El precio de 26 años de contaminación
CONDENAN A UNA EMPRESA A PAGAR 42.000 PESOS POR PERSONA. ¿ES JUSTO?
La sentencia recayó sobre la firma Copetro, de Ensenada. La opinión de los expertos sobre el monto de la indemnización. Cómo es en otros países.
Larga lucha. La empresa se instaló en Ensenada en 1982. Los habitantes de la zona plantearon la demanda diez años después.
En 1982, la empresa Copetro se instaló en el polo petroquímico de Ensenada para producir carbón de coque. Diez años después, en 1992, un grupo de 47 vecinos del barrio Campamento inició un reclamo por daños ambientales. Hace días, el 17 de diciembre del 2008, la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires consideró válido el reclamo. La sentencia condenó a la empresa a pagar dos millones de pesos que se tienen que repartir entre 47 personas.
En el fallo se tienen en cuenta los efectos sobre la salud, el daño a las viviendas y la depreciación de los hogares para los vecinos que vivían en el barrio antes de la instalación de la empresa. Los montos no son iguales para todos, pero en promedio representan 42.553 pesos para cada damnificado y 117.647.000 pesos para cada una de las 17 familias que iniciaron esta acción legal.
La suma va a ser un poco mayor por efecto de la indexación. “Los intereses son muy grandes porque se contabilizan desde el momento que se produjo el daño, y pueden llegar a representar, presumiblemente y como mínimo, cuatro veces el capital reclamado”, apunta Mariano Aguilar, director ejecutivo de la Asociación Argentina de Abogados Ambientalistas. “Para el derecho ambiental ese monto es un avance muy importante”, valora Aguilar el respaldo de la Corte Suprema a un fallo previo realizado por la Sala III de la Cámara Civil y Comercial de La Plata que consideraba que las partículas de coque afectaban seriamente la salud y eran potencialmente cancerígenas.
En el aspecto jurídico, el avance más importante es que la Suprema Corte bonaerense determinó que el reclamo judicial por daños ambientales no prescribe a los dos años de producidos los daños en la medida que los afectados no cuenten con una “razonable” posibilidad de estar informados sobre los efectos contaminantes. El fallo también es un respaldo a una sentencia de 1998 que ordenó a la empresa que termine con la contaminación e indemnice a un primer grupo de vecinos.
Sin embargo, surgen dudas sobre el efecto real de la sentencia. ¿Los 42.553 pesos son suficientes para la gente que necesita curarse de distintas enfermedades (especialmente respiratorias) o mudarse de una zona contaminada por el carbón de coque? “Hay que generar indemnizaciones que le saquen el ánimo a la empresa de contaminar porque hoy matar a la gente es barato. Con estas indemnizaciones tan bajas a los empresarios les sigue conviniendo pagar una multa –que la van a seguir apelando y no se sabe cuándo se va a llegar a cobrar– y no hacer lo que tienen que hacer. En cambio, producir limpio sale mucho más plata y ese costo no lo quieren asumir. Por eso, las indemnizaciones tienen que ser altas como para que les cueste más la multa que generar una producción limpia. Éste es un fallo ejemplificador, pero es apenas un paso. Todavía nos falta un gran trecho por avanzar”, propone Alfredo Alberti, presidente de la Asociación de Vecinos de La Boca, que forma parte del control social para la recomposición ambiental de la cuenca Matanza-Riachuelo.
“Si la gente se enferma, la indemnización debería cubrir todos los tratamientos médicos y, si fuera necesario, la relocalización”, sostiene el ingeniero en Ecología Ramiro Calafell Carranza. El abogado Enrique Viale, patrocinante de la Asociación de Vecinos de La Boca, subraya: “En Estados Unidos y Europa las indemnizaciones son mucho más importantes. En este caso, la gente respira hollín en su casa y no va a tener la posibilidad de mudarse. Los montos tendrían que ser más altos y relacionados con los valores vida, salud y ambiente”.