vaya por la vida regalando plata pública tampoco es muy correcto.
Como personalmente creo que la lucha que ha dado la Fenats por alcanzar mejoras salariales y laborales es justa y alude a derechos que debieran estar garantizados, ahondaré particularmente en lo primero.
Porque, al igual que la educación de calidad de acceso universal (no supeditada al poder adquisitivo) que reclaman los estudiantes, los derechos no pueden ser condicionados. Y menos aún mediante la vulneración de otras garantías, en este caso de la libertad de expresión. Mención aparte requiere eso de exigir un comportamiento ajustado a “la moral, las buenas costumbres y el orden público”. ¿Qué es esto, quién lo mide, dónde están escritas tales normas? Tan subjetivo es aquello que abre de par en par la puerta para que el superior del servicio ejerza, bajo la posibilidad de terminar con el beneficio, la aplicación de tal cláusula como mecanismo de control funcionario.
Probablemente si viviéramos una sociedad global, nacional y regional justa las personas no debieran recurrir al remate de sus derechos para acceder a un mejor pasar, transacción que hace agua por todos lados al atentar contra derechos humanos de toda índole; la calidad de vida actual y futura, la dignidad, e incluso la preocupación por el otro (“si me pagan, no puedo andar pensando en el resto” se escucha por ahí).
Mientras no avancemos de verdad en la equidad, más que responsabilidad estatal y empresarial seguiremos generando un clientelismo muy difícil de erradicar. Clientelismo que a algunos, por cierto, les interesa mucho mantener.
http://www.elquintopoder.cl/fdd/web/justicia/opinion/-/blogs/compensaciones-se-puede-poner-precio-a-la-vulneracion-de-derechos