Legislación y Justicia en Patagonia: ¿Porqué siempre pierden los derechos ambientales?



Concluyó el proceso del Derecho de Iniciativa por la Derogación de la Ordenanza 8390/09 sobre la Vega Plana

Por mayoría, los concejales decidieron hoy no derogar la ordenanza 8390/09 que rige la urbanización de la Vega Plana, contrario al proyecto presentado bajo el Derecho de Iniciativa Ciudadana, por el Foro para el Desarrollo Sustentable de San Martin de los Andes, con la adhesión de 1200 vecinos y 50 organizaciones sociales.
Uno de los objetivos de este Foro desde su concepción fue trabajar por la difusión de esta problemática y hacer un llamado de conciencia a los procesos de participación ciudadana, los cuales habían sido totalmente ignorados al aprobar esta norma.
Porque es importante estar informados y tener memoria, queremos acercar a ustedes la información de la sesión de hoy: la devolución que hizo cada concejal al proyecto junto a su voto. 
Votaron en contra del proyecto de derogación: 
Carlos Saloniti (MPN) 
Natalia Vita (MPN) 
Daniel Troncoso (MPN) 
Evaristo González (UCR) 
Julio Obeid (PJ) 
Alberto Bruno (PVSS) 
Natalia Bruno (PVSS) 
Mercedes Tulián (PVSS) 
Votaron a favor de derogación de la norma
Rodolfo Manson (Acuerdo) 
Ana Ambrogi (Acuerdo-UNE) 
Emilia Otharán (Acuerdo-Surco)

Uno de los argumentos principales de los concejales que se opusieron al Proyecto fue el aparente vacío legal que dejaría la norma al ser derogada. ¿Qué es esto?
Una vez más, ponemos a disposición de la población toda la información investigada a la lo largo de estos años. Les dejamos el siguiente link donde ampliamos este tema: >> Por qué no había vacío legal si se derogaba la 8390/09
¿Cómo sigue esto?
El compromiso que emprendimos como Foro hace 3 años y medio de ir por el derecho de Iniciativa y de emprender la ardua tarea de juntar las firmas, concluyó hoy con la votación. 
La Ordenanza 8390/09, al rechazarse la derogación, quedó intacta y por consiguiente, los proyectos inmobiliarios asociados a la misma van a seguir avanzando. 
¿Estamos igual que hace 3 años? Tanto el Ejecutivo en reiteradas ocasiones, como todos los concejales en la sesión del día de hoy, manifestaron que era necesario modificar la Ordenanza prontamente. Lo que no quedó establecido lamentablemente es el plazo en que se va a emprender esa modificación ni si los contenidos de la misma van a contener o contemplar alguna de las observaciones planteadas por el Foro. 
A partir de ahora, queda en mano de cada uno de los vecinos seguir este tema e insistir en que haya efectivamente una modificación y que la misma sea verdaderamente participativa y realizada a conciencia, no sólo una cuestión cosmética.  
A pesar del resultado de hoy, creemos que el trabajo realizado no fue en vano. Sabemos con seguridad que sin este Derecho de Iniciativa presentado con el apoyo de tanta gente, no hubiera habido lugar a esta discusión nuevamente. Y esperamos haber aprendido y que para cuando ésta posible modificación se realice, se llame a Audiencia Pública sin dudarlo, así como para cada tema que corresponda llamarla. 
Agregamos nuevamente y como dijimos en numerosas ocasiones, el accionar y la posición de los integrantes del Foro para el Desarrollo Sustentable de San Martín de los Andes en relación con la Ordenanza 8390/09 no estuvieron nunca ni están dirigidos contra otros vecinos u organizaciones o sectores sociales o económicos de la ciudad. La predica del foro ha sido siempre que la Ordenanza 8390/09 fue aprobada por el Concejo Deliberante en julio del año 2009 a espaldas de los ciudadanos de San Martín de los Andes y en violación de leyes nacionales y preceptos constitucionales.
Al proponer la derogación de la Ordenanza 8390/09 utilizando el derecho de Iniciativa Ciudadana previsto en la Carta Orgánica Municipal, los integrantes del foro han querido generar la oportunidad para la libre y abierta discusión ciudadana que no tuvo lugar en su momento y para que el Concejo Deliberante actual asumiera la responsabilidad ineludible de tratar el tema con la rigurosidad, la prudencia y el equilibrio necesarios para enmendar errores y evitar nuevos daños al ambiente y el tejido social de la comunidad. 
Gracias a todos los que participaron y siguieron este proceso, 
Integrantes del Foro para el Desarrollo Sustentable de San Martin de los Andes

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Justicia fijó audiencia para abrir caminos a Lago Escondido
El juez Carlos Cuellar intimó a dos organismos de Río Negro y a la empresa Hidden Lake para que constituyan domicilio procesal. Además, fijó audiencia para avanzar en el cumplimiento del fallo.
Cuellar, en su carácter de juez de ejecución de la sentencia en la causa que comenzó con la denuncia de la legisladora Magdalena Odarda para que abran los caminos públicos al Lago Escondido, intimó al gobierno de Río Negro por el no cumplimiento de lo ordenado por el Superior Tribunal de Justicia.
El magistrado dispuso intimar a VIARSE, CODEMA y a la firma Hidden Lake, para que “en el término de cinco días constituyan domicilio procesal en esta jurisdicción”.
Además, fijó audiencia para el 15 de febrero de 2013, a las 9 horas, para establecer los límites y modalidades de la ejecución.
“Deberán comparecer de manera personal e inexcusable los amparistas, el representante legal de la fiscalía de Estado Río Negro, los titulares de VIARSE y CODEMA, el representante societario de Hidden Lake y en su caso, el representante local del INTI, todos con debida asistencia letrada, bajo expreso apercibimiento legal”, se indicó desde el Poder Judicial de Río Negro.
Cuellar también determinó “requerir la remisión de todos los expedientes administrativos vinculados a este incidente como así también los registros fílmicos realizados con motivo de las inspecciones oculares”.
Dispuso, además, que “hasta la fecha de la audiencia precedentemente fijada la provincia de Río Negro (VIARSE y CODEMA) actualice, de manera detallada y circunstanciada, los informes ya presentados bajo apercibimiento de ley, previniendo desde ahora que en lo sucesivo deberá cumplir dicha obligación mensualmente de motu propio sin necesidad de nuevas intimaciones”.
“Porque pese a que el STJ hubo dictado hace largo tiempo la sentencia, lo cierto es que a posteriori, sin efectivizar las astreintes apercibidas para su cumplimiento, dispuso un cúmulo de medidas para mejor proveer que prima facie abarcarían dos accesos hacia el Lago Escondido (sendero de montaña y Tacuifí)”, indicó el juez.
“Pese al largo lapso transcurrido mientras el trámite de la causa siguió en sede de dicho Tribunal lo dirimente es que recién este año el STJ, luego de prevenir que la condenada a hacer es la provincia de Río negro, hubo interpretado los alcances de aquel pronunciamiento en el sentido que es necesario asegurar que el camino constituido mediante la servidumbre así como el trayecto pre existente que nace en el paraje Tacuifí queden en el ámbito de la responsabilidad de VIARSE sin perjuicio de la intervención que les corresponde al CODEMA y demás organismos competentes para asegurar el acceso al Lago Escondido con adecuada señalización y asegurando la transitabilidad; es decir corresponde asegurar el acceso al por todas las vías alternativas existentes y pre existentes", afirmó. (ANB)
Imagen: Inspección ocular realizada en Lago Escondido



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