Argentina - Río Negro: Procesan a ex funcionarios y tambalea proyecto inmobiliario en el Perito Moreno (El Bolson)

Un Juez Penal de Viedma ordenó procesar a los ex funcionarios, Juan Acattino y Daniel Tait, por la venta “irregular” de tierras fiscales en el Cerro Perito Moreno. La empresa que adquirió los terrenos lo habría hecho a través de una maniobra ilegal que incluyó a los sucesores de los históricos ocupantes. La Fiscalía de Estado investigará la posibilidad de reintegrar las tierras a la Provincia de Río Negro. Se trata de los lotes sobre los que la empresa Laderas pretendía realizar un desarrollo inmobiliario.
El polémico proyecto inmobiliario en cercanías del cerro Perito Moreno suma un nuevo capítulo a partir de la decisión del Juez Penal de Viedma, Favio Martín Igoldi, de procesar al ex ministro de Producción, Juan Manuel Accatino, y al ex director de Tierrs, Daniel Alberto Tait, (ambos funcionarios en la gestión Saiz), por “venta irregular de tierras fiscales”.
El supuesto delito investigado fue calificado como “fraude a la administración pública por administración fraudulenta agravada en concurso ideal con incumplimiento de los deberes de funcionario público”. Asimismo se dictó la falta de mérito de Mirta Marina Soria, el empresario Maximiliano Armando Mazza, y el ex funcionario de Tierras, Jorge Belacín.
Además, el magistrado dio intervención a la Fiscalía de Estado provincial a los fines que analice la posibilidad de “reintegrar a la Provincia de Río Negro las tierras fiscales indebidamente adjudicadas y vendidas”.
Así, el proyecto de desarrollo inmobiliario proyectado en tierras obtenidas de forma aparentemente irregular, parece herido de muerte.
Los hechos que investigó el Juez Igoldi ocurrieron en el 2009 en el ámbito del Ministerio de Producción y la Dirección General de Tierras, encabezados por Accatino y Tait, tras las adjudicaciones de parcelas ubicadas en la Pampa de Ludden, en Mallín Ahogado, a Mirta Soria (hija del ocupante de las mismas, Cipriano Soria) por “exiguos montos respecto del valor real de las tierras”.
Asimismo, Soria habría vendido “rápidamente” las mismas a Maximiliano Mazza -referente de la Laderas, concesionaria de los medios de elevación del cerro Perito Moreno, y familiar de Nicolás Van Ditmar, gerente de Hidden Lake-, “quienes habrían resultado ser los verdaderos interesados en atribuirse la propiedad, para luego insertarlos en el mercado inmobiliario contraviniendo la función social y productiva que se procura con su adjudicación”, explica el fallo.
En este sentido, los funcionarios públicos habrían validado el proceso omitiendo la normativa vigente que impide “enajenar los inmuebles antes de los cinco años de su adjudicación”. Toda esta situación –según el fallo del Juez- habría sido en “connivencia” con los particulares “a fin de obtener un beneficio económico para ambos, violando la normativa de aplicación (Ley Q 279 y Decreto Provincial Q Nº 545/1970), permitiendo la adjudicación a personas que exhibían incompatibilidades para acceder a dichas propiedades”.
De la investigación judicial se desprende que el 16 de julio de 2009, Daniel Tait adjudicó a Mirta Soria, la superficie de 1.499 hectáreas, por un valor de 228,92 pesos por hectárea a un precio total de 89.565,68 pesos.
Asimismo, el 29 de abril de 2010, Mirta Soria solicitó a la Dirección General de Tierras “que informe si efectuará el derecho del Pacto de Prefencia” –a lo que un hubo respuesta desde el Gobierno-, ya que vendería a Maximiliano Armando Mazza el predio por la suma de 400 mil pesos.
En este sentido, el Juez aseguró: “La adjudicación y venta del bien fiscal se efectuó por parte del Estado de manera irregular, contraviniendo la normativa aplicable para el caso, ello, con el fin de beneficias a terceros, en perjuicio del erario provincial”.
Es que, entre los requisitos para aspirar a la adjudicación de una unidad económica, es necesario, según la Ley vigente, "acreditar idoneidad para la explotación ofrecida (ser productor, o trabajador análogo, profesionales pecuarios), tener más de 20 años de edad, buena conducta y no ser propietario de predios que representen unidad económica”.
El fallo también señala que “el artículo 64 del decreto Q 545/70 -reglamentario de la Ley Q 279- establece que los contratos de venta insertarán una cláusula de inenajenabilidad e inembargabilidad del precio por el término de cinco años a partir de la fecha de venta, después de cancelada la deuda”.
Para el Juez Favio Igoldi “al momento de notificarse la Dirección de la opción de compra, debió haber instado el no cumplimiento de dicho acto entre el adjudicatario y el tercero por violarse claramente la prohibición señalada precedentemente”.
Consignó que “entiendo que Tait (quien firmó la adjudicación del bien y dio por cumplidas obligaciones) participó en el hecho investigado como uno de los responsables del manejo de la cosa pública con claras facultades de ordenar actos administrativos que generaban la disposición del bien cuando, de seguirse la normativa aplicable, esto no hubiera ocurrido. Por su parte, Accatino, mediante el acto de escrituración -acto de disposición- participa del hecho, consumando el perjuicio patrimonial del erario público ya que teniendo conocimiento de las irregularidades permitió que la disposición perjudicial e ilegal se consumara”.
Acerca de la responsabilidad del ex Ministro de Producción, Igoldi analizó que “las excusas planteadas por Accatino en su indagatoria no alcanzan a conmover el plexo probatorio. Precisó el imputado -reconociendo, a mi entender, su responsabilidad- que nunca había mirado los expedientes administrativos antes de firmar una escritura. Dicha afirmación, en vez de eximirlo en la participación del evento delictual lo confirma formando parte del mismo ya que como cabeza del Ministerio, y conductor de la política implementada por el Estado en relación a las tierras fiscales, debió ser él quien más se interesara en que toda transmisión de aquellos bienes se efectuara dentro del debido marco legal. Actuó (Accatino) como si fuera un mero suscriptor de escrituras y no asumiendo sus responsabilidades funcionales, todo ello, en perjuicio de los bienes que administraba", concluyó el
magistrado.
(ANB) Movilización en El Bolsón contra el proyecto inmobiliario (foto archivo)

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