Argentina: Bosques, culturas y derechos

 

El informe antropológico-social que se publica en este libro fue presentado en el Juzgado Civil y Comercial N° 6, de Resistencia (Chaco), en diciembre del año 2015. Publicarlo tiene como objetivo que se puedan hacer visibles dimensiones como la social y cultural que son en general muy poco consideradas en las políticas públicas, en los procesos de gestión, en los estudios de impacto ambiental, y pocas veces bajo una consideración legal, a pesar de la diversidad de instrumentos normativos existentes.

Por Elizabeth Bergallo

Sin embargo, si el enfoque de tales procesos debe resultar del respeto a los derechos, debieran confluir obligadamente diferentes disciplinas y abrirse a diversidad de saberes locales y más amplios procesos de protagonismo o participación social. Por todo ello, este caso puede ser considerado un caso paradigmático.
En este Informe se analizan las dimensiones sociales y culturales de algunas normativas, reglamentaciones, estudios, aspectos estructurales, procesos históricos de deforestación en la provincia del Chaco, estudios de casos en particular. Se intenta visibilizar la salud como una de las principales esferas impactadas. Pero lo que se advierte de fondo es que en los procesos llamados “de desarrollo” están en juego cosmovisiones, ideologías, intereses económicos, frecuentemente en estrecha relación, que cuando más se alejan de toda norma o derecho, cuanto más se alejan de las realidades de la gente, cuanto menos se respetan sus decisiones, cuanto más se aleja a la misma gente de la información, cuanto más frágil es la vida, pueden resultar en un ecocidio, en un etnocidio.
La Ley Provincial N° 5.285/2003 tuvo rechazos por parte de muchos actores de la sociedad chaqueña, por entender que se había sancionado bajo criterios economicistas que agravarían la crítica situación social y ambiental de la provincia del Chaco. Tal Ley no había considerado aspectos fundamentales como la participación social, entre otros factores. Por esta razón, las Asociaciones Comunitarias Wichi de Nueva Pompeya, Comandancia Frías y Nueva Población, con la Asesoría Jurídica de ENDEPA, a través del Dr. Julio César García, y posteriormente el Dr. Fabián Troncoso, inician la acción judicial que dio origen a la Causa: “Asociación Comunitaria de Nueva Pompeya, Asociación Comunitaria Comandancia Frías y Asociación Comunitaria de Nueva Población C/ Provincia del Chaco y/o Subsecretaría De Recursos Naturales y Medio Ambiente de la Provincia del Chaco, Instituto de Colonización del Chaco y/o Quien Resulte Responsable S/ Acción de Amparo Colectivo e Intereses Difusos” Expte. Nº 1754/04, Juzgado Civil y Comercial de la Sexta Nominación, de la Primera Circunscripción Judicial, a cargo entonces de la Dra. Iride I. M. Grillo, actualmente a cargo del Dr. Jorge Mladen Sinkovich (Resistencia, Chaco).
Paralelamente se conforma el “Foro Chaco Sustentable” integrado por organismos no gubernamentales tales como Incupo, Endepa, Fundación Centro Mandela, Junta Unida de Misiones (JUM), académicos, profesionales y técnicos vinculados a organismos gubernamentales. Este espacio incidió en la opinión pública para visibilizar la problemática indicada.
Los Departamentos General Güemes y Almirante Brown eran señalados como los que habían sufrido el mayor impacto socioambiental. La Ley N° 5.285 fue declarada inconstitucional en la mencionada causa, y el estado provincial apeló.
El fallo en segunda instancia fue favorable a las Asociaciones Comunitarias Wichi. Los permisos de desmonte se suspendieron hasta el año 2010, cuando se produjo el Ordenamiento Territorial en la Provincia. Se realizaron posteriormente nuevas denuncias formuladas por Greenpeace y la Fundación Centro Mandela, que fueron incorporadas a la causa. En el año 2013 la Dra. Grillo designó Idóneos, un biólogo, a la Ingeniera Agrónoma Inés Aguirre y a la que suscribe para verificar el efectivo cumplimiento del Fallo en estos puntos: .“El aseguro de que toda normativa se ajuste a las prescripciones constitucionales en cuanto a “la participación de los pueblos indígenas afectados, y de los distintos sectores y agentes sociales involucrados”. .“La evaluación de los impactos ya ocasionados por la destrucción de los Montes Chaqueños y acerca del impacto Ambiental y Social en relación a las actividades futuras de continuarse el mismo ritmo de afectación de bosque y suelos. Debiendo arbitrarse los medios para asegurar la participación con pluralidad de actores e intereses conforme lo establece la Constitución Provincial a los fines de diseñar, desarrollar y proponer la ejecución de un plan de Preservación, Recomposición y Sustentabilidad del Bosque Nativo de la Provincia del Chaco, lo que deberá ser informado al tribunal, como garantía de cumplimiento del fallo”.
Como Idónea en Antropología Social, para realizar la tarea ordenada por la entonces Titular del Juzgado N° VI Dra. Iride Isabel María Grillo: verificar el efectivo cumplimiento del fallo firme recaído en la causa de referencia, se llevó a cabo un Plan de Trabajo propuesto por la que suscribe, a los efectos de la elaboración de este Informe antropológico-social, teniendo en cuenta lo ordenado en dicho fallo. El Informe Antropológico-social fue presentado en Diciembre de año 2015 y quedó firme.
Estos escritos pretenden tocar el corazón de los hombres que no entienden que la vida es un tejido y cualquier hilo que se arranca puede quebrar la trama. Que se sorprendan, pero que también sirvan si es necesario, para que la justicia se haga cargo, porque los territorios se siguen avasallando. A nadie en soledad puede atribuirse el drama o la epopeya de ningún tiempo, los hombres hacen la historia en común, en movimientos, y más allá de la dominante cultura letrada los pueblos tienen sus propias maneras de preservar sus memorias, que también se tejen en mapas invisibles, en huellas, en señales, en rituales, donde el amor y el dolor se guardan, para que los pueblos se sigan reconociendo, a la espera de su tiempo.

Fuente: REDAF

 

 

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